- En 2006, se realiz贸 un programa piloto, pero el costo fue tan alto que amenaz贸 con agotar los recursos del fondo
- Dependencia federal informa a diputados que se necesita una fuente para aumentar montos del Seguro Popular
- Legisladores alertaron que, en M茅xico, 12 millones de personas padecen alg煤n grado de deterioro renal
28-03-2016.- La Secretar铆a de Salud inform贸 a la C谩mara de Diputados que la incorporaci贸n de la insuficiencia renal al Fondo de Protecci贸n contra Gastos Catastr贸ficos (FPGC) no ha sido posible por el alto costo que esta enfermedad representa. Indic贸 que si bien la insuficiencia renal est谩 considerada por el Consejo General de Salubridad como gasto catastr贸fico, cuya cobertura contempla el art铆culo 100 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protecci贸n Social en Salud, no ha sido financieramente posible materializar su incorporaci贸n al FPGC. Esa es la respuesta que la Secretar铆a de Salud dio a un acuerdo aprobado por la C谩mara de Diputados el pasado 23 de febrero, con el que se le solicit贸 incluir la atenci贸n y tratamiento m茅dico de la insuficiencia renal en el Cat谩logo Universal de Servicios de Salud del Seguro Popular (financiado por el FPGC), pues en M茅xico entre ocho y nueve millones de personas padecen esa enfermedad, y entre 100 mil y 130 mil personas se dializan, para lo cual erogan 250 mil pesos anuales. Los legisladores expusieron que, de acuerdo con el 煤ltimo censo de Instituto Nacional de Estad铆stica y Geograf铆a (INEGI), en 2012 hubo 12 mil fallecimientos derivados de insuficiencia renal, siendo el Estado de M茅xico el de mayor incidencia, con mil 487 casos, seguido de la Ciudad de M茅xico, con 948; Jalisco, 920; Puebla, 756; Guanajuato, 604, y Nuevo Le贸n, 392 pacientes. Refiri贸 que lo m谩s grave de la insuficiencia renal cr贸nica es la desigualdad, pues los pacientes de los institutos Mexicano del Seguro Social (IMSS), y el de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), de Petr贸leos Mexicanos (Pemex) y de la Secretar铆a de la Defensa Nacional (Sedena) est谩n cubiertos cien por ciento con terapia de reemplazo renal, mientras que los del Seguro Popular no. En el documento, publicado en la Gaceta Parlamentaria, la Secretar铆a de Salud argument贸 que el financiamiento del FPGC, proviene en un 8 por ciento de la cuota social y de las aportaciones solidarias hechas por la Federaci贸n y entidades de la Rep煤blica, tal y como lo establece el art铆culo 77 Bis 17 de la Ley General de Salud. En raz贸n de esto, y debido a que se ha llegado a afiliar pr谩cticamente a todo mexicano que as铆 lo ha deseado, los ingresos del Fondo dejar谩n de incrementarse, manteniendo una tendencia constante en los pr贸ximos a帽os, sostuvo. Los egresos, por el contrario, integrados por el aumento de casos y costos de cada una de las intervenciones que actualmente se cubren, tiene un comportamiento a la alza, por lo que se espera que en un futuro cercano estos sean mayores a los ingresos, lo que provocar谩 la tendencia a la baja del fondo de reserva, que incluso podr铆a agotarse, explic贸. Record贸 que el 31 de octubre de 2006, se inici贸 un programa piloto autorizado por el Comit茅 T茅cnico del Fideicomiso del Sistema de Protecci贸n Social para la atenci贸n de pacientes con insuficiencia renal, con el objetivo de contar con elementos que permitieran evaluar el impacto financiero que resultar铆a de incorporar dicho padecimiento en la cartera de intervenciones del Sistema de Protecci贸n Social en Salud (SPSS). Sin embargo, abund贸, 鈥渆l costo del financiamiento fue tan alto que amenaz贸 con agotar los recursos del FPGC, dejando expuesto el financiamiento de las enfermedades ya cubiertas por el mismo, raz贸n por la cual la incorporaci贸n del citado padecimiento dentro de la cobertura del SPSS, no ha sido posible鈥. Puntualiz贸 que para que sea financieramente viable la incorporaci贸n del diagn贸stico y tratamiento de la insuficiencia renal, dentro de la cartera de intervenciones cubiertas por el FPGC, es necesario prever una fuente de recursos que haga posible aumentar los presupuestos con los que actualmente opera el fondo y, en consecuencia, incrementar el n煤mero de intervenciones que son estimadas como gastos catastr贸ficos dentro de la cobertura del SPSS. De acuerdo con el art铆culo 77 Bis 1 de la Ley General de Salud, el SPSS es un mecanismo de financiamiento por el que el Estado garantiza el acceso efectivo, operativo y de calidad, sin desembolso, al momento de utilizaci贸n y sin discriminaci贸n a los servicios m茅dico-quir煤rgicos, farmac茅uticos y hospitalarios que satisfagan de manera integral las necesidades de salud de sus beneficiarios. Las intervenciones actualmente cubiertas, a帽adi贸, son seleccionadas de forma prioritaria tomando en consideraci贸n la sustentabilidad financiera del sistema. -- ooOoo -- |