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comunicaciónsocial
Bolet铆n N°. 2712 Diputados avalan medidas de protecci贸n a mujeres v铆ctimas de violencia
  • Las 贸rdenes de emergencia tendr谩n temporalidad hasta que la v铆ctima de la violencia deje de estar expuesta al riesgo

 

 

06- 12- 2016.- El Pleno de la C谩mara de Diputados aprob贸 por unanimidad de 405 votos reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del C贸digo Nacional de Procedimientos Penales, a fin de que se establezca un banco de todas las 贸rdenes de protecci贸n emitidas, datos de v铆ctimas y personas sujetas a ellas.

 

El dictamen enviado al Senado de la Rep煤blica, para sus efectos constitucionales, prev茅 que este banco se lleve con el estricto cumplimiento a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Informaci贸n P煤blica, en materia de datos personales.

 

Las 贸rdenes de protecci贸n de emergencia y preventivas tendr谩n temporalidad hasta que la v铆ctima de la violencia deje de estar expuesta al riesgo, y deber谩n expedirse en forma inmediata m谩ximo en el transcurso de las 6 horas siguientes al conocimiento de los hechos que las generan.

 

El Ministerio P煤blico dictar谩 oficiosamente cualquiera de las 贸rdenes de protecci贸n preventivas o de emergencia previstas en este Cap铆tulo, sin necesidad de autorizaci贸n judicial previa o posterior y sin perjuicio pueda sustituirla por alguna medida de protecci贸n o providencia precautoria, previstas en el C贸digo Nacional de Procedimientos Penales.

 

Se estipula que la duraci贸n m谩xima de las medidas de protecci贸n y providencias precautorias ser谩 de noventa d铆as naturales, prorrogables hasta por treinta d铆as.

 

Si transcurrido el plazo, subsistiere la causa que dio origen a la medida o providencia decretada, podr谩 prorrogarse hasta por un plazo igual durante el cual el Ministerio P煤blico, procurar谩 ejercer la acci贸n penal correspondiente y, en su oportunidad, solicitar la medida cautelar que corresponda.

 

En casos de violencia contra las mujeres, el texto define que si el Ministerio P煤blico o la v铆ctima u ofendido no hubiera solicitado medida cautelar alguna, pero el juez advirtiere alg煤n riesgo para la v铆ctima u ofendido, deber谩 emitir alguna orden de protecci贸n preventiva o de emergencia prevista en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

 

Al fundamentar el dictamen, la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco (PRI) se帽al贸 que a pesar que el Estado mexicano ha tratado de garantizar y proteger los derechos de las mujeres, diariamente son asesinadas siete, y seis de cada diez reconocen ser v铆ctima de violencia en cualquiera de sus modalidades.

 

Con las reformas se lograr铆a facultar al Ministerio P煤blico para que, de manera oficiosa, pueda emitir 贸rdenes de protecci贸n y de emergencia para proteger la vida de las mujeres, sin requerir ninguna autorizaci贸n judicial y sin que esto la prive de la posibilidad de tambi茅n poder, en su momento, establecer alguna medida de protecci贸n o providencia establecida en el C贸digo Nacional de Procedimientos Penales.

 

Con este dictamen se da respuesta a las recomendaciones del Comit茅 de Expertas de la CEDAW y se garantiza la actuaci贸n de las diferentes autoridades para asegurar y benefician a las mujeres que sufren violencia, la diligencia correspondiente en cada una de las diferentes actuaciones

 

En representaci贸n de Encuentro Social, Refugio Trinidad Garz贸n Canchola subray贸 que la situaci贸n que muchas mujeres viven, al presentar una denuncia por violencia, lejos de sentirse protegidas perciben dilatoria e in煤til actuaci贸n de la autoridad cuando son agredidas.

 

Por tal raz贸n, esta reforma prev茅 que el Ministerio P煤blico pueda aplicar medidas de protecci贸n a la v铆ctima, quien puede ser objeto de nuevas agresiones y llegar incluso hasta la muerte.

 

El diputado Jes煤s Rafael M茅ndez Salas (Nueva Alianza) coincidi贸 en que estas reformas lograr谩n terminar con la impunidad, ya que de acuerdo al Instituto Nacional de Estad铆stica y Geograf铆a, el 10 por ciento de las defunciones de mujeres j贸venes de entre 15 y 29 a帽os registradas durante 2015 fue por homicidio, lo que representa la primera causa de muerte en este grupo de edad.

