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Boletín N°. 3938 Aprueba Pleno, en lo general, reformas a las leyes Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y General de Deuda Pública
  • Tienen Pemex y CFE un año para modificar régimen pensionario y contrato colectivo
  • Auditoría Superior sancionaría actos ilegales en el pago de pasivos laborales

 

02-08-2014.- La Cámara de Diputados aprobó, en lo general, el dictamen que regula el destino de los recursos que ingresen al Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, derivados de las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos.

 

Además, prevé la facultad de que el Gobierno federal pueda absorber una proporción del pasivo laboral registrado en Petróleos Mexicanos (Pemex) y en la Comisión Federal de Electricidad (CFE), como un elemento adicional tendente a fortalecerlas y coadyuvar a su óptimo funcionamiento.

 

Con 327 votos a favor, 125 en contra y una abstención se avalaron reformas a las leyes Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y la General de Deuda Pública, derivadas de las iniciativas que el Ejecutivo remitió sobre la legislación secundaria en materia energética.

 

Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, el diputado Pedro Pablo Treviño Villarreal (PRI), expresó: “no hay que confundir, el tema no es que la reforma vaya a provocar un deterioro en las finanzas públicas, el reto es cómo logramos que la reforma nos permita dar vuelta al deterioro que ya ha estado presentándose en los últimos diez años”.

 

Enfatizó que el país no puede recurrir a un endeudamiento público excesivo y pretender desarrollar el sector energético, por lo que destacó la creación del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, el cual, afirmó, garantizará el manejo adecuado de la renta petrolera, luego de que recibirá todos los ingresos, con excepción de los impuestos que correspondan al Estado mexicano derivado de las asignaciones y contratos.

 

El legislador detalló que el dictamen modifica la iniciativa del Ejecutivo para que el régimen especial en materia de presupuesto y deuda de las empresas productivas del Estado sea motivo de las respectivas leyes de Pemex y de la CFE.

 

“Se eliminan el Título Quinto Bis de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y el artículo 22 Bis de la Ley General de Deuda Pública, por lo que las reformas y adiciones que se presentan en este dictamen se refieren, medularmente, al destino de los recursos del Fondo”, dijo.

 

Señaló que en el dictamen se concuerda con los porcentajes y montos referentes a los fondos públicos que se integren con los ingresos petroleros del Estado, y establece reglas claras para su administración y utilización, además de que se regularán de manera pormenorizada las transferencias extraordinarias que puede realizar el Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo.

 

Treviño Villarreal indicó que el dictamen mejora la propuesta del Ejecutivo, el cual establecía el monto máximo a destinarse a ciencia y tecnología; en su lugar, detalló, se plantea un porcentaje de los ingresos petroleros para que la cantidad que sea destinada a dicho concepto pueda crecer a la par de la recaudación que se genere por la explotación de los hidrocarburos de la nación.

 

“Un tema de alta relevancia, que está siendo integrado en el dictamen, es que el Gobierno federal apoyará en la transición hacia un nuevo régimen, asumiendo una proporción del pago de pensiones y jubilación en curso, así como las que correspondan a los trabajadores en activo que Pemex y CFE contrataron hasta el 18 agosto de 2008”, dijo.

 

Adelantó que los coordinadores parlamentarios del PRI, PAN, PVEM y Nueva Alianza presentarán una reserva al dictamen, para asumir el pasivo laboral de las empresas productivas Pemex y CFE, bajo los siguientes lineamientos:

 

Primero. Las obligaciones del pago de las pensiones y jubilaciones deberán conllevar en el mediano plazo a una reducción de las obligaciones de pago de la empresa por esos conceptos.

 

Segundo. Se ajusta la edad de retiro a lo establecido en los demás sistemas de pensiones y jubilaciones de las instituciones del Gobierno federal.

 

Tercero. La Auditoría Superior de la Federación realizará una auditoría específica a los fondos de pensiones y jubilaciones para identificar las características de las obligaciones de pago y las determinantes de su evolución.

 

Cuarto. La Auditoría Superior de la Federación fincará responsabilidades si se detectan actos ilegales relacionados con las obligaciones de pago de pensiones y obligaciones.

