22 de noviembre 2024
entrevistas
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Noviembre 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1 2 3
4 5 6 7 8 9 10
11 12 13 14 15 16 17
18 19 20 21 22 23 24
25 26 27 28 29 30 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Boletín N°. 1147 Comisión avala punto de acuerdo para crear grupo de trabajo en materia de derechos colectivos indígenas
  • Prioritario revisar vacíos legales a 20 años de los Acuerdos de San Andrés Larráinzar

 

16-03-2016.- La Comisión de Asuntos Indígenas aprobó punto de acuerdo que crea un grupo de trabajo coordinado por esta instancia legislativa y la Comisión Bicameral para el Diálogo y la Conciliación para el estado de Chiapas, a fin de evaluar, analizar y desarrollar propuestas de ley en materia de derechos colectivos indígenas a 20 años de los Acuerdos de San Andrés Larráinzar.

 

Contaría también con la participación de representantes indígenas, expertos, organismos gubernamentales y no gubernamentales nacionales e internacionales, que el grupo de trabajo considere pertinentes.

 

El punto de acuerdo propuesto por los presidentes de ambas comisiones, Cándido Coheto Martínez (PRI) y Diego Valente Valera Fuentes (PVEM), destaca prioritario revisar vacíos legales existentes en materia de derechos de los pueblos indígenas, ya que la reforma constitucional del 2001 no incluyó temas cruciales como el reconocimiento de los pueblos indígenas a ser sujetos de derechos públicos.

 

Ni el derecho a la consulta y las garantías de las mujeres indígenas, analizados durante las negociaciones de los Acuerdos de San Andrés Larráinzar, celebrados el 16 de febrero de 1996.

 

Consideraron importante investigar y analizar qué temas de los que se discutieron durante esas negociaciones de paz, no se incluyeron cabalmente en la norma citada y valorar la viabilidad de realizar las reformas constitucionales y legales correspondientes.

 

Asimismo, reflexionar sobre el grado de ejercicio efectivo de los derechos de los pueblos originarios consagrados en el artículo 2 de la Constitución para identificar las reformas legales específicas que se requieren para evitar que esos derechos continúen siendo “letra muerta”.

 

El documento precisa que es necesario armonizar el marco jurídico mexicano en materia de derechos de los pueblos indígenas, con las disposiciones que contienen diversos tratados e instrumentos internacionales como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de estos pueblos, suscritos por México.

 

Los Acuerdos de San Andrés Larráinzar constituyeron un hecho trascendente en la lucha histórica de los pueblos indígenas en el país a favor del reconocimiento de sus derechos, ya que en ellos el gobierno federal y los representantes del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) asumieron el compromiso de reconocerlos en la Constitución y con ello ampliar su participación y representación política, garantizar su acceso pleno a la educación intercultural y plurilingüe de calidad, así como impulsar su producción y empleo.

 

Sin embargo, ante las dificultades para construir el consenso necesario en torno a la expresión legislativa de los Acuerdos de San Andrés, la Comisión de Concordia y Pacificación del Congreso de la Unión (Cocopa) elaboró y presentó a las partes una iniciativa de reforma constitucional en materia de derechos y cultura indígena que se postergó hasta el 2001.

 

-- ooOoo --

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación