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comunicaciónsocial
Bolet铆n N°. 5369 M茅xico ocupa primer lugar en embarazos de adolescentes y violencia escolar
  • Proponen reformas a Ley General de Educaci贸n, a fin de garantizar respeto y protecci贸n de derechos de la ni帽ez

 

03-04-2015 La Comisi贸n de Educaci贸n P煤blica y Servicios Educativos analiza una iniciativa de la diputada B谩rbara Gabriela Romo Fonseca (PVEM) en donde se indic贸 que M茅xico ocupa el primer lugar internacional en casos de bullying, el cual afecta a 18 millones 781 mil 875 alumnos de primaria y secundaria, seg煤n estudios de la Organizaci贸n para la Cooperaci贸n y el Desarrollo Econ贸micos (OCDE).

 

Romo Fonseca, integrante de la Comisi贸n de Atenci贸n a Grupos Vulnerables, tambi茅n mencion贸 en su documento que de acuerdo con el Informe de Maternidad en la Ni帽ez, del Fondo de Poblaci贸n de Naciones Unidas, nuestro pa铆s se coloca en el primer lugar entre los integrantes de la OCDE en embarazos de adolescentes y j贸venes entre 15 y 19 a帽os de edad, con una tasa de 64.2 nacimientos por cada mil.

 

Agreg贸 que la discriminaci贸n, exclusi贸n y constante violaci贸n de los derechos de la ni帽ez exigieron acciones decididas; por ello, continu贸, el pasado 4 de diciembre de 2014 se public贸 en el Diario Oficial de la Federaci贸n la Ley General de los Derechos de Ni帽as, Ni帽os y Adolescentes, ordenamiento que significa un parteaguas en el reconocimiento de este grupo poblacional como sujeto de derechos.

 

La diputada dijo que es necesario dar continuidad al proceso legislativo iniciado, as铆 como al compromiso adquirido con las generaciones presentes y futuras.

 

鈥淩esulta fundamental realizar las adecuaciones necesarias a efecto de homologar, transversalizar y dotar de congruencia a la legislaci贸n implicada, a efecto de que la ni帽ez mexicana logre el pleno reconocimiento, respeto, ejercicio y goce de todos los derechos que le son inherentes鈥, subray贸.

 

Para perfeccionar este marco jur铆dico, propuso reformar el art铆culo 7 Ley General de Educaci贸n, con el objetivo de reconocer a las ni帽as, ni帽os y adolescentes como titulares de derechos, as铆 como garantizar el pleno ejercicio, respeto, protecci贸n y promoci贸n de los mismos.

 

Plante贸 adem谩s modificar el art铆culo 42 para establecer que las autoridades educativas deber谩n observar los principios rectores establecidos de la Ley General de los Derechos de Ni帽as, Ni帽os y Adolescentes.

 

Estas reformas permitir谩n asegurar al educando la protecci贸n y el cuidado necesarios para preservar su integridad f铆sica, psicol贸gica y social sobre la base del respeto a su dignidad, y que la aplicaci贸n de la disciplina escolar sea compatible con su edad.

 

Adem谩s, brindar谩n cursos a los docentes y al personal que labora en los planteles de educaci贸n sobre los derechos de los educandos y la obligaci贸n que tienen al estar encargados de su custodia, de protegerlos contra toda forma de maltrato, perjuicio, da帽o, agresi贸n, abuso, trata o explotaci贸n.

 

Puntualiz贸 que la educaci贸n b谩sica debe considerarse como el canal fundamental en la promoci贸n de los valores, que animen una vida colectiva democr谩tica, en la cual el reconocimiento y el respeto a los derechos humanos sea una realidad, una forma de vida cotidiana y no s贸lo un postulado.

 

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