- Será conmemorativo de la presentación del documento “Los Sentimientos de la Nación”
15-12-2016.- Con 337 votos a favor, 44 en contra y 8 abstenciones, el Pleno cameral avaló el dictamen que reforma el artículo 19 de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política, y el artículo 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Su propósito es considerar día inhábil el 14 de septiembre en los órganos del Poder Judicial de la Federación, durante el cual no se practicará actuación judicial, salvo en los casos expresamente consignados en la Ley. Fue enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales. La finalidad es retomar dicho día para conmemorar la presentación del documento “Los Sentimientos de la Nación”, elaborado por José María Morelos y Pavón. Este día será para todos los trabajadores del Poder Judicial de la Federación, no sólo a nivel federal sino en el ámbito nacional. El dictamen refiere que el 14 de septiembre ya estaba contemplado como día conmemorativo en la Ley de Amparo abrogada el 2 de abril de 2013 y que “sin motivo alguno dejó de considerarse como tal en la nueva Ley de Amparo expedida en la misma fecha”. Resalta la importancia de honrar en el calendario cívico a las instituciones encargadas de la aplicación de las normas jurídicas, para la resolución de conflictos, situación que hace posible la convivencia social. “Los Sentimientos de la Nación” tiene entre sus postulados las ideas libertarias de la época, como el principio de soberanía popular, la división de poderes, el carácter general de las leyes y la proscripción de la esclavitud. Su legado ideológico y moral, encauzado por la vía constitucional, permitió la organización política del Estado y representó la base que dio vida a la nueva patria. Se convirtió en el primer documento político en la vida constitucional del México independiente, que dio lugar a la Constitución Política de Apatzingán. El documento se mandó al Senado de la República para sus efectos constitucionales. -- ooOoo -- |