13-09-2015 En México, las mujeres perciben entre 15 y 20 por ciento menos que los hombres por desempeñar trabajos iguales, por lo que la diputada Verónica Delgadillo GarcÃa (MC) propuso reformas para que la polÃtica nacional en la materia promueva la eliminación de diferencias salariales y se aplique el principio de igualdad de trato y no discriminación en las condiciones laborales. En su iniciativa de reformas a la Ley Federal del Trabajo y a la General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la legisladora señala que, de acuerdo con el Informe Mundial sobre Salarios 2014/215 Salarios y Desigualdad de Ingresos, de la Organización Internacional del Trabajo, esa cifra podrÃa ser mayor si se consideran las desventajas de oportunidades para enfrentar un mercado laboral competitivo. Además, indica que el Informe Mundial Brecha de Género 2014, del Foro Económico Mundial, coloca a México en el lugar número 118 de 142 paÃses, respecto a la igualdad de salario por el mismo trabajo. Mencionó que ese informe arroja una situación alarmante respecto al acceso de oportunidades para las mujeres, al colocar a México en el lugar número 80 de 142 paÃses en el Ãndice general de brecha de género, conformado por las variables de partición económica y de oportunidades, empoderamiento polÃtico, acceso educativo y a salud. “Los resultados obtenidos en la participación de la fuerza laboral, salario equitativo por un mismo trabajo, y el ingreso estimado entre hombres y mujeres, la calificación se encuentra alejada de una posible equidadâ€. En su iniciativa, Delgadillo GarcÃa refiere que esa disparidad repercute en la calidad de vida a la que se puede acceder, sobre todo en un futuro, al momento de la jubilación, cuando se requerirá mayor protección social. Aun cuando en México existe un marco jurÃdico a favor de la equidad de género, existe una marcada brecha salarial que trasgrede los principios básicos de derechos humanos de la mujer, lo que constituye una “verdadera discriminación hacia las mujeres, incomprensible y ajena a lo establecido en los Tratados Internacionales, la Constitución y la legislación federalâ€. Busca adicionar la fracción II al artÃculo 5 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, para definir la Brecha Salarial como la diferencia entre salarios, prestaciones y beneficios que perciben los trabajadores, particularmente entre hombres y mujeres que realizan un mismo trabajo. Propone modificar los artÃculos 9, 17, 33 y 34 de ese ordenamiento para establecer que la Federación podrá suscribir convenios o acuerdos de coordinación con la coparticipación del Instituto Nacional de las Mujeres, para eliminar esa desigualdad, que se fomente la paridad salarial y otras condiciones laborales, y las medidas que favorezcan el acceso de las mujeres al empleo sin diferencia salarial. También propone modificar el artÃculo 3º de la Ley Federal del Trabajo, para establecer que no se considerarán discriminatorias las distinciones, exclusiones o preferencias que se sustenten en las calificaciones particulares que exija una labor determinada, siempre y cuando no contravengan la igualdad sustantiva. -- ooOoo -- |