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Boletín N°. 5438 Conoce Pleno ocho dictámenes; uno de ellos, sobre prueba pericial en materia genética

14-04-2015.- El Pleno conoció ocho dictámenes que serán debatidos y votados en próximas sesiones, referidos al Aniversario de la Batalla de Celaya; reconocimiento de hijos nacidos fuera del matrimonio; falsificación de documentos o emblemas; trastornos mentales; infraestructura de salud con tecnologías sustentables; sociedades mercantiles, y pesca de fomento.

 

Uno de los dictámenes establece las características de la moneda conmemorativa del 100 aniversario de la Batalla de Celaya, cuyo valor nominal será de 20 pesos, en reconocimiento a uno de los sucesos históricos más relevantes para la vida institucional del país.

 

Otro, reforma el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, para establecer el 15 de abril como el aniversario del fin de la Batalla de Celaya, en 1915, la cual “constituyó una serie de eslabones en el proceso de la Revolución mexicana”.

 

A través de reformas al artículo 360 del Código Civil Federal, se busca legislar sobre la prueba pericial y la presunción legal afirmativa en cuanto a la paternidad o la maternidad, en caso de negativa a someterse a su realización proporcionando la muestra necesaria para tal propósito.

 

Se establece que en caso de contradicción, en los supuestos del reconocimiento de los hijos nacidos fuera del matrimonio, la paternidad y la maternidad pueden probarse por cualquiera de los medios ordinarios y en especial, mediante la prueba pericial en materia genética.

 

Destaca que si el progenitor se negara a proporcionar la muestra necesaria, se presumirá, salvo prueba en contrario, que es el padre o la madre. Si existe carencia de recursos, el juez solicitará al área de servicios periciales que exima del pago atendiendo al interés superior del menor.

 

También, se conoció el dictamen que reforma los artículos 241 y 242 del Código Penal Federal, para establecer pena de cuatro a nueve años de prisión y multa de cuatrocientos a dos mil pesos al que falsifique los certificados, sellos o documentos de inspección de pesas y medidas, así como al que falsee los documentos, emblemas o ambos que demuestren el cumplimiento de normas oficiales mexicanas o de cualquier otra especificación técnica que tenga por objeto determinar la calidad y seguridad de algún producto, bien o servicio, antes, durante o después de su venta.

 

Además, impone prisión de tres meses a tres años y multa de veinte a mil pesos al que para defraudar a otro, utilice o falsifique un documento que demuestra el cumplimiento de normas oficiales mexicanas que había sido expedido para un producto, proceso o servicio distinto.

 

Se conoció el documento que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, para precisar que en la promoción de la salud mental, atención de las personas con trastornos mentales y de comportamiento, la Secretaría de Salud, las instituciones en la materia y los gobiernos estatales promoverán programas de atención que consideren, entre otros, hospitales de día, servicios de consulta externa, centros de día, casas de medio camino y talleres protegidos, con énfasis en niñas, niños, adolescentes y personas adultas mayores.

 

El Pleno se enteró del dictamen que reforma el artículo 46 de la Ley General de Salud, a fin de señalar que los establecimientos dedicados a la prestación de servicios de salud, podrán aplicar las tecnologías factibles y ambientalmente adecuadas para promover mayor autosuficiencia, sustentabilidad y salud ambiental.

 

Otro dictamen, modifica diversas disposiciones de los códigos de Comercio y el Penal Federal, para instituir que los comerciante podrán realizar la conservación o digitalización de toda o parte de la documentación relacionada con sus negocios, en formato impreso, o en medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, siempre y cuando, en estos últimos medios se observe lo establecido en la norma oficial mexicana sobre la digitalización y conservación de mensajes de datos.

 

Además, se busca permitir la introducción de los avances tecnológicos a las distintas sociedades mercantiles, así como otorgar mayores facultades a los actuales prestadores de servicios de certificación para que incrementen su oferta de productos y servicios.

 

Finalmente, se conoció el dictamen que adiciona el artículo 64 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable, para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Instituto Nacional de Pesca (Inapesca), emitan las opiniones de carácter técnico y científicas para permitir la pesca de fomento en los casos de científicos, técnicos e instituciones de investigación extranjeros.

 

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