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Boletín N°. 2935 Propone iniciativa pruebas antidoping para candidatos a cargos de elección popular y funcionarios públicos
  • Daría mayor certeza sobre quienes ocupen estos puestos: diputado Cárdenas Guízar

 

 

  • En muchos casos, candidatos adictos a las drogas “llegan a tener vínculos con la delincuencia organizada”

 

10-02-2014.- A fin de hacer obligatorio el requisito de la prueba de antidoping para cargos de elección popular, incluidos los del Presidente de la República y legisladores, y de quienes sean ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y secretarios de despacho, el diputado Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar (PAN) propondrá reformas a los artículos 55, 82, 91 y 95 de la Constitución Política.

 

El integrante de la Comisión de Fortalecimiento al Federalismo expresó que el futuro de México no puede recaer en personas que no cuenten con las aptitudes necesarias para asumir el cargo que ocupan, sobre todo cuando padezcan una adicción que les imposibilite cumplir con esa responsabilidad.

 

Argumentó que la implantación de estas medidas como requisito obligatorio, contribuiría a dar mayor certeza sobre quienes ocupen estos cargos de elección popular, para que atiendan su compromiso con la ciudadanía y no los intereses de grupos delictivos.

 

“Sabemos que en muchas ocasiones, al ser estos candidatos adictos a las drogas, llegan a tener vínculos con la delincuencia organizada que los provee de estas sustancias, y ésta aprovecha y utiliza la corrupción en este sector como instrumento para transgredir a las instituciones y quebrantar el Estado de Derecho”, añadió.

 

La iniciativa que presentará ante el Pleno camaral explica que “la infiltración de la delincuencia organizada en los sectores públicos se produce cuando logra participar en precampañas o en campañas políticas financiando o apoyando a través de los medios de comunicación o comprando votos y corrompiendo los procesos electorales democráticos”.

 

El crimen organizado también logra influir coaccionando, mediante sobornos, amenazas o chantajes, a los políticos para obtener su apoyo gracias a los lazos familiares de estos o a la existencia de “deudas” con algunos miembros delincuenciales, añade.

 

Puntualiza que la infiltración a este nivel puede llegar a tal grado que la delincuencia organizada controle al Estado en sus decisiones más importantes, lo que equivale a comprar sus políticas públicas.

 

Cárdenas Guízar mencionó que de acuerdo con la Comisión Nacional contra las Adicciones, esta enfermedad representa un problema cuyo control va mas allá de la simple voluntad de dejar de consumir, modifica el comportamiento de los afectados y los predispone a la inadecuada toma de decisiones en diferentes áreas de su vida.

 

Por lo tanto, “no es posible que una persona que padezca este tipo de consecuencias físicas y cognoscitivas y que aspira a un cargo de elección popular, pueda llevar a cabo la responsabilidad que le fue asignada en el desempeño del cargo que ocupa”, abundó.

 

Resaltó que a nivel nacional, Baja California y Sonora han incluido en su legislación esta medida preventiva, por lo que resulta necesario que la legislación se actualice y regule este aspecto referente al poder público, para restringir que este tipo de candidatos a contender a un cargo de elección popular no se encuentre bajo los efectos nocivos de las drogas.

 

“Las candidaturas a estos puestos de elección popular deben recaer en personas que puedan desempeñar su labor con eficiencia, compromiso, capacidad y con la salud mental suficiente para desempeñar su función”, afirmó Gabriel de Jesús Cárdenas.

 

Por ello, la iniciativa precisa que en el caso de los diputados y presidente de la República, los candidatos no deben tener adicción a drogas u otras sustancias prohibidas por la Ley, y deberán acreditarlo presentando los resultados de un examen practicado por una institución pública de salud ante el órgano electoral.

 

Igualmente, en el caso de un secretario de despacho o ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se les pide no tener alguna adicción a drogas u otras sustancias prohibidas por la Ley, y acreditarlo con los resultados de un examen practicado por una institución pública de salud.

 

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