06 de mayo 2024
entrevistas
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Mayo 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1 2 3 4 5
6 7 8 9 10 11 12
13 14 15 16 17 18 19
20 21 22 23 24 25 26
27 28 29 30 31 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Boletín N°. 4128 Plantea diputada Romo Fonseca prohibir asistencia de menores a marchas, mítines y actos de protesta
  • Propone modificar la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

 

12-09-2014 La diputada Bárbara Gabriela Romo Fonseca (PVEM) propone reformar el artículo 42 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de prohibir la asistencia de menores a marchas, mítines, actos de protesta y manifestaciones de índole partidario, sindical, político, social o de cualquier otro tipo.

 

La integrante con la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables mencionó que la reforma busca sustentar el deber del Estado de evitar situaciones de riesgo a niñas, niños y adolescentes que se encuentren en escenarios donde se expongan y vulneren sus derechos.

 

Resaltó que de acuerdo con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en 2013 México tuvo un ascenso de violencia entre manifestantes y autoridades e hizo hincapié en que los servidores públicos pueden contener y disuadir a los protestantes, pero no generar actos de represión sino sólo prácticas de control ante situaciones inesperadas.

 

Sostuvo que existen diversos antecedentes de violencia en las manifestaciones, como la suscitada recientemente en Puebla, donde una protesta en contra de la decisión del gobierno y Congreso estatal de eliminar la figura de las juntas auxiliares, “terminó en un altercado con la policía estatal en la que un menor de 13 años de edad falleció. Eso refrenda, sin duda, la percepción de la CIDHâ€, dijo.

 

Con estos antecedentes, explicó, es pertinente que la asistencia y participación de los menores en las protestas sociales, deben contenerse desde el ámbito de la ley y a través de su función de orientadora de conductas, generar conciencia en madres, padres y tutores para proteger, no sólo la vida de los menores, sino también la integridad física, psicológica y emocional de los infantes, evitando que participen en estos actos.

 

Argumentó que si los menores de edad están en estos actos de protesta, no gozan de sus derechos y prerrogativas, es decir, no van a la escuela, no son resguardados en el seno familiar o no realizan actividades deportivas y recreativas que impulsen su sano desarrollo.

 

Destacó que la reforma tiene como objetivo resguardar el derecho a la protección de niñas, niños y adolescentes en contextos donde evidentemente no se garantiza su integridad física, emocional y psicológica.

 

Agregó que algunos estudios en México a nivel internacional señalan que en la mayoría de las veces “se utiliza a los niños como escaparate para fortalecer una causa, para decorar sin que tengan mucha noción de lo que hacen. Incluso, en casos más graves, se les coloca al frente de las manifestaciones a manera de escudo contra las autoridades o se les incita, obliga o paga para realizar actos violentos y vandálicosâ€.

 

Enfatizó que las modificaciones al ordenamiento tienen como propósito implementar una adecuada formación ciudadana a través de la educación, sin necesidad de exponer su integridad como personas.

 

Sostuvo que obligar e inducir a niñas, niños y adolescentes a participar en los actos referidos, atenta contra su adecuado desarrollo, pues permitirlo, solaparlo y no visibilizarlo socialmente constituye un acto irresponsable. De ahí que “desde la norma jurídica sea necesario evidenciar la inconveniencia de tales hechosâ€, concluyó la legisladora.

 

-- ooOoo --

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación