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Boletín N°. 4694 Regulan diputados servicios educativos que prestan los particulares
  • Se deben respetar precios ofrecidos y prohibir incrementar las tarifas durante el ciclo escolar

 

 

  • Bajo ningún supuesto podrán condicionar la entrega de documentación académica al pago de colegiaturas

 

14-12-2017.- La Cámara de Diputados aprobó el dictamen que regula los servicios educativos que prestan los particulares, así como su comercialización, y establece que a estos se les debe considerar como proveedores, pues conceden el uso o disfrute de bienes, productos y actividades pedagógicos.

 

Con reformas a los artículos 7 y 127, y adición de los artículos 65 Quater, 65 Quater 1, 65 Quater 2, 65 Quater 3 y 65 Quater 4 a la Ley Federal de Protección al Consumidor, se busca estipular que los informes de precios y productos que proporcionen los prestadores de servicios educativos particulares deben ser por escrito, para dar mayor certeza y seguridad jurídica y reforzar los derechos del consumidor.

 

A través de estas reformas avaladas, en lo general con 238 votos a favor, 96 en contra y 15 abstenciones, se da certeza jurídica a los consumidores de que los prestadores de servicios educativos particulares deberán cumplir la obligación de informar y respetar los precios ofrecidos, y prohíbe incrementar las tarifas durante el ciclo escolar correspondiente.

 

Con el dictamen se fortalecen los derechos del consumidor respecto a la información de productos que el proveedor comercialice, y se establece que no se podrá condicionar la venta, adquisición o renta, a la adquisición o renta de otro producto o prestación de un servicio, precisa.

 

De igual modo, señala que bajo ningún supuesto se podrá condicionar la entrega de documentación académica al pago de colegiaturas o contraprestación alguna, y resalta que el incumplimiento a alguna de las disposiciones será sancionado con multa de hasta un millón 563 mil 957.06 pesos.

 

Los servicios educativos, puntualiza, se sujetarán a los lineamientos generales que expida la Secretaría de Economía, con la participación que corresponda a la Secretaría de Educación Pública. La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) podrá realizar visitas a los planteles particulares para verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas correspondientes.

 

Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Economía, diputado Jorge Enrique Dávila Flores (PRI), expresó que se incorporan a la Ley las normas necesarias en materia de regulación de los servicios educativos que prestan los particulares, y se considera a estos como proveedores que deben informar a los educandos, padres o tutores, previamente a la inscripción, el costo total de lo que les ofrecen.

 

Detalló que se prohíbe condicionar la entrega de documentación académica al pago de contraprestación económica y se impide el incremento de colegiaturas durante el ciclo escolar, salvo acuerdo previo. “Hoy se soluciona la problemática que enfrentan día a día cerca de cinco millones de estudiantes pertenecientes al sistema privado de educación, en más de 43 mil escuelas particularesâ€, sostuvo.

 

Presentó una adenda que modifica el dictamen original, con el objetivo de incorporar la necesidad de agotar los procedimientos de conciliación conducentes, para extinguir la deuda de los educandos frente a los proveedores de servicios educativos privados.

 

Delfina Gómez Ãlvarez, diputada de Morena, mencionó que esta iniciativa debilita el derecho que contempla el artículo 3º constitucional y la idea de escuela pública. “La mayoría de las modificaciones que se incorporan a esta ley legalizan prácticas indebidas que durante mucho tiempo se han querido impedir, como es la lesiva costumbre de suspender el servicio educativo a los alumnos por falta de pago, y en muchos casos exhibir en listas públicas a los alumnos que adeudan colegiaturasâ€.

 

Estas prácticas, dijo, atentan contra el interés superior de la niñez y, además, promueven la discriminación y el bullying, “afectando a quien menos deberíamos fastidiar o molestar, como son los educandos, por lo que el dictamen que el día de hoy se pone a consideración es insuficienteâ€.

 

En lo particular, y en términos del dictamen, se aprobó con 184 votos a favor, 126 en contra y 4 abstenciones, la reserva que presentó la diputada Patricia Elena Aceves Pastrana (Morena) al artículo 65 Quáter, la cual fue rechazada por el Pleno.

 

Aprobado en lo general y particular, se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

 

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