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Bolet铆n N°. 2622 Comisi贸n de Derechos Humanos aprueba opini贸n de la minuta de la Ley General de V铆ctimas

24-11-2016 La Comisi贸n de Derechos Humanos, que preside el diputado Armando Luna Canales (PRI), aprob贸 la opini贸n de la minuta que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de V铆ctimas (LGV) para que las entidades federativas establezcan fondos estatales de ayuda, asistencia y reparaci贸n integral a v铆ctimas.

 

El legislador explic贸 que el documento, que ser谩 enviado a la Comisi贸n de Justicia para continuar su dictaminaci贸n, busca atender -a m谩s de tres a帽os de entrada en vigor de la ley- las sugerencias de la Comisi贸n Ejecutiva de Atenci贸n a las V铆ctimas (CEAV) y el Sistema Nacional de V铆ctimas (SNV), donde advierten la existencia de vac铆os legales, contradicciones normativas y obst谩culos que dificultan la atenci贸n inmediata y oportuna a las v铆ctimas de los delitos.

 

Luna Canales refiri贸 que el dictamen recibido del Senado indica que, entre finales de 2014 y enero de 2016, el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparaci贸n Integral cont贸 con mil 536 millones de pesos, y s贸lo se han erogado recursos equivalentes a un 3 por ciento.

 

En este sentido, la aprobaci贸n de esta reforma lograr谩 que la CEAV cubra con cargo a este fondo federal las reparticiones derivadas por concepto de medidas de ayuda inmediata, cuando la Comisi贸n Estatal lo solicite por escrito en caso de no contar con disponibilidad de recursos, y se comprometa a resarcirlos en t茅rminos de lo previsto en la propia LGV.

 

Refiri贸 que de acuerdo con el Sistema Nacional de Seguridad P煤blica (SNSP), del total de v铆ctimas de delitos cometidos en 2015, el 94 por ciento correspondi贸 al 谩mbito local y 6 por ciento al orden federal; sin embargo, hay muchas entidades que carecen incluso de Comisiones Estatales de Atenci贸n a las V铆ctimas -s贸lo once se han establecido- y, de 茅stas, s贸lo seis cumplen con lo que la LGV estipula.

 

鈥淎nte ello, resulta imposible cumplir a cabalidad con el mandato constitucional de reparar a las v铆ctimas del delito y a las de violaciones a sus derechos fundamentales鈥.

 

Otros objetivos centrales de la reforma es facultar a la CEAV para que, en ciertos casos, pueda de atraer los casos del fuero local, sin que ello signifique el que la entidad federativa se desprenda de su responsabilidad de reparar el da帽o.

 

Se contempla la previsi贸n de gastos de ayuda inmediata para las v铆ctimas a cargo de la CEAV y las Comisiones Estatales, y se otorguen medidas de apoyo provisional con cargo a sus recursos. Se prev茅 que las v铆ctimas podr谩n comprobar dichos gastos en un per铆odo de 30 d铆as.

 

Por otra parte, se plantea otorgar a las victimas indirectas, apoyo con los gastos funerarios, y para las directas, se conceder谩n recursos de transportaci贸n, hospedaje y alimentaci贸n para realizar diligencias derivadas del hecho victimizante.

 

Cuando las Comisiones Estatales no hayan cubierto los gastos reci茅n se帽alados, la CEAV podr谩 brindar la ayuda con cargo al Fondo, solicitando a las Comisiones Locales su reintegro y, cuando no se realice, deber谩 cubrirse el monto actualizado m谩s los intereses.

 

El texto de la propuesta del Ejecutivo tambi茅n puntualiza que la Comisi贸n Ejecutiva estar谩 a cargo de un Comisionado Ejecutivo, nombrado por el Presidente de la Rep煤blica y ratificado por el Senado, previa consulta p煤blica entre colectivos de v铆ctimas, especialistas y expertos.

 

Se adiciona un Cap铆tulo 鈥淒e los Fondos de Ayuda, Asistencia y Reparaci贸n Integral en cada Entidad Federativa鈥, el cual establece que el Fondo Estatal se conformar谩 con los recursos que destinen las entidades federativas; se prev茅 que la suma de las asignaciones anuales que cada entidad federativa aporte a su fondo estatal ser谩 igual al 50 por ciento de la asignaci贸n que se destine al Fondo federal, la cual se calcular谩 con base en un factor poblacional con respecto del total nacional. Precisa que el Fondo no podr谩 ser disminuido.

 

El ordenamiento tambi茅n propone que los afectados tendr谩n derecho a solicitar a la Comisi贸n Ejecutiva, o a sus equivalentes estatales, que le proporcionen un Asesor Jur铆dico en caso de que no quiera o no pueda contratar un abogado particular.

 

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