15-12-2016.- La Cámara de Diputados aprobó el dictamen con proyecto de decreto que adiciona una fracción XXII al artÃculo 57 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de establecer mecanismos para que las instituciones educativas escolares y las particulares con validez oficial de estudios, notifiquen a la procuradurÃa de protección correspondiente, casos de asistencia irregular de los estudiantes. También deberán informar sobre abandono o deserción escolar que se identifique respecto a los alumnos que cursen educación básica y media superior en centros educativos. El documento, avalado por 400 votos a favor y una abstención, y enviado al Senado para sus efectos constitucionales, indica que ante dicha notificación será aplicable el procedimiento establecido en el artÃculo 123 de la misma ley; en su caso, la activación de las instancias jurisdiccionales necesarias, a fin de garantizar los derechos de las niñas, niños y adolescentes. En caso contrario, se estará a lo dispuesto en el CapÃtulo Único del TÃtulo Sexto de la ley, con independencia de aquellas conductas que pudieran ser consideradas como delitos conforme a la normatividad en la materia. El dictamen indica que uno de los principales problemas de la educación del paÃs es la deserción escolar, y establecer mecanismos para identificar, denunciar y atender ese conflicto, tiene el fin de garantizar a todas las niñas, niños y adolescentes el derecho a la enseñanza. Además, con las modificaciones se forma una coordinación más clara entre las autoridades educativas, y se refuerza lo que indica la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en su artÃculo 121. --ooOoo-- |