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Boletín N°. 3013 Dirigentes de organizaciones ganaderas deben ser electos mediante voto libre, directo y secreto
  • Aprueba comisión reformas al artículo 13 de la Ley de Organizaciones Ganaderas

 

19-02-2014.- La Comisión de Ganadería aprobó reformas al último párrafo del artículo 13 de la Ley de Organizaciones Ganaderas, para que los dirigentes de estas sociedades sean siempre electos mediante un sistema que garantice el voto libre, directo y secreto, ya que hasta el momento no se precisa el método.

 

El dictamen de la comisión, que preside el diputado Salvador Barajas del Toro (PRI), precisa que el voto libre y secreto debe ser la condición que garantice la libre voluntad de los miembros de las organizaciones ganaderas.

 

Menciona que como acto supremo de la vida democrática de estas asociaciones, este derecho no admite libre albedríos, ni debe darse condicionado por la voluntad de una asamblea o una dirigencia que tenga o no intención de una renovación por el voto secreto, sino que tiene que estar inscrito dentro de la ley que regula su vida interior.

 

Con la reforma, se busca que exista siempre, para sus miembros, la certidumbre de que su voto podrán ejercerlo de forma libre y secreta, argumenta.

 

En los transitorios del dictamen se precisa que las organizaciones ganaderas deberán modificar sus estatutos a fin de establecer disposiciones que garanticen el voto libre, directo y secreto de sus agremiados en los procesos de renovación de sus dirigentes, en un plazo que no exceda de seis meses contados a partir de la entrada en vigor de las reformas.

 

Además, aclara que las disposiciones que aseguren el sufragio libre, directo y secreto, deberán ser incorporadas en el Reglamento de las organizaciones ganaderas, en un término de 90 días, contados a partir de la publicación de estas reformas.

 

El documento resalta que el carácter público de estas sociedades implica que deben guiarse en su vida interna conforme a los principios de transparencia, democracia, libertad, que el Estado actualmente reconoce en otras instituciones y organizaciones, igualmente consideradas de interés público, como son los partidos políticos o los sindicatos.

 

Precisa que el voto libre y secreto tiene reconocimiento en la historia nacional y universal como garante de avance en la vida democrática.

 

“Las instituciones y organizaciones de la sociedad que abonan a la democracia, deben guiarse en su vida interna conforme a principios democráticos reales, y el voto secreto garantiza la libertad de los integrantes”, afirma.

 

Subraya que esas representaciones son actores indispensables en la mejora de la producción ganadera del país, ayudan a los asociados y cooperan con las autoridades de los tres niveles de gobierno en el desarrollo del sector; de ahí, la importancia de garantizar en su vida interna actos democráticos, a través del voto libre y secreto.

 

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