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Boletín N°. 4735 Prohibir terapias que pretendan cambiar orientación sexual de las personas: Ralis Cumplido
  • Propone sancionar este delito con uno a tres años de prisión; si son los padres quienes lo cometen, la pena se duplicará

 

 

  • Quienes ingresan a estas clínicas lo hacen en contra de su voluntad, drogadas o secuestradas por sus propios familiares

 

23-12-2017 La Comisión de Justicia analiza iniciativa presentada por el diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido (Movimiento Ciudadano), la cual busca prohibir terapias de cualquier índole, que ofrezcan servicios o tratamientos que pretendan cambiar la orientación sexual de las personas.

 

El legislador sostiene que su propuesta de modificación al artículo 149 Quáter del Código Penal Federal, prevé sancionar con uno a tres años de prisión a profesionales de la salud que incurran en estas prácticas, y se les suspenderá el ejercicio de su profesión hasta por tres años.

 

Misma pena se otorgará a toda persona que imparta, aplique, obligue, induzca o someta a tratamiento, terapia o cualquier tipo de servicio que pretenda cambiar la orientación sexual de un tercero.

 

Se impondrá un castigo doble, es decir, de dos a seis años de prisión, al padre, madre o personas que estén bajo guarda, custodia o tutela de un menor de dieciocho años y que lo sometan a tratamientos, servicios o terapias que pretendan cambiar su orientación sexual.

 

Por otra parte, se privará de los derechos de patria potestad, tutela o custodia a quienes, en su caso, teniendo el ejercicio de éstos, cometan este delito.

 

Ralis Cumplido recordó que “desde que se consideró a la homosexualidad como una enfermedad, los tratamientos para tratar de cambiar la orientación sexual de las personas han sido inhumanos y violatorios de sus derechos”; van desde el suministro de hormonas, violación, relaciones sexuales forzadas, aversión sexual, castración, hasta electrochoques y terapias psicológicas.

 

Enfatizó que especialistas en salud mental investigaron y concluyeron que la homosexualidad no es una enfermedad, un trastorno mental y tampoco un problema emocional, sino una variación natural de la sexualidad humana, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS).

 

A pesar de que no se considera a la homosexualidad como una enfermedad mental, existen centros en el país que ofrecen terapias donde se asegura que se logra cambiar la orientación sexual. “Estas terapias llevan por nombre reorientación o de conversión sexual, las cuales son completamente ilegales, pues van en contra de la libertad del ser humano”.

 

El diputado detalló que muchos pacientes de estas clínicas han relatado que fueron víctimas de violaciones correctivas, consistentes en tener relaciones sexuales sin su consentimiento con trabajadores de estos sitios, uso de esposas, tranquilizantes, palizas, retención de alimentos. También, narraron que la mayoría de las personas ingresan en contra de su voluntad, drogadas o secuestradas por sus propios familiares.

 

Ante este escenario, es evidente que estas terapias son un engaño y altamente dañinas para las personas que son víctimas de ellas, razón por la cual la Asociación Americana de Psiquiatría se ha pronunciado en contra, al igual que Alemania, Argentina y otros países de América Latina.

 

Asimismo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha manifestado: “las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex han estado históricamente sometidas a discriminación por su orientación sexual y sujetas a violencia, persecución, lo que vulnera sus garantías individuales”.

 

Ralis Cumplido sostuvo que de aprobarse la iniciativa se garantizaría el plano respeto de los derechos humanos de los grupos de diversidad sexual, ya que se encuentran en un nivel de desigualdad notorio.

 

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