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Boletín N°. 0441 Diputados aprueban reglas para discutir y votar el PEF 2016
  • Una vez que la Mesa Directiva reciba el dictamen, lo publicará en la Gaceta Parlamentaria

 

  • Recibirá dispensa de trámite para someterse de inmediato a análisis

 

10-11-2015.- La Cámara de Diputados aprobó, en votación económica, el acuerdo de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) que establece las reglas para la discusión y votación del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) para el ejercicio fiscal 2016, el cual deberá ser avalado a más tardar el 15 de noviembre.

 

El documento precisa la forma y los términos en que se discutirá y votará en sesión del Pleno el dictamen del proyecto de PEF 2016, que apruebe la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para cumplir en tiempo y forma, su deber constitucional.

 

Una vez que la Mesa Directiva reciba el dictamen por parte de la Comisión de Presupuesto, lo publicará en la Gaceta Parlamentaria, en formato electrónico e impreso, así como en las pantallas de las curules del Salón de Sesiones, a efecto de que sea conocido por todos los diputados.

 

Tendrá los efectos de una declaratoria de publicidad de dictamen, conforme al artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, por lo que podrá ser incorporado al orden del día de la sesión en que se presente, recibiendo dispensa de trámite para someterse de inmediato a discusión. Si hubiere voto particular, se estará a lo dispuesto por los artículos 90 y 91 del citado ordenamiento.

 

La discusión en lo general se realizará conforme a lo siguiente: El Presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, o uno de sus Integrantes, expondrá los fundamentos del dictamen, hasta por diez minutos.

 

Podrá hacer uso de la palabra para fijar su posición, hasta por cinco minutos, un integrante de cada grupo parlamentario, en orden creciente (Encuentro Social, Nueva Alianza, Movimiento Ciudadano, Morena, PVEM, PRD, PAN y PRI).

 

Para hablar en contra o a favor, se abrirá una ronda de intervenciones de hasta seis oradores en cada sentido, quienes podrán hacer uso de la palabra por cinco minutos cada uno.

 

Al finalizar la ronda y después de leer la lista de oradores aún inscritos en ambos sentidos, el presidente de la Mesa Directiva preguntará si el asunto se encuentra suficientemente discutido.

 

Si la respuesta fuere negativa, se abrirá una nueva ronda de hasta tres oradores en cada sentido, conforme al artículo 104 del Reglamento de la Cámara de Diputados. Al término de la discusión se llevará a cabo la votación del dictamen en lo general.

 

El acuerdo puntualiza que las propuestas de modificación deberán presentarse por escrito ante la Mesa Directiva, indicando con claridad si se reservan artículos, anexos o ambos, del dictamen a discusión.

 

Las y los diputados deberán precisar el párrafo, la fracción o el inciso de los artículos reservados; rubro, ramo, programa, partida o el concepto de los anexos que reservan, así como los artículos que se pretendieran adicionar al proyecto de decreto.

 

Cada reserva deberá presentarse en escrito por separado, pudiendo referirse a diversos artículos o anexos cuando mantengan unidad temática. Todas las propuestas de modificación o de adición a artículos o anexos contenidos en el proyecto de decreto, deberán entregarse a la Mesa Directiva en hoja membretada y con firma autógrafa del proponente, y en ningún caso se admitirán reservas manuscritas o en fotocopia de la Gaceta Parlamentaria.

 

Para su procesamiento y registro, las propuestas de modificación presentadas deberán señalar y resaltar en letra negrita: el número de artículo y/o el nombre y número del Anexo que se pretende modificar; el ramo o el rubro, así como el programa a que hagan referencia; el número de página(s) del dictamen donde se encuentre ubicado el artículo, anexo, ramo o rubro, así como las cantidades a modificar. Para mayor claridad se deberá incluir un cuadro comparativo del texto vigente y el propuesto.

 

En el supuesto de que la reserva implique la creación o el incremento de erogación, la o el diputado proponente deberá señalar la correspondiente fuente de financiamiento, identificando el programa específico al cual deberá reducirse la asignación prevista en el dictamen, de conformidad con lo establecido por el artículo 42 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

La recepción de las propuestas de modificación o de adición se hará desde el inicio de la sesión y hasta que concluya el apartado de posicionamientos de los grupos parlamentarios, durante la discusión en lo general.

 

Una vez verificado que las reservas reúnen los requisitos señalados, serán rubricadas por los secretarios que defina la Mesa Directiva, a fin de proseguir su trámite en los términos de las presentes reglas. Sólo registrarán, para su discusión, las reservas que cumplan los requisitos, debiendo rechazar aquéllas que no los satisfagan.

 

Concluido el registro de las modificaciones que se pretendan realizar a los artículos, anexos o a ambos, se procederá a la votación nominal del proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2016, en lo general, y de los artículos o anexos no impugnados, en lo particular.

 

En caso de que el dictamen sea aprobado, en lo general, por la mayoría de diputados presentes, se procederá a la discusión en lo particular de los artículos y anexos reservados.

 

La discusión en lo particular se llevará a cabo de la siguiente manera: Harán uso de la palabra, hasta por tres minutos cada uno de los y las diputadas que hubieren reservado artículos, anexos o ambos. En caso de que un diputado haya presentado diversas reservas, procurará exponerlas en una sola intervención.

 

La Mesa Directiva determinará, en consulta con el diputado proponente, el número de reservas a presentar en cada intervención y establecerá el tiempo para la presentación de las reservas, cuando éstas sean agrupadas.

 

Concluida la intervención del legislador proponente, se consultará al Pleno, en votación económica, si se admite a discusión. Si la respuesta fuere negativa, la propuesta se tendrá por desechada, y el artículo o anexo en cuestión se reservará para su votación nominal en conjunto, en los términos del dictamen, al final de la discusión en lo particular. Si la respuesta fuere afirmativa, podrán hacer uso de la palabra un orador a favor y otro en contra, hasta por tres minutos cada uno.

 

Al finalizar las intervenciones, la secretaría consultará al Pleno, en votación económica, si se acepta la modificación o la adición propuesta. Si la respuesta fuere negativa, se tendrá por desechada; de resultar afirmativa, el artículo o anexo de referencia se reservará, para su votación nominal en conjunto, al término de la discusión en lo particular.

 

La consulta al Pleno para determinar si se aceptan o se rechazan las modificaciones o adiciones propuestas, se realizará mediante votación económica. En caso de duda fundada respecto al resultado de la votación, a juicio del Presidente, se podrá proceder a una votación nominal, a través del sistema electrónico.

 

Agotada la discusión en lo particular, el Presidente leerá los artículos reservados que se votarán en conjunto, señalando con claridad aquéllos que quedaron en los términos del dictamen y aquéllos que se votarán con la modificación o la adición aceptada.

 

De igual modo, el acuerdo de la Jucopo argumenta que de conformidad con el artículo 108, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se podrá solicitar la votación por separado de un artículo o anexo reservado.

 

Si durante la discusión en lo general y en lo particular del dictamen se presentara un asunto no previsto por el presente Acuerdo, será resuelto por la Mesa Directiva.

 

En los términos del numeral 2 del artículo 221 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, a través de su junta directiva, será la responsable de hacer las correcciones al decreto del PEF 2016 aprobado por la Cámara, y realizará sólo las adecuaciones de estilo, cálculo, ajustes de cifras y cantidades que sean necesarias, las cuales deberán estar en plena correspondencia con las modificaciones o adiciones aprobadas por el Pleno. La Mesa Directiva vigilará que se cumpla, antes de remitirlo al Ejecutivo federal.

 

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