27-12-2017 Con el objetivo de asegurar la creación y difusión de protocolos para atender de manera expedita todos los tipos de violencia contra las mujeres y facilitar la atención de sus denuncias, la Comisión de Igualdad de Género analiza iniciativa que reforma la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. La reforma que propone la diputada Brenda Borunda Espinoza (PRI), establece que las instancias contempladas en el tÃtulo III, artÃculos 35 y 36 de la norma en mención, se encargarán de la elaboración y difusión de dichos protocolos, a fin de atender casos de violencia psicológica, fÃsica, patrimonial, económica, sexual, docente y laboral contra niñas y mujeres. De acuerdo con los artÃculos citados, las instituciones encargadas de esta función son: las secretarÃas de Gobernación, Desarrollo Social, Seguridad Pública, Educación Pública, Salud y la ProcuradurÃa General de la República. Asimismo, el Instituto Nacional de las Mujeres, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y los mecanismos para el adelanto de las mujeres en las entidades federativas. El documento destaca que más de la mitad de las mexicanas continúan siendo violentadas. De acuerdo con cifras del Instituto Nacional de EstadÃstica y GeografÃa (Inegi) en 2016, 66.1 por ciento de las mujeres habÃan sido vÃctimas de violencia. En 2011, el porcentaje fue de 62.8 por ciento y en 2006, 67 por ciento de las mujeres del paÃs habÃa sufrido algún tipo de violencia, en cualquiera de sus formas, ya fuera laboral, docente, familiar, sexual, independientemente de su edad, escolaridad, estado civil o si habitaban en una zona urbana o rural. Lo anterior demuestra que si bien la promulgación de la ley y su reglamento que insta a diversas entidades a coadyuvar en la erradicación de la violencia contra las mujeres busca sumar esfuerzos para lograr el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, esto no ha sido suficiente. En México persiste la situación de vulnerabilidad en la que expone a mujeres y niñas a sufrir violencia perpetrada en su contra. Ello puede tener dos causas: una, que no se cuente con protocolos o, en caso de contar con ellos, no se les ha dado suficiente difusión por lo que no se sabe que existen. Dos, que la presentación de denuncias no se pueda realizar de manera rápida y sencilla; en cualquiera de los casos, no se estarÃa cumpliendo con lo establecido en esta ley, lo que obliga a crear y difundir los protocolos previstos para atender la violencia contra las mujeres. -- ooOoo -- |