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Boletín N°. 2558 Ley General de Protección de Datos Personales no atentará contra la privacidad ni la libertad de expresión: Castro Vázquez

16-11-2016 Durante el Foro “Protección de Datos en Posesión de Sujetos Obligadosâ€, investigadores y especialistas destacaron que con la ley en la materia cualquier persona podrá estar segura que su información personal será utilizada y cuidada bajo las mismas reglas en cualquier parte del país.

 

El presidente de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, diputado Rogerio Castro Vázquez (Morena), explicó que el foro tuvo como objetivo discutir y analizar la minuta con proyecto de decreto, por la que se expide la Ley General de Protección de Datos Personales en posesión de sujetos obligados, a fin de proporcionar elementos que nutran el proceso de dictaminación de lleva la comisión.

 

Recordó que en el segundo transitorio de la reforma constitucional en materia de transparencia de 2014, se mandató al Congreso de la Unión a expedir y a reformar diversas leyes como las generales de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de Protección de Datos Personales en posesión de sujetos obligados y la de Archivos, así como la federal de Datos Personales en posesión de los particulares.

 

El pasado 28 de abril, el Senado de la República aprobó la Ley General de Protección de Datos Personales y, por lo tanto, se tiene el deber de dictaminar esta minuta, la cual consta de 168 artículos divididos en 11 títulos y ocho transitorios, armoniza el apartado A del artículo 6 y el segundo párrafo del artículo 16 de la Constitución Política.

 

Establece también las bases mínimas que regirán el tratamiento de los datos personales y el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, precisó.

 

Castro Vázquez llamó a revisar la minuta y procurar cambios para fortalecerla y garantizar el derecho a la protección de los datos personales y del de la información, “porque vemos en ella muchas confusiones, en cuanto a los derechos a la protección y a la privacidad, en la libertad de expresión y en materia de información históricaâ€.

 

Además, dijo, se visualizan deficiencias en la figura del encargado. Hay que legislar y modificar, pues no se puede poner en el centro del debate solo el derecho a la privacidad, cuando está el de la protección, expuso.

 

“Tenemos que fortalecer el Sistema Nacional de Transparencia, ya que en la minuta no se incluyen temas que preocupan, porque ahí es donde se llevan a cabo todos estos cambios constitucionalesâ€, agregó.

 

Por el PRI, el legislador Hugo Daniel Gaeta Esparza señaló que los avances de interconectividad tecnológica han facilitado en la vida diaria el uso de los datos en mayor control, por lo que este andamiaje social no debe quedar sólo como un instrumento de política gubernamental, sino contemplar acciones para que, con toda la fuerza del Estado, salvaguarde el derecho de los mexicanos de protegerlos.

 

Es fundamental plasmar que la protección de datos es un derecho autónomo de los humanos, pero no se pueden visualizar a estas garantías sin salvaguardar la información personal o cómo se puede aceptar el derecho humano a la no injerencia arbitraria a la vida privada o el reconocimiento de su personalidad jurídica si no se tiene la salvaguarda legal de los datos personales y privados. “Si no es así, constitucionalmente estaremos violentando los derechos universalesâ€.

 

Se debe garantizar a los mexicanos que los datos personales son aspectos de su intimidad y “jamás perderán su derecho, utilización y control sobre los mismos. El esfuerzo del Senado pone a la persona en la silla protagonista de esta discusiónâ€.

 

Del PRD, el diputado Rafael Hernández Soriano indicó que el matiz entre el derecho de acceso a la información y el de protección de datos personales habrá de revisarse a detalle. En tal sentido, pidió a los exponentes precisar qué obstáculos se han encontrado en países que ya tienen legislación en la materia, a fin de preverlo en la discusión de la minuta.

 

Refirió que la minuta de la ley se habrá de analizar y “seguramente existirá apertura de los grupos parlamentarios mayoritarios para hacer las precisiones y no dar margen a una aplicación errónea de la normaâ€.

 

El diputado José Alfredo Ferreiro Velazco (Encuentro Social) consideró que gran parte de los problemas del país tiene que ver con la corrupción, por lo que deseó que la legislación que forma parte del Sistema Nacional Anticorrupción sea eficaz y esté bien fortalecida. “Resolver ese mal en nuestro país significaría un crecimiento de 4 o 5 puntos del Producto Interno Brutoâ€.

 

Dijo que hay que ver qué temas importantes falta considerar, con el objetivo de que no existan fugas en la ley. “No debería haber información reservada y todo aquel que recibe recursos públicos debe transparentarlosâ€, agregó.

 

La diputada Juana Aurora Cavazos Cavazos (PRI) indicó que la ley que se discutirá y aprobará, forma parte de un andamiaje jurídico para contribuir a la transparencia y hacer patente la lucha contra la corrupción.

 

Solicitó a los académicos sus propuestas, a fin de estudiarlas a fondo y ver en qué abonarían a la minuta que próximamente analizará la Comisión de Transparencia y Anticorrupción.

 

El coordinador de Datos Personales del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, Luis Gustavo Parra Noriega, señaló que esta minuta abre paso a la expedición del primer ordenamiento mexicano a nivel nacional que fija estas bases del ejercicio y tutela del derecho fundamental en el ámbito público.

