- Se modifican cuatro numerales del Artículo 87 en la Ley General de Partidos Políticos
19-06-2014.- El Pleno camaral aprobó en lo general y particular enmiendas a la Ley General de Partidos Políticos con la finalidad de fortalecer y dar seguridad y certeza a la asignación y cómputo de los votos de los partidos coaligados. La reforma a los numerales Décimo Primero, Décimo Segundo, Décimo Tercero y Décimo Cuarto, del artículo 87 en la referida Ley, fue avalada por 335 votos a favor, 100 en contra y 6 abstenciones. El dictamen subraya que la suma distrital de los votos emitidos se distribuirá igualitariamente entre los partidos que integran una coalición, y el cómputo será la base para la asignación de representación proporcional u otras prerrogativas. En la fundamentación de la propuesta, Rafael Alejandro Moreno Cárdenas (PRI), presiente de la Comisión de Gobernación, precisó que se establece en el numeral Décimo Tercero del Artículo 87 de dicha ley que tratándose de partidos coaligados, si en el escrutinio y cómputo apareciera cruzado más de un emblema, se asignará el voto al candidato de coalición. “Sin importar que en la boleta electoral se marque uno u otro emblema de estos partidos políticos, ésto se contará como un solo voto, el cual le será atribuido al candidato de la alianza”, acotó. La reforma al mismo numeral, continuó Moreno Cárdenas, propone que, en su caso, se sumarán los votos que hayan sido emitidos a favor de dos o más partidos coaligados y que por esa causa hayan sido consignados por separado en el apartado correspondiente del acta de escrutinio y cómputo de casilla. “La suma distrital o municipal de tales votos, se distribuirá igualitariamente entre los partidos que integran la coalición; de existir fracción, los votos correspondientes se asignarán a los partidos de más alta votación. Este cómputo será la base para la asignación de representación proporcional u otras prerrogativas”, se añade en la modificación al numeral Décimo Tercero del al Artículo 87 de la Ley General de Partidos Políticos. Esta modificación “no sólo es necesaria para garantizar la naturaleza y la finalidad de las coaliciones, sino para evitar una antinomia entre este ordenamiento y la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales”, subrayó el diputado por Campeche. Para el numeral Décimo Primero, Moreno Cárdenas sostuvo que de mantenerse vigente su actual redacción, se estaría regulando exclusivamente la terminación de las coaliciones relativas a diputados y senadores, por lo que se estimó precisar que esta norma se aplique a las coaliciones conformadas para cualquier cargo de elección popular, sea a nivel local o federal. Respecto al numeral Décimo Segundo, abundó, se propuso modificarlo para que la suma de los votos, tratándose de coaliciones, genere todos sus efectos en lo previsto en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, ya que “establece normas que regulan los procedimientos para ejercer prerrogativas de los partidos políticos, entre otras”. En el Décimo Cuarto del mismo artículo 87, se especifica el registro de candidatos a diputados federales o locales en la coalición, en virtud de que la Ley General de Partidos Políticos es de carácter general y regula las actividades de los partidos políticos con registro federal y estatal. Moreno Cárdenas destacó que los avances logrados en el ámbito de la competencia política, “nos deben llenar de satisfacción, ya que estos significan el reconocimiento de la pluralidad que distingue nuestro régimen: un Estado donde caben todas las posturas y es posible disentir en libertad, ponderando siempre el engrandecimiento del país y la competencia electoral”. En la manifestación de posicionamientos, Luis Antonio González Roldán, de Nueva Alianza, sostuvo que las coaliciones no sólo expresan una coincidencia, sino una estrategia dentro de los procesos electorales para la obtención del poder político; por ello, dijo, “son plena y legalmente aceptadas en los sistemas electorales democráticos”. Consideró que el modelo propuesto en el Artículo 87 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, coadyuva a la cohesión de los partidos que se han federalizado, y