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comunicaciónsocial
Bolet铆n N°. 3210 Ejecutivo no puede ni debe intervenir en la resoluci贸n del concurso mercantil de Mexicana de Aviaci贸n y sus filiales
  • Es el juzgado, la autoridad para pronunciarse sobre la posible quiebra o firma de convenio concursal

 

  • STPS estar谩 atenta y ser谩 respetuosa de la determinaci贸n y salvaguardar谩 los derechos de los trabajadores

 

18-03-2014.- La Secretar铆a del Trabajo y Previsi贸n Social (STPS) inform贸 a la C谩mara de Diputados que el Ejecutivo federal no puede ni debe intervenir en la resoluci贸n del concurso mercantil de Mexicana de Aviaci贸n y sus filiales Aerov铆as Caribe, SA de CV (Click), Mexicana Inter, SA de CV (Link) y Mexicana MRO, SA de CV, pero estar谩 atento y ser谩 respetuoso de la determinaci贸n judicial que se tome.

 

Precis贸 que el Juzgado D茅cimo Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal es el que conoce del concurso mercantil de Mexicana de Aviaci贸n y sus filiales, es la autoridad jurisdiccional rectora del procedimiento y la que, en consecuencia, habr谩 de pronunciarse sobre la posible quiebra o, en su caso, la firma de un convenio concursal.

 

El pasado 4 de marzo, el Pleno camaral exhort贸 al secretario del Trabajo y Previsi贸n Social, Alfonso Navarrete Prida, a crear una mesa de di谩logo y negociaci贸n con los trabajadores de Mexicana de Aviaci贸n, a fin de preservar la fuente de trabajo.

 

Propuso integrar dicha mesa con trabajadores activos, jubilados, pilotos, sobrecargos y personal de tierra para alcanzar una soluci贸n que respete sus derechos laborales y de seguridad social.

 

En el documento, publicado en la Gaceta Parlamentaria, la STPS expres贸 que actualmente la juez rectora del concurso mercantil de la compa帽铆a Mexicana MRO autoriz贸 la propuesta hecha llegar al conciliador de la aerol铆nea Mexicana de Aviaci贸n por el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de M茅xico (AlCM), el Banco Mercantil del Norte, Grupo Financiero Banorte (Banorte) y el Banco Nacional de Comercio Exterior (Bancomext), relativa al aumento de capital social de la Base de Mantenimiento MRO (llamada comerciante) a trav茅s de la capitalizaci贸n de pasivos.

 

Mencion贸 que el convenio concursal de Mexicana MRO fue suscrito por la mayor铆a de los acreedores reconocidos, y por acuerdo de 18 de febrero de 2014, se tuvo por suscrito por parte de la propia comerciante. Dicho documento y su resumen se pusieron vista de los acreedores reconocidos por un t茅rmino de cinco d铆as, a fin de que, en su caso, presenten las objeciones que consideren pertinentes, respecto de la autenticidad de la expresi贸n de su consentimiento, y ejerzan el derecho de veto.

 

De autorizarse el convenio respectivo, argument贸, se dar谩 viabilidad y supervivencia a MRO, y los activos se utilizar谩n en beneficio de los trabajadores de las cuatro empresas concursadas (Compa帽铆a Mexicana de Aviaci贸n, Mexicana Inter, Aerov铆as Caribe y MRO).

 

Afirm贸 que esta Secretar铆a ha privilegiado el di谩logo permanente con los representantes de los trabajadores de Mexicana de Aviaci贸n, a fin de buscar soluciones a las diversas problem谩ticas que en el 谩mbito laboral se han generado y haciendo votos para que el resultado del concurso mercantil privilegie la preservaci贸n de la fuente de trabajo, y 鈥渃ontinuar谩 atenta a efecto de salvaguardar los derechos de los trabajadores鈥.

 

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