04-10-2016.- La C谩mara de Diputados aprob贸 el dictamen que reforma diversas disposiciones del C贸digo de Comercio, con el objetivo de simplificar los procedimientos de los juicios orales mercantiles y dar celeridad en su tramitaci贸n y resoluci贸n. Las modificaciones, derivadas de una iniciativa enviada por el Ejecutivo federal el 28 de abril de 2016, fueron avaladas con 385 votos a favor y una abstenci贸n, y remitidas al Senado de la Rep煤blica para sus efectos constitucionales. Al fundamentar el dictamen de la Comisi贸n de Econom铆a, su presidente, el diputado Jorge Enrique D谩vila Flores (PRI), explic贸 que el fin es abonar al fortalecimiento de la oralidad mercantil, introducida en el orden jur铆dico en 2011, la cual ha favorecido la productividad y competitividad de las empresas. Destac贸 que la justicia oral es por su naturaleza m谩s 谩gil frente a la tradicional, que es de manera escrita, lo cual toma relevancia debido a la necesidad de impartir una justicia cada vez m谩s pronta y expedita. Enfatiz贸 que con estas modificaciones al C贸digo de Comercio se dar谩 un paso importante en la celeridad y resoluci贸n de los juicios orales mercantiles. Record贸 que los cambios legales se derivan de una propuesta enviada por el Ejecutivo federal y forman parte del paquete de iniciativas en materia de justicia cotidiana, con lo cual se pretende dar soluci贸n a los conflictos que genera la convivencia diaria en una sociedad democr谩tica, espec铆ficamente las relacionadas con transacciones mercantiles. El dictamen, dijo, plantea la simplificaci贸n de los procedimientos con la finalidad de desincentivar el incumplimiento de obligaciones en las transacciones mercantiles, al tener acceso a un procedimiento mucho m谩s expedito. Detall贸 que los aspectos m谩s importantes son la liberaci贸n de cuant铆a de manera gradual. Al a帽o siguiente de la entrada en vigor del decreto, explic贸, se tramitar谩n por esta v铆a todas las contiendas mercantiles cuyo monto sea menor a un mill贸n de pesos; al segundo a帽o, las que sean menores a 1.5 millones, y el tercer a帽o, se tramitar谩n todas las contiendas mercantiles sin limitaci贸n de cuant铆a. Adem谩s, contiene la reducci贸n y precisi贸n de plazos en los juicios ordinario, ejecutivo y oral, as铆 como exactitudes en los procedimientos. El diputado precis贸 que se hicieron algunos cambios y adiciones a la propuesta del Ejecutivo. Por ejemplo, se adicion贸 como un requisito, que el promovente asiente en la demanda su Registro Federal de Contribuyentes o su Clave 脷nica de Registro De Poblaci贸n, a fin de facilitar la identificaci贸n de las personas y evitar los problemas que se generen con la homonimia en los nombres de las partes involucradas. Tambi茅n, se incluye en las facultades del juzgador prevenir al promovente para que aclare la demanda cuando sea obscura, irregular o no re煤na los requisitos de forma, as铆 como para desecharla en caso de que no se satisfagan los requisitos del juez. Adem谩s, contempla incluir el t铆tulo especial Bis, sobre el juicio ejecutivo mercantil oral, ya que existe una saturaci贸n del sistema judicial. Al fijar su posicionamiento, la diputada Cynthia Gissel Garc铆a Soberanes (Encuentro Social) indic贸 que las reformas consolidan las fortalezas de juicio oral mercantil, al tiempo que lo mantienen vigente y lo hacen accesible a un mayor n煤mero de ciudadanos. Adem谩s, dijo, las modificaciones buscan maximizar los recursos materiales y humanos del Estado, as铆 como brindar una justicia de calidad, pronta y expedita, a un mayor n煤mero de personas. De Nueva Alianza, el diputado Mariano Lara Salazar se帽al贸 que el prop贸sito de la reforma no s贸lo es dotar de mayor claridad a los juicios orales, sino tambi茅n agilizar y realizar la naturaleza sumaria de estos consensos. En ella se atiende una laguna legal en el juicio ordinario mercantil, consistente en la falta de disposici贸n normativa que regule los requisitos formales para una demanda y la reconvenci贸n, explic贸. Precis贸 que se establecen los montos aplicables para la procedencia de los juicios orales, fijando el valor principal en poco m谩s de 500 mil pesos y hasta los 4 millones, sin tomar en consideraci贸n intereses y dem谩s accesorios