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Boletín N°. 3720 Plantea diputado Cañedo Jiménez aumentar sanciones cuando se incurra en delito de lavado de dinero
  • Se calcula que organizaciones criminales mexicanas envían 39 mil millones de dólares producto de actividades ilegales

 

10-06-2017 La Comisión de Justicia analiza reformas al artículo 400 Bis del Código Penal Federal, con la intención de aumentar las penas y sanciones a quien incurra en el delito de lavado de dinero, práctica mediante la cual, en 2015 se lavaron en el sistema financiero mexicano 50 mil millones de dólares.

 

En la iniciativa del diputado Roberto Alejandro Cañedo Jiménez (Morena), se establece una pena de 10 a 20 años de prisión y de cinco mil a diez mil días multa a la persona que incurra en este ilícito, toda vez que actualmente a quien realiza operaciones con recursos de procedencia ilícita, se le sanciona con cinco a 15 años de prisión y de mil a cinco mil días multa.

 

La intención también es precisar que para proceder penalmente, se requerirá denuncia previa de cualquier institución que forme parte de los órganos federales de supervisión bancaria y financiera, o de unidades de investigación de la Procuraduría General de la República.

 

Cañedo Jiménez menciona que una medición del Instituto Nacional de Estadística y Geografía de 2013, determinó que este delito alcanza un monto equivalente a 1.6 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB), que significa 340 mil millones de pesos a valor actual, es decir, 18 mil millones de dólares.

 

Menciona que la consultoría Stratfor, calcula que las organizaciones criminales mexicanas envían a México entre 19 mil y 39 mil millones de dólares producto de actividades ilegales.

 

En el país, a pesar de la inclusión de disposiciones contra el lavado de dinero en el Código Penal Federal y Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, “su aplicación ha sido muy difícil y poco clara, y pocos son los condenados por este delito”.

 

Entre 2004 y 2009, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) recibió 28 millones 522 mil 622 reportes de operaciones con sospechas de estar vinculadas con el lavado de dinero.

 

Durante el periodo 2004-2007, por cada 100 mil operaciones reportadas a la UIF, sólo 2.61 reportes derivaron en una denuncia formal por parte de la SHCP ante la Procuraduría General de la República (PGR), y únicamente 0.43 terminaron en averiguaciones previas por el delito de lavado de dinero.

 

Cañedo Jiménez subraya que dos razones explican esos resultados y “éstos van desde la corrupción existente en diversas esferas gubernamentales hasta la falta de claridad en las disposiciones legales en cuanto a las entidades encargadas de su aplicación, supervisión e investigación”.

 

El complicado burocratismo, la multiplicidad de unidades gubernamentales que actúan en la investigación de los delitos financieros y de lavado de dinero sin capacidad legal para requerir información o iniciar denuncias, provoca errores y omisiones que imposibilitan la construcción de casos “sólidos jurídicamente” que, en la práctica, hacen imposible la eficiencia y eficacia en la consignación de los delincuentes.

 

La modificación al marco jurídico existente y a los mecanismos de supervisión bancaria, para hacer eficaz y eficiente la lucha contra el lavado de dinero en México, debe ser parte fundamental en el nuevo combate contra la inseguridad, el secuestro y, en general, el crimen organizado, añade.

 

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