22 de noviembre 2024
entrevistas
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Noviembre 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1 2 3
4 5 6 7 8 9 10
11 12 13 14 15 16 17
18 19 20 21 22 23 24
25 26 27 28 29 30 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Boletín N°. 4594 Conocen diputados para trámite de publicidad 27 dictámenes

07-12-2017.- El Pleno cameral conoció para trámite de publicidad 27 dictámenes que serán discutidos y votados en próxima sesión. El primero, adiciona una fracción XV al artículo 42, recorriéndose la subsecuente de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para establecer que la Secretaría de Gobernación propondrá los lineamientos que deberán contener los programas integrales y de reinserción social para agresores, como medida para la prevención y sanción de la violencia contra las mujeres.

 

Otro, reforma los artículos 7, 16, 70, 71 y 76 de la Ley General de Educación, a fin de fomentar el conocimiento en los educandos de su derecho a la protección de sus datos personales y armonizar esta ley, con las reformas constitucionales para modificar la denominación de Distrito Federal por Ciudad de México y de la desindexación del salario mínimo por valor diario de la unidad de medida y actualización.

 

El tercero, adiciona el artículo 26 Bis a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, relativo a establecer que las entidades federativas y los municipios, se coordinarán para el diseño e implementación de programas de desarrollo social y empoderamiento económico para dependientes y familiares de víctimas de feminicidio.

 

Uno más, reforma el artículo 323 Ter del Código Civil Federal, a efecto de precisar que por violencia familiar se considera cualquier acto u omisión intencional que ejerza un miembro de la familia en contra de otro integrante de la misma, que afecte o ponga en riesgo su integridad física, psicológica, o cualesquiera de sus bienes o derechos, independientemente de que la conducta produzca o no un delito.

 

Se le contemplará violencia familiar aún y cuando la acción u omisión se presente fuera del domicilio en que cohabiten agresor y agredido e incluso si no cohabitan el mismo domicilio; siempre que entre ellos exista o haya existido, un vínculo familiar en los términos de este Código.

 

El dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad Industrial, incluye la figura de indicaciones geográficas, para fortalecer la protección de las denominaciones de origen nacionales, dotar de reconocimiento a las designaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas en el extranjero, actualizar el sistema de protección de diseños industriales en México, conforme a los estándares internacionales y efectuar algunas modificaciones para optimizar el procedimiento de otorgamiento de las invenciones.

 

Del mismo modo, se conoció el documento que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, a efecto de actualizar las denominaciones de “Procurador General de Justicia Militar†por “Fiscal General de Justicia Militarâ€; del “Supremo Tribunal Militar†por “Tribunal Superior Militarâ€; del “Código de Justicia Militar†por “Código Militar de Procedimientos Penalesâ€.

 

También el del “Cuerpo de Defensores de Oficio†por “Defensoría de Oficio Militarâ€; de “Policía Judicial Militar†por “Policía Ministerial Militarâ€; de la “Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales†por “Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos†y de la Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público†por “Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendariaâ€.

 

En la sesión, se conoció el dictamen que reforma el artículo 95 de la Ley Agraria, para precisar que en caso de que ejidatarios o Asamblea, aprueben la ocupación previa de tierras por trámite de expropiación, deberá mediar convenio en el que se plasmen los acuerdos y compromisos a que habrán de obligarse ambas partes, que se inscribirá en el Registro Agrario Nacional con la intervención de la Procuraduría Agraria.

 

Otro dictamen reforma los artículos 46 y 138 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, con la intención de actualizar el nombre de la “Ley de Navegación†a “Ley de Navegación y Comercio Marítimosâ€, así como modificar la referencia a días de salario mínimo por el de Unidades de Medida y Actualización.

 

El noveno dictamen reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, relativo a la educación media superior; criterios de asequibilidad, adaptabilidad y aceptabilidad e interés superior de la niñez; derecho a un ambiente libre de violencia y acoso escolar; protocolos de actuación sobre situaciones de acoso o violencia escolar y enseñanza inclusiva.

 

También, se conoció el documento que reforma el artículo 11 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a efecto de establecer que en todos los casos en que el Ministerio Público de la Federación hubiere ejercido la facultad establecida en el artículo 21 del Código Nacional de Procedimientos Penales se deberán agotar las diversas líneas de investigación relativas a la afectación, limitación o menoscabo del derecho a la información o de las libertades de expresión o imprenta.

 

Un dictamen más, reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles. La intención es simplificar el proceso de disolución y liquidación de una empresa; establecer que la causa deberá ser inscrita de inmediato en el Registro Público de Comercio, y que esta disolución se podrá dar por resolución judicial o administrativa y el balance final de la empresa. Una vez aprobado, deberá ser depositado en el Registro Público de Comercio y publicado en el sistema electrónico establecido por la Secretaría de Economía.

