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Boletín N°. 0906 Estaciones radiodifusoras concesionadas podrían utilizar lenguas indígenas en sus transmisiones
  • Diputado impulsa reforma para que su uso no sea objeto de discriminación, inhibición o restricción

 

08-02-2016 El diputado José Clemente Castañeda Hoeflich (MC) impulsa una iniciativa que reforma la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para que estaciones radiodifusoras de los concesionarios puedan hacer uso en sus transmisiones de cualquiera de las lenguas nacionales reconocidas en la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.

 

La propuesta de reforma al artículo 230 de la ley en cuestión, precisa que la utilización de lenguas indígenas en dichas transmisiones no podrá ser objeto de ninguna clase de discriminación, coerción, limitación, inhibición o restricción.

 

El coordinador del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano consideró que actualmente dicho artículo es violatorio de la Constitución Política y atentatorio contra los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas, al no considerar sus lenguas con el carácter de “nacionalesâ€.

 

El diputado federal por Jalisco señaló que desde la publicación de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, organizaciones de la sociedad civil, representantes y usuarios de estaciones radiodifusoras, comunitarias e indígenas denunciaron irregularidades y contradicciones, al suponer que viola sus derechos fundamentales.

 

Manifestaron que el artículo en mención representa una clara violación a los derechos de los pueblos indígenas para utilizar sus lenguas originarias, al establecer que los concesionarios deberán hacer uso del “idioma nacionalâ€, entendido éste como el castellano y restringiendo usar las lenguas indígenas a las concesiones de “uso socialâ€.

 

La Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas señala que no podrá considerarse una sola lengua como aquella que represente con exclusividad el carácter nacional, sino que todas las lenguas indígenas y el español tienen tal representación.

 

Destacó que la legislación en materia de telecomunicaciones y radiodifusión no debe privilegiar la difusión de la lengua castellana por encima de las indígenas en los medios masivos de comunicación, y menos aún considerar que el castellano sea “el idioma nacionalâ€, ya que contraviene los principios constitucionales y los tratados internacionales de los que México es parte.

 

El legislador Castañeda Hoeflich precisó que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), ratificado por México, establece que en los Estados en que existan minorías étnicas, religiosas o lingüísticas no se negará a las personas que pertenezcan a ellas el derecho a tener su propia cultura, profesar y practicar su religión y a emplear su propio idioma.

 

La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas consagra que dichas comunidades tienen derecho a establecer sus propios medios de información en sus idiomas, y a acceder a todos los demás medios de información no indígenas sin discriminación.

 

La Constitución Política reconoce la pluriculturalidad del país, y en tal sentido, argumentó, se consagra el derecho de los pueblos indígenas a preservar y enriquecer sus lenguas originarias, por lo que el Estado tiene el deber de adoptar las medidas necesarias para garantizar los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas.

 

Agregó que las 364 variantes lingüísticas, correspondientes a 68 agrupaciones y derivadas de 11 familias indoamericanas, conforman una riqueza plurilingüística para el país y representan no sólo el vivo testimonio de una sobrevivencia de más de cinco siglos, sino que en ellas habitan las posibilidades del pensar y del ser del indígena.

 

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