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Boletín N°. 5580 Acortan los tiempos sobre ausencia y presunción de muerte de desaparecidos
  • “Estos supuestos se podrán aplicar para casos de inseguridad y para fenómenos meteorológicos”: diputado López Zavala

 

30-04-2015.- La Cámara de Diputados avaló el dictamen que acorta los tiempos del procedimiento judicial que aclara la ausencia y la presunción de muerte respecto de una persona desaparecida, en cumplimiento al mandato constitucional de expedir resoluciones prontas.

 

Con 403 votos a favor, uno en contra y una abstención, se modifican diversas disposiciones del Código Civil Federal y adiciona un artículo 371 Bis al Código Federal de Procedimientos Civiles, para reducir de dos años a seis meses, el plazo para solicitar la declaración de ausencia y de seis años a dos años, la presunción de muerte de alguna persona que sea parte en un juicio.

 

El documento canalizado al Senado de la República, establece que en caso de que se encuentre pendiente de resolución un juicio de declaración de ausencia o presunción de muerte, la interrupción del término cesará cuando el juez declare ésta última.

 

Desde el punto de vista jurídico, cuando una persona se encuentra de manera prolongada fuera de su domicilio, se ignora su paradero, se tiene duda si está vivo o muerto, y en caso, de que no haya dejado o nombrado apoderado, debe iniciarse un procedimiento judicial solicitando la declaración de ausencia, con el objeto de velar por los bienes; sin embargo, el proceso es largo y desgastante para los deudos.

 

Al fundamentar el dictamen, el diputado Javier López Zavala (PRI) destacó la necesidad de acortar los tiempos del procedimiento judicial sobre la ausencia y la presunción de muerte de una persona desaparecida, pues “la incertidumbre generada por desconocimiento del paradero de un ser querido es uno de los dolores más grandes que una persona puede sentir”.

 

Estos dos supuestos, detalló, se podrán aplicar tanto para casos de inseguridad como para fenómenos meteorológicos en los que suele perderse el rastro de algunos individuos, mientras sus familias quedan en la indefensión total.

 

Refirió que entidades como Durango, Michoacán, Sonora, Chiapas, Estado de México, Puebla, Tamaulipas, Zacatecas, Baja California, Colima, Nuevo León y Chihuahua, ya modificaron sus legislaciones locales, para establecer lapsos para la declaración de presunción de muerte que van desde tres meses a los dos años, cuando antes eran de tres a ocho años.

 

La pérdida de un familiar, dijo, no se reemplaza nunca, pero con esta reforma “podremos contribuir en algo a aminorar las necesidades económicas por las que atraviesan las familias de los desaparecidos”. Permitir el acceso a los beneficios que esta figura jurídica otorga, estaríamos sirviéndole más a México y a la nación, abundó.

 

De Movimiento Ciudadano, la diputada Zuleyma Huidobro González expresó que “esta reforma más que ser bondadosa con la sociedad, es para verles la cara a los mexicanos y a tantas familias que han perdido a sus seres queridos en una masacre nacional. No puedo apoyar una iniciativa que pretende tapar la sangre y el dolor de los mexicanos con un plumazo”.

 

El diputado Carlos Octavio Castellanos Mijares (PVEM) argumentó que se podrá hacer expedita la tramitología jurídica y se establecen condiciones de certeza para el adecuado despacho de los asuntos de la persona que haya sido declarada ausente, o se presuma la muerte de la misma.

 

Loretta Ortiz Ahlf, diputada de la agrupación Morena, relató que la reducción de los plazos, deriva en que “desgraciadamente los familiares de los desaparecidos viven un viacrucis”, ya que no tienen derecho a reclamar, por ejemplo, pensión alimenticia o servicios educativos, porque la declaración tarda años.

 

El diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño (PAN) destacó que los tiempos establecidos para la declaración de ausencia y la presunción de muerte de una persona, resultan excesivos; por ello, “estamos a favor de reducir los plazos y promover acciones que permitan a los ciudadanos contar con procedimientos expeditos, contar con un acceso equitativo a la justicia, haciendo efectiva la garantía constitucional”.

 

Por el PRD, la diputada Alfa Eliana González Magallanes mencionó que casos de mujeres cuyos maridos desaparecieron luego de que un comando se los llevó y no supieron a dónde, ni si estaban vivos o muertos, se multiplicaron. “Esta reforma permitirá al menos evitar daños al gasto diario de miles de familias en el país que se enfrentan a este tipo de casos”.

 

Carlos Sánchez Romero, diputado del PRI, argumentó que la importancia de un acto judicial de esta naturaleza radica en que sólo así es posible cumplir con las obligaciones legales contraídas por el ausente y llevar a cabo la administración de su patrimonio. Sin embargo, los procedimientos vigentes tienen una periodicidad extremadamente larga, situación que genera una doble carga para los familiares, por lo que “consideramos pertinente que se cuente con ordenamientos expeditos”.

 

La diputada Lilia Aguilar Gil (PT) expresó que el dictamen es bueno, pero no suficiente en materia legislativa, cuando se requiere una normatividad completa para proteger a las familias que han sufrido la desaparición de un ser querido. “La reforma solamente acota los tiempos, pero no garantiza nada a los deudos, como el ingreso familiar, el acceso al servicio médico o la conservación de una vivienda en crédito”.

 

A su vez, la diputada de la agrupación Morena, Luisa María Alcalde Luján, consideró que el país atraviesa una crisis de derechos humanos y el caso de los 43 estudiantes de Ayotzinapa es una prueba. “Necesitamos encontrarlos, sus familias los necesitan, pero sobretodo México. Los necesitamos para ganar la confianza y tener la certeza de que en este país la corrupción, las violaciones graves a los derechos humanos, las desapariciones forzadas y cualquier violación a la ley, sean efectivamente investigadas y castigadas”, concluyó.

 

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