 

Otro dictamen, reforma el artículo 155 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para prohibir emisiones de olores en cuanto rebasen los límites máximos establecidos en las normas oficiales mexicanas, considerando los valores de concentración máxima permisibles para el ser humano de contaminantes en el ambiente.

 

Se recibió el dictamen de la Comisión de Pesca que reforma los artículos 8, 13, 20 y 24 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, referente a promover el consumo regular de pescados y mariscos, derivados de la actividad pesquera y acuícola.

 

De igual forma, se conoció el dictamen que reforma el numeral 2 del artículo 109 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a fin de establecer que las reservas son propuestas de modificación, adición o eliminación de uno o varios artículos al proyecto.

 

Un dictamen, reforma y deroga diversas disposiciones de los códigos de Justicia Militar, Militar de Procedimientos Penales y Federal Penal Federal, así como la Ley para Conservar la Neutralidad del País, para suprimir las patentes de corso, la figura de los corsarios y del barco destinado o armado para guerra de corzo.

 

De la Comisión de Ganadería, se recibió el dictamen que reforma los artículos 4 y 20 de la Ley Federal de Sanidad Animal, con la intención de incluir a los animales de abasto dentro del concepto de sanidad animal y contemplar en todo momento las buenas prácticas pecuarias y las técnicas de sacrificio humanitario.

 

Se conoció el dictamen que adiciona la fracción XIII al artículo 17 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, a efecto de incorporar en los lineamientos de la Política Nacional en Materia de Igualdad entre mujeres y hombres, los principios de desarrollo sostenible, crecimiento económico, medio ambiente e igualdad de género, acordes con los instrumentos internacionales de los que México sea parte.

 

El dictamen que reforma los artículos 7 y 10 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de la Norma Oficial Mexicana sobre residuos sólidos urbanos, faculta a la Federación a expedir normas en materia de manejo de residuos sólidos urbanos y de manejo especial, así como su desempeño ambiental, sin perjuicio de las facultades de los municipios y entidades federativas en la materia.

 

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, se recibió el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de las leyes generales de Educación y de la Infraestructura Física Educativa, con el propósito de expedir un certificado de la calidad de la infraestructura física educativa por las autoridades en la materia; establecer dentro de los derechos de quienes ejercen la patria potestad o tutela, el conocer los criterios y resultados de evaluaciones y de la certificación de la calidad de la infraestructura física de la escuela a la que asistan sus hijos o pupilos; requerir a las escuelas particulares la certificación de calidad de la infraestructura.

 

Otro dictamen, reforma los artículos 417 y 444 del Código Civil Federal, y el artículo 323 del Código Penal Federal, cuya intención es precisar que el sujeto activo de la comisión del ilícito de homicidio en perjuicio de la persona con quien comparta derechos de carácter de patria potestad, tutela, guarda y custodia, perderá dichos derechos, garantizando y tutelando en todo momento el interés superior del menor.

 

De la Comisión de Protección Civil, se conoció el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, en materia de reforma integral.

 

El Pleno también recibió el dictamen que adiciona un párrafo sexto al artículo 7 de la Ley Nacional de Ejecución Penal y un párrafo cuarto a la fracción XII del artículo 6 de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, que establece: las dependencias federales y locales competentes deberán elaborar de manera coordinada y anual, un Programa de Seguimiento y Atención del Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria emitido por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a fin de dar seguimiento a las políticas públicas que las autoridades penitenciaria y demás competentes implementen.

 

Otro dictamen reforma los artículos 111, 113 y 114 de la Ley Agraria, para precisar que el acta constitutiva de una sociedad de producción rural debe inscribirse en el Registro Agrario Nacional, o en el Registro Público de Comercio. Además, el Ejecutivo federal, por conducto de las dependencias de la Administración Pública Federal, expedirá los reglamentos para la inscripción de operaciones de las sociedades rurales.

 

Se recibió el dictamen que reforma y adiciona los artículos 12 y 14 de la Ley General de Educación, para mantener actualizados los libros en formatos impresos y digitales; autorizar el uso de libros de texto con base en el marco curricular común, para la educación media superior, así como promover la edición, producción y uso de libros de texto gratuitos, en formatos accesibles, impresos y digitales.

 

El dictamen que reforma el artículo 3 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, busca fomentar el desarrollo sustentable para el uso racional de los recursos naturales de las regiones indígenas sin arriesgar la biodiversidad.

 

Asimismo, se conoció el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional. También, el que modifica diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático.

 

-- ooOoo --

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación