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Boletín N°. 3294 Nueve entidades violan derechos humanos y el interés superior de la niñez, al contemplar el matrimonio infantil
  • Según Naciones Unidas, es la forma generalizada de abuso sexual y explotación en contra de los menores: Erik Juárez

 

18-03-2017 La Comisión de Derechos de la Niñez analiza exhortar a los congresos locales de Sonora, Tabasco, Guanajuato, Baja California, Chihuahua, Durango, Guerrero, Nuevo León, así como a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a homologar sus legislaciones con la intención de eliminar el matrimonio infantil.

 

En un punto de acuerdo, el diputado Érik Juárez Blanquet (PRD) precisa que estas entidades están violando principios de derechos humanos establecidos en la Constitución Política y actúan contrariamente a lo que establece la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como en las convenciones internacionales suscritas por el país, en el sentido de establecer como requisito para contraer matrimonio contar con mayoría de edad.

 

Hasta hoy, algunas entidades ya han homologado sus disposiciones locales; sin embargo, aún hay nueve que “se resisten a cambiar sus ordenamientos y siguen contemplando el matrimonio infantilâ€.

 

Los mencionados estados, argumenta, permiten en sus Códigos Civiles o Familiares, la posibilidad de que menores de edad contraigan matrimonio con personas adultas, o bien con otros menores, y solo basta el consentimiento de los padres para llevar a cabo el vínculo matrimonial.

 

Juárez Blanquet denuncia que en ocasiones puede tratarse de una imposición, siendo esto violatorio de los derechos humanos y del principio constitucional relativo al interés superior de la niñez. Situación considerada por Naciones Unidas, como la manera más generalizada que existe de abuso sexual y explotación en contra de los menores.

 

Se requiere garantizar el principio del interés superior de la niñez, evitar que las propias leyes locales consientan seguir transgrediendo la dignidad y el desarrollo de los menores.

 

La reforma constitucional de 2011, a los artículos 4 y 73, establece que el Estado velará porque se cumpla el principio del interés superior de la niñez y garantizará de manera plena el ejercicio de sus derechos; faculta al Congreso de la Unión para expedir Leyes que establezcan la concurrencia de la Federación y entidades federativas en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, velando por el interés superior de los mismos y cumpliendo con los tratados internacionales, de los que México sea parte.

 

Mientras, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en su artículo 45 estipula una disposición específica que instruye a las legislaturas locales de las entidades federativas a establecer, como requisito para contraer matrimonio, contar con mayoría de edad.

 

El diputado del PRD plantea exhortar a estos congresos a homologar sus legislaciones locales con los principios constitucionales de derechos humanos, con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescente y con los tratados internacionales adoptados por el gobierno mexicano, y aprobar las reformas necesarias para eliminar el matrimonio infantil.

 

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