reclamados a la fecha de interposici贸n de la demanda, debiendo actualizarse dichas cantidades de forma anual. El diputado Germ谩n Ernesto Ralis Cumplido (Movimiento Ciudadano) sostuvo que los cambios legales se centran en la liberaci贸n de cuant铆a para los juicios orales mercantiles y la reducci贸n y la exactitud de plazos en los juicios ordinarios, ejecutivo y oral, as铆 como las precisiones en los procedimientos mercantiles. Subray贸 que la liberaci贸n paulatina de la cuant铆a permitir谩 que los comerciantes resuelvan los conflictos en menos tiempo, lo cual incrementar谩 la confianza de los mismos a la hora de realizar sus transacciones. La reducci贸n de plazos en los juicios ordinarios, ejecutivos y orales, garantizar谩 mayor agilidad para la resoluci贸n de los procesos. Por su parte, el diputado Jes煤s Serrano Lora (Morena) expres贸 que su grupo parlamentario coincide en la necesidad de agilizar todos estos procesos de impartici贸n de justicia y darle certeza jur铆dica, por lo que anunci贸 su voto a favor del dictamen. No obstante, consider贸 que ning煤n sistema asegurar谩 los objetivos perseguidos si no existen las condiciones de regulaci贸n suficiente, transparencia y honestidad. Asimismo, para que el nuevo sistema funcione se deben garantizar las condiciones f铆sicas necesarias. La diputada Lorena Corona Vald茅s (PVEM) se帽al贸 que con el dictamen se ampliar谩 la oralidad de los juicios mercantiles y para tal efecto se prev茅 aumentar paulatinamente la cuant铆a para el proceso judicial mercantil, de tal manera que al tercer a帽o 茅sta se libere, con lo que se otorgar谩 mayor celeridad a la tramitaci贸n y resoluci贸n de las controversias mercantiles. Con la ampliaci贸n de la oralidad en los juicios mercantiles, dijo, se reducen formalismos, al suprimir las notificaciones personales, a fin de agilizar el procedimiento y cuidando el respeto pleno de la garant铆a de audiencia. Asimismo, el juzgador contar谩 con amplias facultades de direcci贸n procesal para decidir en forma pronta y expedita lo que en derecho convenga. Del PRD, la diputada Lluvia Flores Sonduk indic贸 que la reforma agilizar谩 la resoluci贸n de las controversias mercantiles, lo que redundar谩 en una mejor imagen para el pa铆s y sobre todo en materia de cumplimiento de los contratos. Estas modificaciones ayudar谩n a reducir el periodo requerido para sustanciar los juicios mercantiles y abatir谩n los costos asociados a las reclamaciones. Sin embargo, expres贸 su desacuerdo con el art铆culo 1390 Ter-2 que establece que no proceder谩 recurso ordinario contra las resoluciones que se dicten en este juicio ejecutivo, 鈥渓o que interpretado de manera arm贸nica con el art铆culo 1399 del C贸digo de Comercio, significa que los asuntos de hasta cuatro millones de pesos carecen de recursos ordinarios en defensa鈥. Estim贸 que 鈥渆stamos en presencia de una justicia para ricos y otra justicia para pobres鈥. El diputado Miguel 脕ngel Salim Alle (PAN) consider贸 indispensable propiciar condiciones que mejoren la competitividad de la econom铆a mexicana a trav茅s de instrumentos legislativos que abonen a consolidar la confianza en las instituciones y combatir la corrupci贸n, por lo que se pronunci贸 a favor del dictamen. Detall贸 que los puntos son el establecimiento de lineamientos para la pr谩ctica del emplazamiento en tales conflictos, as铆 como una serie de adecuaciones en materia de notificaciones, ejecuci贸n y aclaraci贸n de sentencias que tramitan los incidentes y la reducci贸n de plazos en los juicios. El diputado priista Antonio Tarek Abdala Saad coment贸 que su grupo parlamentario respalda el dictamen, ya que permitir谩 la reducci贸n de tiempos y costos en los juicios de beneficio a las empresas de nuestro pa铆s. Con esta reforma, a帽adi贸, se amplia y se potencializa la eficacia de la oralidad en los juicios mercantiles, lo cual rectifica 鈥渘uestro compromiso con la sociedad, mejorando la administraci贸n e impartici贸n de justicia鈥. Reservas Se desecharon las reservas presentadas por los diputados Juan Romero Tenorio (Morena) y Lluvia Flores Sonduk (PRD), a los art铆culos 1068 Bis y 1390 Ter 2; por lo que quedaron en t茅rminos del dictamen con 322 votos a favor y 89 en contra. -- ooOoo -- |