- Los retos actuales del agrarismo mexicano exigen la actualización legislativa: expertos en Derecho Agrario
18- 11- 2016.- Ante los retos actuales del sector agrario de México, debe pensarse en una verdadera revisión y actualización legislativas. El Congreso tiene la oportunidad de analizar si se requiere reformar el régimen de la propiedad de la tierra, contenido en el artÃculo 27 constitucional, coincidieron expertos en Derecho de instituciones de educación superior públicas y privadas del paÃs. Eduardo IsaÃas Rivera RodrÃguez, director de la Facultad de Derecho de la Universidad Panamericana, campus Guadalajara, afirmó que después de cien años de agrarismo mexicano plasmado en la Constitución de 1917, “es momento de reflexionar sobre el impacto de un nuevo factor como lo es Donald Trump en torno al TLC, quien ha planteado su eventual renegociación e incluso cancelaciónâ€. Durante el XVIII Congreso Nacional de Derecho Agrario en México y III Internacional, apuntó que se requiere una “verdadera actualización y revisión del marco legal agrario para dar certeza jurÃdica a la propiedad de la tierra en el agro nacional mediante disposiciones clarasâ€. Refirió que en 1992, para avanzar en la negociación y firma del TLC, se planteó entre las exigencias prioritarias, la movilidad del régimen jurÃdico agrario de la tierra, por lo que no descartó que el presidente electo estadounidense, una vez que tome posesión de su cargo, presente este requisito como condicionante para la renegociación del mismo. “Cien años de agrarismo constitucional no han sido en vano, hay avances, pero ya no son suficientes frente a los desafÃos actuales con Donald Trump como presidente de los Estados Unidosâ€, advirtió el doctor en Derecho. Sadot Sánchez Carreño, director general del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias (CEDIP), resaltó que con la Constitución de 1917 se inició la reivindicación de los derechos sociales en México, a través de los artÃculos 3, 27, 123 y 130; “se inaugura una nueva oportunidad para consolidar el agrarismo constitucional que sintetiza la lucha social revolucionaria, vigente hasta hoyâ€. Reseño el trayecto histórico y jurÃdico de la Constitución del 17 en el surgimiento del Derecho Agrario, mediante el cual se atiende la problemática del sector; sin eso, dijo, no hay paz social, ya que desatenderlo es terreno fértil para la insurrección como sucedió en el movimiento armado de 1910. Marcos Daniel Silva Maldonado, investigador en Derechos Humanos del Departamento de Derecho de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) Azcapotzalco, propuso un nuevo enfoque de justicia agraria constitucional en el paÃs vinculado al respeto de la condición humana, mediante alternativas viables que revaloren a los productores y sus talentos, como eje central de la actividad económica. “La teorÃa constitucional agraria se resquebraja ante la unidad multicultural nacional, donde la norma jurÃdica debe pugnar por que se acceda a la justicia, a través de una evaluación del artÃculo 27 constitucional con un enfoque multidisciplinarioâ€. La reestructuración del agrarismo que se requiere puede implicar una redistribución de la tierra, combatir el neolatifundismo que prevalece, reconocer la diversidad cultural y promover el desarrollo económico y social de la población mexicana más desvalida, aseguró. Thais Colaco, investigadora del Departamento de Derecho de la Universidad Federal de Santa Catarina, Brasil, señaló los avances y retrocesos en el respeto de los derechos indÃgenas, ya que “la ley en el papel es muy buena, pero en la práctica adolece de efectividad porque no se aplican las normas para proteger la propiedad de los pueblos originarios sobre la tenencia de la tierraâ€. Subrayó la miseria que sufren los núcleos indÃgenas en la zona amazónica de Brasil, pese a que contribuyen a preservar el medio ambiente y la biofera que los vincula con la naturaleza mediante el respeto en la explotación y uso de los recursos naturales. Apuntó que los retrocesos en la reivindicación de sus derechos agrarios son alentados por la falta de inversión directa en el sector rural de los pueblos autóctonos, ya que se privilegian los intereses económicos de las grandes corporaciones trasnacionales en detrimento de los suyos, incluso se les criminaliza y descalifica cuando solicitan delimitar tierras susceptibles de que sean reconocidas como su propiedad. -- ooOoo -- |