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Boletín N°. 2804 Avalan reformas a la Constitución Política en materia de vivienda

14-12-2016.- Con 369 votos a favor, la Cámara de Diputados aprobó un dictamen para sustituir el término familia por el de persona en el artículo 4 de nuestra Constitución, a fin de considerar que la vivienda deba otorgarse a esta última como titular de ese derecho.

 

El dictamen, enviado al Senado de la República para su análisis, destaca que la propuesta no pretende fomentar la disolución familiar, como tradición histórica y sociológica que tanto peso moral tiene en México, sino de reconocer la dinámica evolutiva de la sociedad.

 

La reforma tiene que ver con la igualdad de la ley que también debe prevalecer en el artículo 4 de la Constitución, al ser imperativo el derecho a una vivienda para todos los mexicanos; en caso contrario, seguirá violándose la ley porque sólo beneficiará a una clase social específica y no a todos los ciudadanos.

 

Detalla que la regulación constitucional vigente contiene inconsistencias jurídicas en materia de vivienda, primero porque asigna el derecho fundamental a la familia y no a las personas; segundo, porque garantiza el disfrute de la vivienda, pero no su adquisición, lo que siempre suele resultar más difícil.

 

Por el contrario, para el caso de una sentencia de desalojo, la acción recae en la persona que acredita la propiedad, o bien la posesión; es decir, para efectos de la ley, el destinatario como primer referente es la persona y no la familia. Los fallos jurídicos se dictan a los titulares de hipotecas (individuos, personas morales, pero en ningún caso a la familia).

 

Aunado a lo anterior, el artículo primero de nuestra Constitución Política establece que “todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que establece la misma.

 

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