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Boletín N°. 0300 Emite Comisión de Presupuesto opinión sobre impacto presupuestal de seis proyectos de decreto

22-10-2015.- La Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública aprobó, por mayoría, la opinión sobre el impacto presupuestario de seis proyectos de decreto sobre Pensionissste, rentabilidad económica de los proyectos de infraestructura de transporte, Instituto Nacional de la Economía Social, Tesorería de la Federación, Secretaría de Cultura, Zonas Económicas Especiales e implementación del Régimen Especial Aduanero.

 

El presidente de esta instancia legislativa, diputado Baltazar Hinojosa Ochoa (PRI), expresó que ninguna de las iniciativas presenta “algún impacto presupuestalâ€, y dijo que las opiniones se remitirán a las comisiones dictaminadoras.

 

Las seis iniciativas fueron presentadas por el Ejecutivo federal, junto con el Paquete Económico 2016, el pasado 8 de septiembre.

 

En reunión de trabajo, el diputado Vidal Llerenas Morales (Morena) se congratuló de que se haya solicitado la opinión técnica del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de esta Cámara y pidió fortalecer sus funciones; sin embargo, planteó hacer un mejor análisis del impacto presupuestal de las propuestas, porque es un proceso muy complejo.

 

Jorge Estefan Chidiac, diputado del PRI, aclaró que en la Comisión de Hacienda ya se analiza la reforma del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado (Pensionissste), cuyo objetivo es dotarlo de autonomía, pues hoy “tiene ciertas restricciones y lo que se busca es convertirlo en un banco de desarrollo, con la misma estructura orgánica, mismas oficinas y procesos. Se transformará en una empresa de participación mayoritaria pública, por lo que no habrá impacto, sólo es autonomía de gestión y presupuestalâ€.

 

De Morena, el legislador Juan Romero Tenorio expuso que afirmar que las iniciativas no tienen impacto presupuestal “es una opinión muy a la ligeraâ€, ya que Pensionissste pasa a ser una empresa de participación estatal mayoritaria y eso “tiene un impacto positivo o negativo, puesto que cambia de naturaleza jurídica. Necesitaríamos contar con más información sobre el desempeño de este órgano y los efectos económicos que tendrá para el Estadoâ€, dijo.

 

A su vez, el diputado Pedro Luis Noble Monterrubio (PRI) sostuvo que en el proyecto del Pensionissste, el origen de los recursos materiales, humanos y financieros provienen del mismo fondo y no se generan nuevas plazas ni cargos. “Se trata de una transferencia de capitales hacia la empresa nueva que se plantea, no hay estructura orgánica nueva ni presupuesto adicionalâ€.

 

De acuerdo con la Comisión de Presupuesto, la iniciativa que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), tiene el propósito de desvincular el Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado (Pensionissste) del ISSSTE.

 

“Se concluye que no hay impacto presupuestario, ya que la eventual aprobación de la iniciativa no demandaría erogaciones adicionales al Estado. Pensionissste dejaría de ser un órgano desconcentrado del ISSSTE y se transformaría a una empresa de participación estatal mayoritaria, con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía técnica y de gestiónâ€, se afirma.

 

La iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las leyes de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, de Puertos, de Aeropuertos, y Reglamentaria del Servicio Ferroviario, tampoco representa impacto presupuestario alguno para la Administración Pública Federal, en virtud del carácter normativo de sus modificaciones.

 

Su objetivo es que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes realice una evaluación sobre la rentabilidad económica de los proyectos de infraestructura de transporte que se pretendan concesionar, y remitirla a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para recabar su opinión favorable, proceder con el otorgamiento de la concesión y, en su caso, la resolución de la prórroga.

 

Respecto a la reforma de diversas disposiciones de la Ley de la Economía Social y Solidaria, reglamentaria del párrafo séptimo del artículo 25 de la Constitución Política, en lo referente al sector social de la economía y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la comisión expresa que se trata de cambios normativos que armonizan a estos ordenamientos.

 

La finalidad es transferir el órgano administrativo desconcentrado, Instituto Nacional de la Economía Social, de la estructura orgánico-administrativa de la Secretaría de Economía, a la Secretaría de Desarrollo Social. “Los cambios no derivan en el desempeño de nuevas funciones ni en la aplicación de estructuras administrativas, por lo que su aprobación no generaría impacto presupuestario algunoâ€, justifica.

 

En cuanto a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Tesorería de la Federación, se busca que opere con las mejores prácticas internacionales, garantizando que los recursos y valores al cuidado del gobierno federal se realicen con calidad, eficiencia, eficacia y transparencia, con el fin de contribuir al equilibrio de las finanzas públicas y a la estabilidad económica del país.

 

“Del análisis del marco jurídico, se concluye que la iniciativa no incluye impacto presupuestario, porque sus disposiciones tienen un carácter eminentemente administrativo-regulatorioâ€, señala la Comisión de Presupuesto.

 

Sobre la iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como de otras disposiciones para crear la Secretaría de Cultura y, de acuerdo con el artículo segundo transitorio de la propuesta, se concluye que la eventual aprobación no tendría impacto presupuestario, ya que la dependencia que se crearía sería resultado de la trasformación del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (Conaculta) en esta nueva dependencia.

 

Es decir, precisa, “se financiaría con recursos que actualmente dispone el Conacultaâ€, y agrega que el artículo décimo tercero transitorio, expresamente señala que no se autorizarán recursos adicionales por la entrada en vigor del decreto que crea la Secretaría de Cultura.

 

Finalmente, la iniciativa con proyecto de decreto por la que se expide la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales y se adiciona el artículo 9 de la Ley General de Bienes Nacionales, busca impulsar el crecimiento económico de las regiones del país que tengan mayores rezagos en desarrollo social, a través del fomento de la inversión, la productividad, la competitividad, el empleo y una mejor distribución del ingreso entre la población.

 

Del análisis de la propuesta, menciona la comisión, se desprende que de aprobarse no implicaría impacto presupuestal, porque no generaría mayores cargas administrativas ni la creación de nuevas instituciones y/o modificación de estructuras orgánicas ocupacionales existentes, y sólo produciría la sola aplicación de una parte del gasto de la Federación.

 

Además, su artículo tercero transitorio establece que las erogaciones que, en su caso, deban realizar las dependencias y entidades paraestatales con motivo de entrada en vigor de la ley, deberán cubrirse con cargo a su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal correspondiente.

 

Por lo que toca a la implementación del Régimen Especial Aduanero y los beneficios fiscales en materia de contribuciones que se determinen en cada zona económica, ocasionarán un efecto en los ingresos federales que se conocerían hasta en la entrada en vigor de la legislación secundaria.

 

 

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