21-04-2016.- La Comisi贸n de Derechos de la Ni帽ez aprob贸 reformas para que los menores susceptibles de ser adoptados puedan acceder a un proceso expedito, 谩gil, simple y guiado por el inter茅s superior de los infantes y se prioricen opciones de cuidado en un entorno familiar definitivo. Con las reformas y adiciones a la Ley General de los Derechos de Ni帽as, Ni帽os y Adolescentes, el proceso administrativo y jurisdiccional de adopci贸n podr谩 realizarse en cualquier estado de la Rep煤blica, con independencia de la ubicaci贸n f铆sica del menor susceptible de ser adoptado. Los sistemas DIF y las Procuradur铆as de Protecci贸n mantendr谩n comunicaci贸n, intercambiando informaci贸n para garantizar el desarrollo de la personalidad y materializar el derecho de las ni帽as, ni帽os y adolescentes a vivir en familia. Asimismo, las autoridades administrativas a nivel nacional y estatal, en el 谩mbito de sus competencias, dispondr谩n lo conducente para restituir el derecho de los menores a vivir en familia y recibir formaci贸n y protecci贸n de quien ejerce la patria potestad, tutela, guardia o custodia. Las autoridades garantizar谩n una adopci贸n con pleno respeto a los derechos de los menores, sin que medien intereses particulares o colectivos que se contrapongan, y establecer谩n medidas de protecci贸n para evitar presiones indebidas y de coacci贸n a las familias de origen, para renunciar a la ni帽a, el ni帽o o el adolescente. Adem谩s, cada entidad federativa, a trav茅s de su respectivo Poder Judicial, tendr谩 que contar, al menos, con un juzgado especializado en adopci贸n. Se proh铆be la adopci贸n del menor no nacido y la promesa de adopci贸n; la adopci贸n privada, sin intervenci贸n de las autoridades competentes y la que tenga fines de venta, sustracci贸n, retenci贸n, ocultaci贸n l铆cita, tr谩fico, trata de personas, explotaci贸n, trabajo infantil o cualquier il铆cito. Tambi茅n, impide el contacto entre el adoptado y sus padres biol贸gicos, y el matrimonio entre el adoptado y el adoptante y sus descendientes Se incluyen medidas de seguimiento como los reportes de Trabajo Social, constancias fotogr谩ficas, testimoniales, de video o cualquier medio donde se aprecie la convivencia familiar y el desarrollo cotidiano de ni帽as, ni帽os y adolescentes en su entorno, cada seis meses por tres a帽os. Se establece que, en coordinaci贸n con las Procuradur铆as de Protecci贸n, deber谩 contarse con un registro que incluya, adem谩s, a quienes cuenten con un certificado de idoneidad; informaci贸n desagregada de adopciones nacionales e internacionales y de las ni帽as, ni帽os y adolescentes adoptados, as铆 como de las familias de acogida y de los menores recibidos por ellas. Asimismo, la Comisi贸n aprob贸 otro dictamen con proyecto de decreto para reformar la Ley General de los Derechos de las Ni帽as, Ni帽os y Adolescentes, con el prop贸sito de incluir en su art铆culo 4 el Sistema Municipal de Protecci贸n, que constituye un paso trascendental en la vida legislativa del Estado mexicano y lo coloca a la vanguardia en la salvaguardia y garant铆a de los derechos de la ni帽ez y la adolescencia. Plantea, en el art铆culo 98, que si los Sistemas DIF identifican a menores extranjeros susceptibles de reconocimiento de condici贸n de refugiado o de asilo, lo comunicar谩n al Instituto Nacional de Migraci贸n, que, en colaboraci贸n con la Comisi贸n Mexicana de Ayuda a Refugiados, adoptar谩 medidas de protecci贸n especial. Con ello se garantizan los derechos de los menores migrantes. Asimismo, se propone que el Instituto Nacional de Migraci贸n proporcionar谩 informaci贸n y, en su caso, la Coordinaci贸n General de la Comisi贸n Mexicana de Ayuda a Refugiados, deber谩n colaborar con el Sistema Nacional DIF. En esta reuni贸n, los legisladores aprobaron tambi茅n exhortar a los Congresos de las entidades federativas, a armonizar su legislaci贸n con la reforma constitucional que reconoci贸 el derecho a la identidad de las personas, a ser registradas inmediatamente a su nacimiento y a la expedici贸n gratuita de la primera copia certificada del acta de nacimiento. Aceptaron un dictamen m谩s, para exhortar al Congreso del Estado de Guerrero a armonizar su legislaci贸n local con la federal, en materia de violencia, abuso y corrupci贸n contra ni帽as, ni帽os y adolescentes. Adem谩s, se demanda a los servidores p煤blicos y administradores de justicia de la Fiscal铆a General y del Tribunal Superior de Justicia de Guerrero, a observar la aplicaci贸n de jurisprudencia y tratados internacionales firmados y ratificados por M茅xico en los resultados de su investigaci贸n, con el fin de que no existan dudas en el caso del imputado canadiense Walter Suk. De igual forma, se aprob贸 el dictamen con punto de acuerdo para exhortar a los gobiernos estatales y municipales a que en el marco de la normatividad aplicable y en el 谩mbito de sus atribuciones legales, refuercen las medidas tendentes a procurar que las ni帽as, ni帽os y adolescentes no sean expuestos a ambientes con humo de tabaco. Otro, para solicitar a los Congresos locales que no cuenten con la ley estatal correspondiente a la ley General de Prestaci贸n de Servicios para la Atenci贸n, Cuidado y Desarrollo Infantil, a que las armonicen, y a los titulares del Poder Ejecutivo de los estados que cuenten con la ley en la materia, para que expidan los reglamentos que garanticen su operaci贸n adecuada. Se admiti贸 la proposici贸n con punto de acuerdo relativo al Programa Nacional de Prestaci贸n de Servicios para la Atenci贸n, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil 2014-2018, para que se establezcan jornadas de informaci贸n de las acciones en materia de protecci贸n civil. Durante esta reuni贸n, se acord贸 tambi茅n conformar cuatro subcomisiones: Explotaci贸n laboral y sexual infantil; Ni帽as y ni帽os migrantes y vulnerables; Salud, y Educaci贸n. Asimismo, vot贸 la opini贸n de esta comisi贸n respecto al Informe del Resultado de la Fiscalizaci贸n de la Cuenta P煤blica 2014, en la que se cuestiona si se cuenta con indicadores para evaluar el desempe帽o del Programa de Escuelas de Tiempo Completo (PETC), y contar con informaci贸n que permita realizar una pol铆tica educativa o modificar la normatividad, a fin de lograr la meta de 40 mil planteles con jornada ampliada. Se dijo que 47.1 por ciento de las escuelas no ten铆a almac茅n de alimentos; 20.3 por ciento carec铆a de cocina y en el 29.4 por ciento no hab铆a comedor; adem谩s, 54 por ciento, no cont贸 con un Comit茅 de Establecimiento de Consumo Escolar. Por ello, se cuestiona en qu茅 consistieron las recomendaciones para subsanar estas cifras, que reflejan la falta de infraestructura suficiente para cumplir con la alimentaci贸n de los alumnos. 鈥淟as respuestas a estos cuestionamientos ser谩n de vital importancia para conocer detalladamente el estado que guarda la aplicaci贸n de este programa, a efecto de tener claridad y transparencia en cuanto a su efectividad鈥, expresa laopini贸n. -- ooOoo -- |