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Boletín N°. 1417 Avalan enmienda para restringir venta de fuegos pirotécnicos cuando exista mala calidad del aire

26-04-2016.- La Comisión de Defensa Nacional, que preside el diputado Virgilio Daniel Méndez Bazán (PRI), avaló el dictamen de una reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos para que la Sedena pueda instruir la suspensión de la venta de fuegos pirotécnicos en entidades donde el índice de contaminación del aire supere las PM 10, es decir, partículas menores a 10 micrómetros.

Lo anterior, con el objetivo de mejorar la calidad ambiental y, en consecuencia, resguardar la integridad y salud de los ciudadanos.

La reforma establece, además, que en tales casos, para expedir permisos extraordinarios para la compraventa de fuegos artificiales, la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) deberá solicitar a los permisionarios la resolución de las autoridades locales en materia ambiental.

El dictamen detalla que las PM 10 constituyen una de las fuentes más importantes de contaminación atmosférica. Derivan de la quema tanto de objetos orgánicos como no orgánicos, dentro de los cuales se incluyen los fuegos artificiales.

Las altas concentraciones de tales partículas, señala el documento, provoca diversos malestares para la población, como Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC), inflamación de las vías respiratorias, disfunción endotelial y vascular, y desarrollo de arterioesclerosis, entre otras.

Refiere que, según estudios, de 2010 a 2013, la contaminación atmosférica acumuló gastos públicos por muertes prematuras, consultas y hospitalizaciones y pérdidas por productividad que, en conjunto, ascendieron a 13 mil 967 millones de pesos.

“Se estima que de no encontrar soluciones efectivas a esta problemática, el Estado mexicano tendrá pérdidas de alrededor de 20 mil 288 mdp, al término del sexenio”, enfatiza.

Menciona que la Secretaría de la Defensa Nacional tiene la facultad de emitir permisos para la fabricación, almacenamiento y venta de fuegos artificiales; empero, la regulación de éstos no es tan estricta, de manera que no se puede restringir su quema en caso de que las condiciones atmosféricas sean lastimosas o delicadas para los ciudadanos.

Esto genera problemas en diversos puntos del país, donde autoridades locales y la sociedad civil han buscado salvaguardar la salud de los habitantes y restringir la venta de los artificios pirotécnicos, pero lograrlo ha resultado sumamente complicado, pues los derechos concedidos mediante un permiso federal, omite precisiones de carácter ambiental.

“El objetivo que persigue la presente reforma, es acotar el ejercicio de una actividad que representa importantes afectaciones para el medio ambiente. Aun y cuando no se pretende prohibir, regular su ejercicio desde la emisión del respectivo permiso generará importantes beneficios para la estabilidad y salud atmosférica del país”, concluye el dictamen.

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