- Se deben respetar precios ofrecidos y prohibir incrementar las tarifas durante el ciclo escolar
- Bajo ningún supuesto podrán condicionar la entrega de documentación académica al pago de colegiaturas
14-12-2017.- La Cámara de Diputados aprobó el dictamen que regula los servicios educativos que prestan los particulares, asà como su comercialización, y establece que a estos se les debe considerar como proveedores, pues conceden el uso o disfrute de bienes, productos y actividades pedagógicos. Con reformas a los artÃculos 7 y 127, y adición de los artÃculos 65 Quater, 65 Quater 1, 65 Quater 2, 65 Quater 3 y 65 Quater 4 a la Ley Federal de Protección al Consumidor, se busca estipular que los informes de precios y productos que proporcionen los prestadores de servicios educativos particulares deben ser por escrito, para dar mayor certeza y seguridad jurÃdica y reforzar los derechos del consumidor. A través de estas reformas avaladas, en lo general con 238 votos a favor, 96 en contra y 15 abstenciones, se da certeza jurÃdica a los consumidores de que los prestadores de servicios educativos particulares deberán cumplir la obligación de informar y respetar los precios ofrecidos, y prohÃbe incrementar las tarifas durante el ciclo escolar correspondiente. Con el dictamen se fortalecen los derechos del consumidor respecto a la información de productos que el proveedor comercialice, y se establece que no se podrá condicionar la venta, adquisición o renta, a la adquisición o renta de otro producto o prestación de un servicio, precisa. De igual modo, señala que bajo ningún supuesto se podrá condicionar la entrega de documentación académica al pago de colegiaturas o contraprestación alguna, y resalta que el incumplimiento a alguna de las disposiciones será sancionado con multa de hasta un millón 563 mil 957.06 pesos. Los servicios educativos, puntualiza, se sujetarán a los lineamientos generales que expida la SecretarÃa de EconomÃa, con la participación que corresponda a la SecretarÃa de Educación Pública. La ProcuradurÃa Federal del Consumidor (Profeco) podrá realizar visitas a los planteles particulares para verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas correspondientes. Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de EconomÃa, diputado Jorge Enrique Dávila Flores (PRI), expresó que se incorporan a la Ley las normas necesarias en materia de regulación de los servicios educativos que prestan los particulares, y se considera a estos como proveedores que deben informar a los educandos, padres o tutores, previamente a la inscripción, el costo total de lo que les ofrecen. Detalló que se prohÃbe condicionar la entrega de documentación académica al pago de contraprestación económica y se impide el incremento de colegiaturas durante el ciclo escolar, salvo acuerdo previo. “Hoy se soluciona la problemática que enfrentan dÃa a dÃa cerca de cinco millones de estudiantes pertenecientes al sistema privado de educación, en más de 43 mil escuelas particularesâ€, sostuvo. Presentó una adenda que modifica el dictamen original, con el objetivo de incorporar la necesidad de agotar los procedimientos de conciliación conducentes, para extinguir la deuda de los educandos frente a los proveedores de servicios educativos privados. Delfina Gómez Ãlvarez, diputada de Morena, mencionó que esta iniciativa debilita el derecho que contempla el artÃculo 3º constitucional y la idea de escuela pública. “La mayorÃa de las modificaciones que se incorporan a esta ley legalizan prácticas indebidas que durante mucho tiempo se han querido impedir, como es la lesiva costumbre de suspender el servicio educativo a los alumnos por falta de pago, y en muchos casos exhibir en listas públicas a los alumnos que adeudan colegiaturasâ€. Estas prácticas, dijo, atentan contra el interés superior de la niñez y, además, promueven la discriminación y el bullying, “afectando a quien menos deberÃamos fastidiar o molestar, como son los educandos, por lo que el dictamen que el dÃa de hoy se pone a consideración es insuficienteâ€. En lo particular, y en términos del dictamen, se aprobó con 184 votos a favor, 126 en contra y 4 abstenciones, la reserva que presentó la diputada Patricia Elena Aceves Pastrana (Morena) al artÃculo 65 Quáter, la cual fue rechazada por el Pleno. Aprobado en lo general y particular, se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales. -- ooOoo -- |