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Boletín N°. 4054 Avalan diputados reformas para agilizar procedimientos administrativos
  • Si se paralizan tres meses por inactividad de autoridad, se considerarán caducados

 

  • Podría aplicarse, por ejemplo, en una verificación administrativa en materia ambiental o en conflictos sobre anticorrupción

 

02-09-2014.- El pleno camaral avaló reformas al artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, para que los recursos iniciados de oficio se entenderán caducados, en los casos en que la autoridad, por su inactividad, haya propiciado la paralización de los mismos por tres meses.

 

El dictamen aprobado con 393 votos a favor y 3 abstenciones, y remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales, agrega que en los citados casos se procederá al archivo de las actuaciones, a solicitud de la parte interesada o de oficio.

 

El objetivo de la reforma es brindar mayor seguridad y certeza jurídica, así como operar en pro del derecho fundamental a una justicia pronta y expedita.

 

Indica que la razón de ser de la caducidad es dar certeza jurídica y puntualizar la eficacia de un procedimiento en cuanto al tiempo, para no dejar abierta la posibilidad de que las autoridades actúen o dejen de hacerlo a su arbitrio sino, por el contrario, observen y atiendan puntualmente las reglas que establecen cuándo nace y concluye una facultad, para no generar incertidumbre y arbitrariedad.

 

Con el dictamen, se robustece la figura de la caducidad sin causar ningún perjuicio al gobernado y sin violar el orden público e interés social perseguido por el Estado. Además, el tercer párrafo del artículo 60 de la Ley, detalla que la autoridad cuenta con el tiempo suficiente para el estudio del asunto y resolver conforme a derecho.

 

Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, diputada Areli Madrid Tovilla (PRI), detalló que la reforma busca que los procedimientos administrativos iniciados de oficio por la autoridad se entiendan caducados no sólo en el caso de que transcurra el plazo de 30 días, sino también los casos en que la autoridad, por su inactividad, haya propiciado la paralización del procedimiento por tres meses.

 

Se busca que las autoridades administrativas cumplan plenamente con sus funciones procedimentales y de observancia del principio de legalidad, así como evitar que los ciudadanos que sean sujetos a un procedimiento administrativo iniciado de oficio, como una verificación administrativa en materia ambiental, les vulnere derechos y les cree incertidumbre en su estatus jurídico.

 

En los posicionamientos, el diputado Luis Antonio González Roldán (Nueva Alianza) indicó que el dictamen va encaminado a agilizar los procedimientos administrativos, fijando un plazo máximo para el término del proceso sancionador; de esta manera, dijo, “se evitan demoras y el alargamiento de los procedimientos al libre arbitrio de la autoridadâ€.

 

Añadió que al aprobar estas reformas, se propicia que los procesos se lleven a cabo con mayor eficacia y prontitud, sancionando de facto el no ejercicio de las facultades de la autoridad para actuar de manera pronta y expedita en la aplicación de la ley.

 

La legisladora Zuleyma Huidobro González (Movimiento Ciudadano) expresó que se robustece la figura de caducidad sin causar algún perjuicio al gobernado y sin violar el orden público e interés social perseguido por el Estado, ya que la autoridad contará con el tiempo suficiente para el estudio del asunto y resolver conforme a derecho.

 

Recordó que estos cambios fueron impulsados por legisladores de Movimiento Ciudadano, y agregó que el proceso administrativo debe cumplir con la garantía de seguridad jurídica, reduciendo en todo momento los espacios de indeterminación para el gobernado.

 

Del PRD, la diputada Gloria Bautista Cuevas mencionó que con estos cambios se fortalece la institución procesal de la caducidad de la instancia, pues permite acotar los tiempos para que la autoridad se apegue a los términos señalados en la propia ley y dé una respuesta oportuna, pronta y expedita en beneficio de la ciudadanía y se le otorga mayor certeza jurídica.

 

Resaltó que con esta propuesta se apuntala el derecho a la justicia pronta y expedita, establecida en el artículo 17 constitucional, así como al debido proceso en materia administrativa, al cual tienen derecho todas las personas.

 

El diputado Enrique Alejandro Flores Flores (PAN) coincidió en que esta enmienda motiva a la autoridad para que trabaje eficientemente en la resolución de conflictos en materia de anticorrupción.

 

Sostuvo que el plazo propuesto para la caducidad de los procedimientos administrativos, son “un término justo para que estos temas se resuelvan y tengan un curso fluido, ya que no es posible que se dilaten los procesos por motivos de inactividadâ€.

 

Por el PRI, la diputada María del Rocío García Olmedo destacó que en México la impartición de justicia en materia civil, familiar y penal ha avanzado mucho; sin embargo, apuntó, “no podemos olvidar el ramo administrativo, pues también ahí se debe garantizar la seguridad jurídicaâ€.

 

Afirmó que la caducidad es una institución procesal que evita la incertidumbre que supone un procedimiento, y puntualiza la eficacia en cuanto al tiempo, para no dejar abierta la posibilidad de que las autoridades actúen o dejen de hacerlo arbitrariamente y generen incertidumbre.

 

En pro del dictamen, los legisladores de Movimiento Ciudadano, Ricardo Monreal Ãvila y Ricardo Mejía Berdeja, celebraron la reforma, ya que, con este avance legal, se le da “más certeza†a dichos procedimientos y “se reduce la discrecionalidad†en su trámite.

 

Refirieron que en distintos textos normativos se ha quitado o agregado la figura procesal de la caducidad, “necesaria para no dejar sin defensa a los gobernadosâ€.

 

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