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Boletín N°. 1664 Avalan en comisión que Secretaría de la Función Pública se encargue de control interno de la Administración Pública Federal

15-06-2016.- La Comisión de Gobernación, que preside la diputada Mercedes del Carmen Guillén Vicente, aprobó el dictamen que modifica la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para que la Secretaría de la Función Pública (SFP) sea la autoridad encargada del control interno de la Administración Pública Federal.

 

El documento indica que a la SFP corresponde organizar y coordinar el sistema de control interno del Ejecutivo federal y la evaluación de la gestión gubernamental; inspeccionar el ejercicio del gasto público federal y su congruencia con los presupuestos de egresos, así como concertar con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

 

Además, le concierne validar los indicadores para la evaluación de la gestión gubernamental, en los términos de las disposiciones aplicables.

 

Deberá expedir las normas que regulen los instrumentos y procedimientos de control interno de la Administración Pública Federal, para lo cual podrá requerir de las dependencias competentes la expedición de normas complementarias para el ejercicio del control administrativo, señala el dictamen.

 

Lo anterior, continúa, sin menoscabo de las bases y principios de coordinación y recomendaciones emitidas por el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción.

 

Además, será su facultad coordinar y supervisar el sistema de control interno, establecer las bases generales para la realización de auditorías internas, transversales y externas; expedir las normas que regulen los instrumentos y procedimientos en dichas materias en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y en la Procuraduría General de la República, así como realizar las auditorías que se requieran en éstas, en sustitución o apoyo de sus propios órganos internos de control.

 

Asimismo, vigilar el cumplimiento, por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de la Procuraduría General de la República, de las disposiciones en materia de planeación, presupuestación, ingresos, financiamiento, inversión, deuda y patrimonio.

 

El dictamen refiere que corresponderá a la SFP organizar y coordinar el desarrollo administrativo integral en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y emitir las normas para que los recursos humanos, patrimoniales y los procedimientos técnicos de la misma, sean aprovechados y aplicados, respectivamente, con criterios de eficacia, legalidad, eficiencia y simplificación administrativa, así como realizar o encomendar las investigaciones, estudios y análisis necesarios sobre estas materias.

 

Tendrá que conducir las políticas, establecer las normas y emitir las autorizaciones y criterios correspondientes en materia de planeación y administración de recursos humanos, contratación del personal, Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, estructuras orgánicas y ocupacionales, de conformidad con las respectivas normas de control de gasto en materia de servicios personales, explica.

 

Igualmente, fiscalizar directamente o a través de los órganos internos de control que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y la Procuraduría General de la República cumplan con las normas; y designar y remover a los auditores externos de las entidades, así como normar y controlar su desempeño.

 

En su caso, prosigue, designar y remover a los titulares de los Órganos Internos de Control de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de la Procuraduría General de la República, así como de las unidades administrativas equivalentes en las Empresas Productivas del Estado.

 

Será su responsabilidad informar periódicamente al Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, así como al Ejecutivo Federal, sobre el resultado de la evaluación respecto de la gestión de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de la Procuraduría General de la República, así como del resultado de la revisión del ingreso, manejo, custodia y ejercicio de recursos públicos federales.

 

Abonando a la transparencia, deberá atender quejas e inconformidades que presenten los particulares con motivo de convenios o contratos que celebren con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y de la Procuraduría General de la República.

 

En congruencia con la naturaleza y el objeto de la Secretaría de la Función Pública, como parte sancionadora, el dictamen precisa que tendrá que conocer e investigar conductas de servidores públicos de la Administración Pública Federal que puedan constituir responsabilidades administrativas, así como substanciar los procedimientos correspondientes conforme a lo establecido en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

 

La SFP, en su operación, favorecerá la promoción y el desarrollo “del gobierno digital, del abierto y de los datos abiertos, la rendición de cuentas y el acceso por parte de los particulares a la información que se genere”.

 

El documento considera que acorde a lo establecido en las leyes de transparencia, la SFP habrá de formular y conducir en apego y de conformidad con las bases de coordinación que establezca el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, la política general de la Administración Pública Federal para establecer acciones que propicien integridad y transparencia en la gestión pública.

 

Asimismo, emitir el Código de Ética de los servidores públicos del gobierno federal y las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, a fin de promover positivamente el comportamiento de los servidores públicos.

 

Para el nombramiento del Secretario de la Función Pública, este deberá estar acompañado de la declaración de interés de la persona propuesta, en los términos previstos en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

 

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