14-12-2017 La Cámara de Diputados aprobó en lo general y lo particular, con 382 votos a favor, adicionar un inciso al artículo 10 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos cometidos en materia de Hidrocarburos, para establecer responsabilidad jurídica a quien incite a menores a sustraer hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos. Se fincan agravantes contra el individuo que “utilice a personas menores de 18 años de edad o personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o que no tiene capacidad para resistirlo”, establece el dictamen. De esta forma, se otorga protección integral a los grupos vulnerables, en particular a ese sector poblacional, que es utilizado como instrumento para realizar este tipo de conductas delictivas, con lo que el nivel de incidencia ha aumentado, colocando a los menores en graves riesgos que podrían atentar contra su vida. El dictamen se turnó al Senado de la República para sus efectos constitucionales. Asimismo, el Pleno cameral avaló reformas a once disposiciones de esa ley federal, para sustituir el término de salario mínimo por el de Unidad de Medida y Actualización (UMA), en que se fijen las multas contra quienes sustraigan hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos. Lo anterior tiene el propósito de armonizar la unidad de medida en el marco de la disindexación del salario mínimo, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 27 de enero de 2016. -- ooOoo -- |