 

Por otra parte, el dictamen establece que las transferencias del Fondo Mexicano del Petróleo que se realicen al Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios y al Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas, se sujetarán a lo siguiente:

 

Los recursos que deberán destinarse al Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios serán hasta por el monto que resulte de multiplicar los ingresos petroleros aprobados en la Ley de Ingresos por un factor de 0.022, y los recursos que deberán destinarse al Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas serán hasta por el monto que resulte de multiplicar los ingresos petroleros aprobados en la Ley de Ingresos por un factor de 0.0064.

 

En tanto, la transferencias del Fondo Mexicano del Petróleo que se realicen al Fondo Sectorial CONACYT-Secretaría de Energía-Hidrocarburos, a otros fondos de investigación científica y desarrollo tecnológico de institutos que realicen investigación en materia de hidrocarburos y al Fondo Sectorial CONACYT-Secretaría de Energía-Sustentabilidad Energética serán, en conjunto, hasta por el monto que resulte de multiplicar los ingresos petroleros aprobados en la Ley de Ingresos por un factor de 0.0065 y se destinarán a lo siguiente:

 

El 65 por ciento al Fondo Sectorial CONACYT-Secretaría de Energía-Hidrocarburos, y cuyo fin será apoyar actividades de investigación para identificar áreas con potencial de hidrocarburos, y al financiamiento de las actividades de indagación en temas de exploración, extracción y refinación de hidrocarburos, así como la producción de petroquímicos, con especial énfasis en la formación de recursos humanos especializados.

 

Un 15 por ciento, al Fondo de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del Instituto Mexicano del Petróleo (IMP), para las actividades relacionadas con la investigación y desarrollo tecnológico aplicado, tanto a la exploración, extracción y refinación de hidrocarburos, como a la producción de petroquímicos.

 

De ese porcentaje, el IMP destinará un máximo de 5 por ciento a la formación de recursos humanos especializados, y el 20 por ciento al Fondo Sectorial CONACYT-Secretaría de Energía-Sustentabilidad Energética, creado de conformidad con las disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología.

 

El dictamen precisa que estos recursos se canalizarán al financiamiento de actividades en temas de fuentes renovables de energía, eficiencia energética, uso de tecnologías limpias y diversificación de fuentes primarias de energía.

 

Relata que la transferencia del Fondo Mexicano del Petróleo que se realice a la Tesorería de la Federación para cubrir los costos de fiscalización de la Auditoría en materia petrolera, será hasta por el monto que resulte de multiplicar los ingresos petroleros aprobados en la Ley de Ingresos por un factor de 0.000054.

 

La transferencia del Fondo Mexicano del Petróleo que se realice al Fondo de Extracción de Hidrocarburos será el monto que resulte de multiplicar los ingresos petroleros aprobados en la Ley de Ingresos por un factor de 0.008.

 

Mientras que la transferencia del Fondo Mexicano del Petróleo que se realice para los municipios colindantes con la frontera o litorales por los que se realice materialmente la salida del país de los hidrocarburos, será el monto que resulte de multiplicar los ingresos petroleros aprobados en la Ley de Ingresos por un factor de 0.00051.

 

En el documento se indica que cuando la Reserva del Fondo al inicio del año calendario sea mayor al 3 por ciento del Producto Interno Bruto del año previo, el Comité Técnico del Fondo Mexicano del Petróleo podrá recomendar a la Cámara de Diputados, a más tardar el 28 de febrero, la asignación del incremento observado el año anterior en la Reserva del Fondo a los siguientes rubros:

 

Hasta por un monto equivalente a 10 por ciento, al fondo para el sistema de pensión universal; un 10 por ciento, para financiar proyectos de inversión en ciencia, tecnología e innovación, y en energías renovables; 30 por ciento, para fondear un vehículo de inversión especializado en proyectos petroleros, coordinado por la Secretaría de Energía y, en su caso, en inversiones en infraestructura para el desarrollo nacional.

