12-10-2016.- El Pleno cameral recibió cinco minutas del Senado de la República, una de las cuales declara la segunda semana de noviembre de cada año como “Semana Nacional para Prevenir el Sobrepeso, la Obesidad y los Trastornos de la Conducta Alimentaria”. De acuerdo con el Instituto Mexicano de la Competitividad, el país vive una epidemia de obesidad, pues 73 por ciento de adultos y 35 por ciento de niños y adolescentes tienen esta condición. La padecen 60.6 millones de personas, que representa 52 por ciento de los mexicanos. Fue enviada a la Comisión de Gobernación. Otra, adiciona la fracción XII, pasando la actual a ser XIII del artículo 7 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a fin de facultar a la Secretaría de Salud a promover entre el personal médico y administrativo que atiende a la población con discapacidad el conocimiento y aprendizaje de la Lengua de Señas Mexicana. Ello, como mecanismo para lograr una comunicación óptima con las personas con discapacidad auditiva, ya que en México se estima en 7.7 millones las personas que viven con algún tipo de discapacidad, equivalente al seis por ciento de la población total; de ellos, 16.5 por ciento viven con discapacidad para escuchar, es decir, un millón 270 mil personas. Se mandó a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables. Una minuta más reforma el artículo 111 de la Ley de Migración, para que el Instituto Nacional de Migración (INM) resuelva, en un plazo no mayor a ocho días, la situación de las personas presentadas que han ingresado a nuestro territorio sin autorización. El alojamiento en las estaciones migratorias únicamente podrá exceder ocho días hábiles, cuando se haya interpuesto un juicio de amparo y exista prohibición expresa de autoridad competente, para que el extranjero pueda ser trasladado o abandonar el país. El alojamiento de los extranjeros en las estaciones migratorias no podrá exceder de 20 días hábiles. Se turnó a la Comisión de Asuntos Migratorios. Otra, adiciona diversas disposiciones a la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, para crear el Premio Nacional de Desarrollo e Innovación Tecnológica en Energía Sustentable. Se entregará en las categorías de hidrocarburos, electricidad y bioenergéticos, y será otorgado el 5 de marzo de cada año, como reconocimiento a personas, empresas o instituciones que por sus logros sobresalientes en el desarrollo o innovación tecnológica, hayan contribuido al aprovechamiento sustentable de la energía, entendida como su uso óptimo en todos los procesos y actividades para su generación, explotación, producción, transformación, distribución y consumo. Fue remitida a la Comisión de Gobernación. La quinta minuta reforma diversas disposiciones de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, devuelta para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional, y cuya finalidad es otorgar las condecoraciones al Mérito Militar y a Servicios Distinguidos, también a civiles nacionales o extranjeros. Se incorpora la condecoración a la Distinción Militar que será otorgada a los militares o civiles, nacionales o extranjeros, con el objeto de corresponder a las atenciones o muestras de cortesía de otras naciones, así como para reconocer los actos o hechos que hagan patente el intercambio de experiencias y conocimientos con la institución militar, toda vez que dicho propósito se estaba atribuyendo al otorgar la condecoración a Servicios Distinguidos. Se turnó a la Comisión de Defensa Nacional. Comunicaciones En la sesión, los diputados Claudia Edith Anaya Mota (PRI) y José Erandi Bermúdez Méndez (PAN) solicitaron retirar de los registros parlamentarios algunas de las iniciativas que habían presentado, en materia de obras públicas y almacenamiento rural. La Secretaría de Gobernación respondió a un punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para atender carreteras y caminos rurales devastados en diversos municipios que se han visto afectados por el Huracán “Newton”. Del Congreso de Nuevo León, se recibieron dos iniciativas. Una reforma el artículo 97, párrafo tercero de la Constitución Política, a fin de establecer que en el nombramiento de funcionarios y empleados de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito se deberá respetar la paridad de género. Fue canalizada a la Comisión de Puntos Constitucionales. La segunda, adiciona y reforma diversas disposiciones al artículo 2 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, para definir el concepto de discapacidad e indicar que dicho término abarcará las deficiencias, limitaciones de la actividad y restricciones de la participación. Se busca considerar a dichas deficiencias como los problemas que afectan a una estructura o función corporal; resaltar que las limitaciones de la actividad son dificultades para ejecutar acciones o tareas; referir que las restricciones de la participación serán los problemas para participar en situaciones vitales, y precisar que se entenderá por persona con discapacidad a la que por razón congénita o adquirida, presenta una o más deficiencias de carácter sensorial, enanismo, u otra de origen genético de talla. Se remitió a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables. -- ooOoo -- |