21-04-2015.- El Pleno de la C谩mara de Diputados conoci贸 el dictamen que expide la Ley de Ahorro y Cr茅dito Popular, cuyo prop贸sito es proteger el ahorro popular, robustecer el sistema financiero nacional, otorgar m谩s facultades a las autoridades, as铆 como regular a los intermediarios financieros para que operen de manera profesional y segura. El dictamen que ser谩 discutido y votado en pr贸xima sesi贸n del Pleno, tambi茅n reforma las leyes para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Pr茅stamo y de la Comisi贸n Nacional Bancaria y de Valores, as铆 como el C贸digo Federal de Procedimientos Penales. La Ley de Ahorro y Cr茅dito Popular atiende la problem谩tica de los ahorradores de la Sociedad Financiera Popular en Liquidaci贸n (Ficrea), que evidenci贸 distintas irregularidades y serios problemas al no cumplir la regulaci贸n, falt贸 a la transparencia e integridad de la informaci贸n y no atendi贸, de manera adecuada, los requerimientos de informaci贸n de la Comisi贸n Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). Se crea un Fondo de Ahorro Popular para la administraci贸n del seguro de dep贸sitos, y se extingue el 鈥淔ondo de Protecci贸n de Sociedades Financieras Populares y de Protecci贸n a sus Ahorradores鈥 hoy vigente. Se constituye un fideicomiso p煤blico por el Gobierno Federal en el Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, S.N.C., Instituci贸n de Banca de Desarrollo, el cual se encargar谩 de administrar el seguro de dep贸sitos, para un mayor control y seguridad de los ahorradores en cuanto al pago de las obligaciones garantizadas hasta por el monto equivalente de 25 mil unidades de inversi贸n. Respecto a las sanciones, se establece castigar con prisi贸n de 2 a 10 a帽os y multa de 5 mil a 50 mil d铆as de salario, a socios, consejeros, funcionarios, directores o gerentes generales y dem谩s directivos o empleados o auditores externos de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Pr茅stamo o quienes intervengan directamente en una operaci贸n y que omitan registrar las operaciones efectuadas por la Sociedad de que se trate, o que alteren los registros contables o financieros para ocultar la verdadera naturaleza de las operaciones realizadas, afectando la composici贸n de activos, pasivos, cuentas contingentes o resultados. Se plantea prisi贸n de 3 a 10 a帽os y multa de 2 mil a 20 mil d铆as de salario cuando el monto de la operaci贸n, quebranto o perjuicio patrimonial no exceda el equivalente a 20 mil d铆as de salario. Cuando el monto de la operaci贸n exceda de 20 mil y sea menor de 50 mil d铆as de salario, la prisi贸n ser谩 de 2 a 12 a帽os y la multa de 10 mil a 100 mil d铆as de salario. Si el monto de la operaci贸n, quebranto o perjuicio patrimonial excede de 50 mil d铆as de salario, se sancionar谩 con prisi贸n de 8 a 15 a帽os y multa de 250 mil a 350 mil d铆as de salario. Adem谩s, contempla multa de 20 mil a cien mil d铆as de salario, a las Sociedades Financieras Populares, que proporcionen, en forma dolosa, informaci贸n falsa, imprecisa o incompleta a las autoridades financieras, o al Fondo de Ahorro Popular, que tenga como consecuencia que no se refleje su verdadera situaci贸n financiera, administrativa, econ贸mica o jur铆dica. El dictamen proh铆be la existencia de cooperativas b谩sicas no reguladas, por lo que las existentes deber谩n ce帽irse a nuevo r茅gimen vigente y transformarse en sociedad financiera popular a m谩s tardar el 31 de julio de 2016. La Ley de Ahorro y Cr茅dito Popular dota de mayor claridad y pulcritud estas actividades; elimina las sociedades financieras comunitarias, as铆 como la figura de Federaciones en su car谩cter de agrupaciones encargadas de la supervisi贸n auxiliar de las sociedades financieras populares, con lo que se tendr铆a una vigilancia m谩s directa y efectiva por parte de la Comisi贸n Nacional Bancaria y de Valores. Se prev茅 un marco de capitalizaci贸n basado en los riesgos en los que puede incurrir la sociedad en sus operaciones, lo que necesariamente se debe dar con independencia del intermediario financiero de que se trate. Para enfrentar problemas financieros, se plantea un esquema de alertas seg煤n el capital con el que cuentan estas sociedades, lo que habr谩 de determinar que la Comisi贸n Nacional Bancaria y de Valores ordene acciones, cuyo objeto sea conseguir la estabilidad y solvencia financiera de la entidad. En caso de que con las medidas ordenadas no se consigan estabilidad y solvencia de la sociedad financiera popular, se propone que el Fondo de Ahorro Popular determine un mecanismo oportuno y adecuado para su salida. Ampl铆a la facultad sancionatoria de la CNBV por el incumplimiento en diversos plazos para la atenci贸n de los requerimientos de informaci贸n, documentaci贸n, aseguramiento, desbloqueo de cuentas, transferencia o situaci贸n de fondos formulados por las autoridades competentes y, la participaci贸n de entidades, centros cambiarios, transmisores de dinero o sociedades financieras de objeto m煤ltiple no regulados en operaciones con recursos de procedencia il铆cita. En s铆ntesis, el dictamen tiene el prop贸sito de fomentar el ahorro formal, principalmente de los peque帽os, al proteger la confianza que estos depositan en las entidades, privilegiando la salvaguarda de su patrimonio, as铆 como fortalecer el r茅gimen de vigilancia y dar facultades a las autoridades respecto de la gesti贸n de los negocios y los dep贸sitos. Se busca contar con un sector popular eficiente y s贸lido, y fortalecer los mecanismos de supervisi贸n, atendiendo las particularidades de las sociedades financieras populares y cooperativas de ahorro y pr茅stamo. -- ooOoo -- |