brinda una figura acorde a las necesidades de una nueva acción político electoral en el ámbito nacional. En tanto, Lilia Aguilar Gil, del PT, aclaró que esta reforma no obedece a una transferencia, “vida artificial”, o a la violación a los votos de los ciudadanos, ni a un fraude, como se ha argumentado para rechazarla. “Quienes se oponen y tachan a partidos políticos chicos, demuestran que no tienen respeto por las minorías y que desconocen también el sistema electoral”, subrayó. Precisó que los partidos “tienen libertad de asociación, pero sobre todo los ciudadanos tienen voluntad de decisión y ese voto tiene que respetarse”, por lo que su fracción parlamentaria respalda esta armonización a la referida ley. Ricardo Mejía Berdeja expresó que su fracción parlamentaria, Movimiento Ciudadano, apoya estas enmiendas, “porque son las reservas que en su tiempo presentamos y porque estamos a favor de la libertad de asociación y del voto activo que tiene el ciudadano para orientar sus decisiones políticas”. Recordó que la Suprema Corte de Justicia anuló lo que se conoció como “cláusula de vida eterna” que, calificó, “era una transfusión artificial de votos a un partido sin que hubiera una decisión del electorado de otorgarle esos votos”, algo que ya no forma parte del sistema electoral del país. El diputado Tomás Torres Mercado, del PVEM, resaltó que para dar certeza a los ciudadanos, los partidos políticos deben ir en coalición, alianzas o frentes, y en ese sentido construir plataformas con propósitos comunes en el terreno electoral. El también secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público dijo que sería lamentable llevar los conflictos y referendos a instancias jurisdiccionales, cuando se puede abordar con responsabilidad política en el Congreso, porque “prevalecerá el principio y reconocimiento de las coaliciones, así como el destino de los votos como un principio de pluralidad política y convivencia democrática”. Por el PRD, el diputado Trinidad Secundino Morales Vargas aseguró que con la reforma no hay transferencia de votos, ya que estos se emiten una sola vez. Lo que hay, mencionó, es el reconocimiento para que el ciudadano dé efectividad al mismo. Lo que tenemos que hacer, continuó, es adecuar y reconocer que el ciudadano puede votar bajo esta modalidad y los órganos electorales hacen efectivo ese voto. El diputado del PAN, Fernando Rodríguez Doval, sostuvo que su partido no se opone a las coaliciones, alianzas electorales o pluralidad política, sino a que existan partidos “parásitos” que utilicen estas figuras para lucrar políticamente y obtener recursos públicos y representación política que no les corresponde. Recordó que en las mesas de negociación entre los grupos parlamentarios, AN defendió que no existiera ninguna modalidad de transferencia de los votos; prueba de ello, señaló, es que se aprobó el artículo 87 de la Ley General de Partidos, ya que “a través de estas figuras de coalición se obtiene una representación que no le dieron los ciudadanos al partido político, en cambio, sí dividen a la verdadera oposición”. En su turno, el diputado Héctor Gutiérrez de la Garza (PRI) destacó que la Reforma Electoral se decide en las urnas y no con chantajes sobre otras reformas que requiere el país. Eso, continuó, nunca ha sido parte de los acuerdos. Al referirse al artículo 87 de la Ley General de Partidos Políticos, detallo que es contrario al artículo 311 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en su numeral 1, inciso C, de. Por ello, subrayó, los votos no pueden ser medios nulos, es decir, no pueden ser válidos para los candidatos y nulos para efectos de prerrogativas y representación proporcional. “Defenderemos la voluntad de los ciudadanos que emiten su voto dos veces con dos emblemas distintos para el mismo candidato, porque tiene tanto derecho como aquel que emita su voto sólo en una ocasión”. Reservas y posicionamientos a favor y en contra El diputado Alfredo Rivadeneyra Hernández (PAN), manifestó que con el dictamen sólo prevalece el interés de los partidos políticos que “con base en una discusión de orden técnico quieren superar su falta de representatividad popular”. En su