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Boletín N°. 0489 Aprueban en Comisión que Firma Electrónica sea reconocida por Infonavit para trámites

• Ayudará a dar más eficacia al trabajo de la institución y reducirá costos de operación

18-11-2015.- La Comisión de Vivienda, que preside la diputada Alma Carolina Viggiano Austria (PRI), aprobó una minuta para que el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) reconozca y dé validez a la Firma Electrónica Avanzada, emitidas por otras autoridades, para trámites y funciones de su competencia.

La propuesta reforma los artículos 29 y 35 y adiciona un 29 Ter y 29 Quáter a la Ley del Infonavit. Su propósito es permitir a esta institución la integración de medios electrónicos en sus procesos, funciones y tareas, que son parte importante de su objetivo.

El documento explica que hasta la fecha, el Infonavit ha recurrido principalmente al correo certificado para efecto de comunicaciones, y la firma autógrafa para efecto de notificaciones y actos de autoridad, al estar impedido de realizarlo a través de medios electrónicos establecidos en el artículo 17-C del Código Fiscal de la Federación.

“Tres de cada cuatro financiamientos de vivienda otorgados en el país durante 2014 correspondieron a esta institución”, destaca el texto.

Viggiano Austria indicó que una ventaja para el Infonavit es que con la utilización de las tecnologías de información y comunicación, podrá cumplir de manera más eficaz y eficiente su fin, además de que podrá reducir los costos del proceso.

“Con esta reforma se le darán atribuciones como autoridad certificadora en el ámbito de su competencia y para reconocer certificados digitales”.

El Infonavit es la tercera autoridad fiscal del país, después del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y el Instituto Mexicano del Seguro Social, al estar facultado para recaudar de las empresas el 5 por ciento del salario base y amortizaciones retenidas a fin de constituir el saldo de la subcuenta de vivienda de los trabajadores, precisa la minuta.

“Esto dará oportunidad a los patrones para atender los requerimientos de pago, aportaciones y descuentos, mediante formularios electrónicos”.

El subdirector general de Recaudación Fiscal del Infonavit, Fernando Diarte Martínez, puntualizó que la legislación fiscal y la Ley de la Firma Electrónica Avanzada precisan que si una autoridad quiere utilizar los medios electrónicos, debe contemplarla en su propia ley.

“Es reconocido que la modernidad, la firma electrónica y los medios electrónicos son una realidad que nos facilita el trámite”, sostuvo.

Concluyó que actualmente el 99 por ciento de los trámites que realizan los contribuyentes ante el SAT es por medios electrónicos.

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