 

Con esta ley, dijo, cualquier persona podrá estar segura que sus datos personales serán utilizados y cuidados bajo las mismas reglas en cualquier parte del país. Asimismo, solicitar a cualquier autoridad local o municipal los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición) de sus datos personales.

 

Además, denunciar ante el INAI y en los organismos garantes estatales, según corresponda, el uso indebido de los datos personales; confiar en que estos serán comunicados con su autorización y conforme las reglas establecidas en la ley. Asimismo, utilizar mecanismos que la ley prevé cuando le se vulnere o restrinja el derecho a la protección de datos personales.

 

Esta minuta, dijo, tiene por objeto establecer bases, principios y procedimientos para garantizar el derecho que tiene toda persona física a la protección de sus datos personales en posesión de cualquier ente público, así como de partidos políticos. Se distingue por prever estos conceptos, figuras y principios con los estándares nacionales e internacionales en la materia.

 

Consideró que existen algunas cosas de la minuta que pueden mejorarse como el reconocimiento de la fe pública del personal del INAI y los organismos garantes, así como la supresión de la causal de improcedencia para el ejercicio de los derechos ARCO.

 

Estimó que cumple, en lo general, los estándares nacionales e internacionales de la materia y será importante soportarla con las previsiones presupuestales. “Para nosotros supone, prácticamente, triplicar el número de sujetos obligados de los cuales seremos competentes y esto implicará un reto importante de capacidades normativas, institucionales y atender todas las nuevas responsabilidades que tendremosâ€.

 

Liliana Veloz Márquez, directora Ejecutiva de la Red por la Rendición de Cuentas, destacó que una de las mayores preocupaciones en la minuta, es que en las disposiciones generales, no está plasmado el matiz que hay entre la información de interés público y la que permite el seguimiento, tratamiento y garantía del principio constitucional de máxima publicidad.

 

Indicó que si no queda clara la garantía de que la información de interés público sea abierta a todos y los archivos históricos no estén a disposición de investigadores, periodistas y de la gente, se corre el riesgo de que se pierda la memoria, y si en esta ley, no queda bien blindada esta situación, “se pueda replicar y complicar la operación del Sistema Nacional, y en su momento, el combate a la corrupciónâ€.

 

David Mora Vera, oficial adjunto del Programa de Derecho a la Información Artículo 19, pidió que la nueva ley no agrave la situación en materia de protección de datos personales que se vive actualmente, ya que la minuta se excede en sus objetivos; hay generalidad en los artículos y encuentra un límite frente a la libertad de expresión.

 

Subrayó que el régimen actual de protección de datos personales y de archivos es una amenaza para los archivistas, historiadores y académicos. “La minuta adolece de un elemento clave, como es asegurar a los archivos históricos como fuente de acceso público y se excede en la práctica de vigilancia masivaâ€.

 

El director ejecutivo de la Red en Defensa de los Derechos Digitales, Luis Fernando García Muñoz, propuso que todas las vulneraciones de seguridad sean reportadas al Inai con el fin que este determine si esta es significativa y se notifique al titular.

 

Respecto a la regulación del derecho de acceso de datos personales contemplado en el artículo 44, mencionó que los titulares de los datos personales deberán saber cómo es tratada su información, lo que se busca es no dejar ventanas para que impidan el acceso público.

 

En su turno, Cédric Laurant, director ejecutivo de Son tus Datos, Artículo 12 AC, refirió que es necesario eliminar las excepciones y determinar las responsabilidades de los sujetos obligados, así como incorporar un capitulo para que las autoridades puedan obtener datos personales con reglas definidas que permitan sancionar las conductas contrarias a la ley.

 

Detalló que se debe establecer y contemplar un tratamiento automatizado de la información y medidas de seguridad para la protección de datos.

 

Melany Olivares Becerril, de Transparencia Mexicana, refirió que no hay claridad en algunos aspectos de la minuta, por ejemplo, contiene partes en las que los funcionarios públicos podrían omitir cierta información de interés público. “No está claro dónde empieza y acaba el derecho del funcionario. Es necesario generar un test de proporcionalidad, a fin de tener elementos y mecanismos más fundamentados.â€.

 

Comentó que una muestra es la llamada “Ley 3 de 3â€, ya que respeta los datos personales de quien declara, pues no hay montos exactos, sino rubros, tampoco hay información de cuentas bancarias, pero sí difusión de información de interés público. “Hay que garantizar el derecho a la información de los ciudadanos, pero cuidar la difusión de datos personalesâ€, agregó.

 

María Solange Maqueo Ramírez, profesora del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), cuestionó qué se considera como fuentes de acceso público porque si bien, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, caracteriza como fuente de acceso público prácticamente a todos los medios de comunicación electrónicos, no hace una referencia explícita a Internet. Lo anterior, indicó, es grave ya que en los sitios web estaría disponible toda la información.

 

“Hay que tomar medidas adicionales de precaución que nos permitan acorazarnos ante cualquier mal uso de nuestros datosâ€. Por otro lado, añadió, el aviso de privacidad sobre la protección de datos personales debe hacerse más accesible para personas que tengan alguna discapacidad auditiva o visual.

 

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