turno, la diputada Graciela Saldaña Fraire (PRD) explicó que es incorrecto pensar que la precisión al dictamen es propiciar trasferencia de votos a favor de alguno o algunos de los partidos coaligados, “ya que de ser así se daría por hecho que todo ciudadano que vote a favor de una coalición, indefectiblemente lo haría cruzando por más de uno de los partidos coaligados, lo que en la práctica no acontece”. Por su parte, la diputada Mariana Dunyaska García Rojas (PAN) cuestionó si la reforma se trata de equidad o de ganar elecciones, luego de explicar el porcentaje de votación de los partidos coaligados y los reconocidos por el entonces Instituto Federal Electoral (IFE). Consuelo Argüelles Loya (PAN) expresó que su partido seguirá defendiendo los derechos de los ciudadanos y luchando por la pluralidad y la justicia democrática, toda vez que este dictamen es una contrapropuesta electoral que no da certeza jurídica a los votos de la población. A su vez, Lilia Aguilar Gil (PT) argumentó que estas reformas no establecen transferencia de votos ni es un tema de centavos. Se busca, dijo, reconocer la emisión de un voto del ciudadano por algún partido y que lo “hizo en conciencia y en la idea de que cruzó dos o más emblemas”. La diputada Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez (PAN) cuestionó porque se tienen que destinar más 700 millones de pesos a partidos que sin coaliciones ni trasferencia de votos no existirían y que no representan a nadie, en vez de destinarlos a escuelas, obras y acciones. Fernando Belaunzarán Méndez (PRD) destacó que en la democracia los votos cuentan y se deben contar. “Si un ciudadano vota por un candidato debe contarse, pero también para el emblema y para todos los efectos que eso conlleva. Ésa es la igualdad en el voto, es la que tenemos que defender; la igualdad de la democracia. Que el voto cuente y se cuente para todos los efectos”. El diputado Damián Zepeda Vidales (PAN) puntualizó que la democracia está hecha para garantizar el sentir del ciudadano, y en estas reformas, no nada más no se está garantizando sino que se está manipulando, se está maquillando, a favor de los partidos políticos. “El ciudadano no quiere más partidos políticos, lo que quiere es que sean mejores”. De Movimiento Ciudadano, la diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez indicó que este dictamen garantiza la existencia de pequeñas organizaciones que, conforme a la ley y reuniendo los requisitos de representación, puedan competir libremente y de manera equitativa en las elecciones, a fin de que sea la misma sociedad quien dicte su permanencia en el sistema de partidos. El legislador Marcos Aguilar Vega (PAN) sostuvo que el ciudadano vota para elegir a un candidato de su preferencia, no para que los partidos políticos coloquen en los puestos legislativos a aquellos que no pueden ir al encuentro con los ciudadanos y conquistarlos para representarle. “Luchamos por la pluralidad, la que se construye en la calle con el voto de la gente, no la democracia simulada y aquella que se construye con una disposición ilegítima”. Por el PVEM, Arturo Escobar y Vega (PVEM) resaltó que estas reformas tratan de dar efectividad al sufragio ciudadano, es decir, “darle validez a una mexicana y a un mexicano que emite su sufragio en favor de un partido y de otro porque compiten en coalición, porque quieren de forma voluntaria votar por una plataforma electoral que se suscribe cuando vas en coalición. Ahí no hay coacción y no hay engaño”. Para rectificación de hechos participaron los diputados de Movimiento Ciudadano, Juan Luis Martínez Martínez, Ricardo Mejía Berdeja, Ricardo Monreal Ávila y Luisa María Alcalde Luján, así como Marcos Rosendo Medina Filigrana (PRD). Enseguida, los diputados Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara (PT) y Uriel Flores Aguayo (PRD) presentaron propuestas de modificación al 87 de la Ley General de Partidos Políticos, mismas que fueron rechazadas. La enmienda a los numerales Décimo Primero, Décimo Segundo, Décimo Tercero y Décimo Cuarto del Articulo 87 de la Ley General de Partidos Políticos, fue turnada a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. -- ooOoo – |