 

Las modificaciones permitir谩n que el Ministerio P煤blico dicte oficiosamente cualquiera de las 贸rdenes de protecci贸n preventivas o de emergencia, sin necesidad de autorizaci贸n judicial previa o posterior y sin perjuicio de que pueda sustituirla por alguna medida de protecci贸n o providencia precautoria prevista en el C贸digo Nacional de Procedimientos Penales.

 

Por Movimiento Ciudadano, la legisladora Mar铆a Candelaria Ochoa Avalos (Movimiento Ciudadano) se pronunci贸 a favor, toda vez que actualmente hay una serie de procedimientos que complican la eficacia y protecci贸n y hace que las mujeres est茅n en una condici贸n vulnerable.

 

鈥淟os hombres que violentan a las mujeres en su casa, en las escuelas, en la calle, en la comunidad, no son bienvenidos. La violencia es una pr谩ctica de poder y debemos generar un comportamiento cultural y social para el cambio de conductas鈥.

 

La diputada Irma Rebeca L贸pez L贸pez (Morena) sostuvo que las modificaciones a este marco normativo contar谩n con una base de datos confiable sobre las 贸rdenes de protecci贸n, que ayudar谩 al reconocimiento de la problem谩tica y al mejoramiento de la pol铆tica gubernamental.

 

鈥淟as medidas precautorias deben de ser de urgente aplicaci贸n, ya que las mujeres que sufren el da帽o f铆sico o las amenazas se encuentran en riesgo latente鈥.

 

Por el PVEM, la diputada Lia Lim贸n Garc铆a enfatiz贸 que la reforma lograr谩 el fortalecimiento de la protecci贸n de los derechos humanos de las mujeres y contribuir谩 a la creaci贸n de un marco jur铆dico que erradique la violencia contra las mujeres.

 

鈥淪贸lo en la medida en que los derechos humanos de las mujeres se protejan, se castigue a los perpetradores y se dote a las mujeres de servicios que ayuden a reconstruir su vida y se les otorguen medidas efectivas de prevenci贸n y de protecci贸n temprana, se podr谩 combatir de manera efectiva y frontal la violencia de g茅nero鈥.

 

La legisladora perredista Hortensia Arag贸n Castillo refiri贸 que el dictamen tiene por objeto salvaguardar la vida de las mujeres en M茅xico, pues 鈥渆n los 煤ltimos cuatro a帽os la violencia hacia las mujeres que genera la muerte de estas ha aumentado en 46 por ciento鈥.

 

La modificaci贸n establece la temporalidad de la vigencia de las medidas de protecci贸n, que era de 60 d铆as para subir a 90 d铆as como m谩ximo. Se deber谩 dictar en ese plazo la protecci贸n que no exceda de seis horas para las v铆ctimas, y se faculta al MP para que pueda dictar las medidas de protecci贸n que considere adecuado de oficio, sin necesidad de obtener para ello la autorizaci贸n judicial.

 

La diputada panista, Patricia Garc铆a Garc铆a mencion贸 que su voto ser铆a a favor, ya que consolida la efectividad de uno de los mecanismos m谩s importantes para la protecci贸n pronta y expedita de las mujeres v铆ctimas de violencia.

 

Estas son medidas de protecci贸n precautoria que tienen por objeto proteger a las personas de da帽os irreparables frente a situaciones de gravedad y urgencia. La justicia debe tener un lugar central en los esfuerzos destinados a ayudar a las mujeres a convertirse en socias igualitarias en la toma de decisiones para el desarrollo del pa铆s.

 

Finalmente, la legisladora priista Erika Araceli Rodr铆guez Hern谩ndez apunt贸 que la igualdad sustantiva es, sin adjetivos, donde las mujeres ejerzan sus derechos plenamente sin restricci贸n ni atavismos culturales, y para ello es necesario generar pol铆ticas de apoyo a las v铆ctimas de violencia sexual.

 

鈥淎ctualmente, las medidas de protecci贸n de emergencia previstas en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia tienen una duraci贸n solo de 72 horas, mientras que la amenaza, prevalece y la vida de las mujeres est谩 permanentemente en riesgo.

 

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