 

También, hasta por un 10 por ciento en becas para la formación de capital humano en universidades y posgrados, y en proyectos de mejora a la conectividad, así como para el desarrollo regional de la industria. Con excepción del programa de becas, no podrán emplearse recursos para gasto corriente en lo determinado en esta fracción.

 

El dictamen precisa que al menos un monto equivalente a 40 por ciento, permanecerá como parte del patrimonio de la Reserva del Fondo.

 

Refiere que los rendimientos financieros de la Reserva del Fondo serán parte del patrimonio del Fondo Mexicano del Petróleo y serán destinados a dicha reserva, excepto cuando sea igual o mayor a 10 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB) del año previo al que se trate.

 

Menciona que en caso de que la reserva supere el 10 por ciento del PIB, el Comité Técnico ordenará la transferencia de los rendimientos financieros reales anuales a la Tesorería de la Federación de acuerdo con lo establecido en el Reglamento.

 

Se incluyen dos artículos transitorios para prever la facultad de que el Gobierno federal pueda absorber una proporción del pasivo laboral registrado en Pemex y la CFE, como un elemento adicional tendente a fortalecerlas y coadyuvar a su óptimo funcionamiento.

 

Ello, siempre y cuando la administración de cada empresa productiva del Estado logre, a más tardar a un año de la entrada en vigor de la ley, un acuerdo con sus trabajadores para modificar el régimen pensionario y plasmarlo en el convenio colectivo de trabajo correspondiente.

 

De esta manera, tanto la administración como los trabajadores de estas empresas tendrán incentivos adicionales para acordar un nuevo modelo pensionario. Con esto, tanto Pemex como la CFE podrán competir de manera eficiente bajo el nuevo paradigma que implica la reforma.

 

El documento refiere que el régimen pensionario actual de Pemex es notablemente más generoso que en el sector privado (IMSS), el público (ISSSTE) o la banca de desarrollo, en términos de tipo de plan, requisitos de edad, salario base o indexación del salario.

 

Además, en un comparativo internacional, Petróleos Mexicanos es una de las empresas que registra mayores obligaciones devengadas de pasivo laboral, tanto en términos absolutos como en términos relativos.

 

Destaca que el pasivo laboral de CFE es superior al observado para empresas similares en otros países, y que estos regímenes pensionarios se han determinado en un contexto en el que ambas empresas ostentaban el monopolio en sus respectivas actividades y no tenían que enfrentar competencia en sus sectores.

 

“El pasivo laboral que han generado se ha manifestado como un lastre en los resultados financieros de estas empresas, pero no ha afectado su capacidad de operación. Sin embargo, con la reforma energética, Pemex y la CFE tendrán que enfrentar en igualdad de condiciones a otras empresas que habitualmente operan en entornos de competencia y que, por tanto, adoptan términos laborales optimizados para mantenerse competitivas”, añade.

 

Indica que en ese contexto, y conscientes de que el régimen pensionario de Pemex y de la CFE es un asunto que deriva de la relación que existe entre las empresas y sus trabajadores y que no debe modificarse por decreto legislativo, “es conveniente prever la facultad para que el Gobierno federal pueda absorber una proporción del pasivo laboral registrado a la entrada en vigor de este Decreto”.

 

Además, se estableció una regulación transitoria para garantizar que tanto la Comisión Reguladora de Energía (CRE) como la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) cuenten con los recursos necesarios para enfrentar las nuevas funciones que tendrán a su cargo.

 

Para ello, del periodo de 2015 a 2018, la Cámara de Diputados realizará las previsiones presupuestales que garanticen los recursos. Para el 2015, 350 millones de pesos (mdp) a la CNH y 400 mdp a la CRE.

 

En 2016, 320 mdp a la CNH y 370 mdp a la CRE. En 2017, 290 mdp a la CNH y 340 mdp a la CRE, y por último,, en 2018, 240 y 280 mdp respectivamente.

 

La Oficialía Mayor de la Secretaría de Energía será responsable de la separación legal, contable, funcional, estructural y presupuestal, así como la transferencia de los recursos humanos, financieros y materiales, incluyendo los bienes que sean necesarios, para que los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética puedan cumplir con sus atribuciones.

 

 

 

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