25-10-2017.- La Comisi贸n de Econom铆a, que preside el diputado Jorge Enrique D谩vila Flores (PRI), aprob贸 la Opini贸n al Presupuesto de Egresos de la Federaci贸n 2018, Ramo 10, Secretar铆a de Econom铆a, en donde propone recursos para el Fondo Nacional Emprendedor por seis mil 200 millones de pesos, es decir, dos mil 259 millones 154 mil 663 pesos m谩s que la propuesta enviada por el Ejecutivo. Con ese aumento se podr谩n satisfacer las necesidades del 38 por ciento de los proyectos presentados en el Instituto Nacional del Emprendedor (INADEM). Si se deja la propuesta como est谩, s贸lo podr铆a atenderse el 24 por ciento de los proyectos, se subraya. Dicho fondo, que desde su creaci贸n en 2013 ha apoyado a dos millones 700 mil emprendedores con m谩s de 27 mil millones de pesos, es un instrumento para abrir paso a la inteligencia creativa de los mexicanos. Se explica que el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federaci贸n, enviado por el Ejecutivo, destina nueve mil 528 millones 420 mil 348 pesos para todo el Ramo 10, s贸lo 0.04 por ciento m谩s respecto al presupuesto para 2017. El documento refiere tambi茅n que los sismos de septiembre afectaron diversos estados y perjudicaron a miles de micro, peque帽as y medianas empresas (Mipymes), ocasionando p茅rdida de empleos y la fractura de las cadenas productivas locales. Ello, indica el dictamen, provoc贸 una emergencia que se debe atender con prioridad en el presupuesto de 2018, pues las Mipymes representan el motor fundamental de la econom铆a y el apoyarlas detonar谩 el mercado interno con un efecto multiplicador para el desarrollo econ贸mico. Asimismo, los integrantes de la Comisi贸n aprobaron el dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protecci贸n al Consumidor, para incluir la regulaci贸n de los servicios educativos que prestan los particulares y su comercializaci贸n. Se advierte que el particular que ofrece servicios educativos debe considerarse como proveedor, pues concede el uso o disfrute de bienes, productos y servicios educativos, por lo cual se encuentra obligado al cumplimiento de la Ley Federal de Protecci贸n al Consumidor. Estipula que los informes que proporcionen los prestadores de servicios educativos particulares deben ser por escrito, para dar mayor certeza y seguridad jur铆dica y reforzar los derechos del consumidor. Adem谩s, con la propuesta se da certeza jur铆dica a los consumidores de que los prestadores de servicios educativos particulares deber谩n cumplir la obligaci贸n de informar y respetar los precios ofrecidos, y proh铆be incrementar las tarifas durante el ciclo escolar correspondiente. Con ello se fortalecen los derechos del consumidor respecto a la informaci贸n de productos que el proveedor comercialice; establece que no se podr谩 condicionar la venta, adquisici贸n o renta, a la adquisici贸n o reta de otro producto o prestaci贸n de un servicio, precisa. Se establece que bajo ning煤n supuesto se podr谩 condicionar la entrega de documentaci贸n acad茅mica al pago de colegiaturas o contraprestaci贸n alguna. Plantea que el incumplimiento a alguna de las disposiciones ser谩 sancionado con multa de hasta de un mill贸n 563 mil 957 pesos. Con ese prop贸sito se plantean reformas a los art铆culos 67 y 127, y se adicionan los art铆culos 65 quater, 65 quater 1, 65 quater 2, 65 quater 3 y 65 quater 4 a la Ley Federal de Protecci贸n al Consumidor. De igual forma, la Comisi贸n de Econom铆a aval贸 el dictamen a la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protecci贸n al Consumidor, para promover la equidad, certeza y seguridad jur铆dica en las relaciones entre proveedores y consumidores. Plantea normar la implementaci贸n de alertas, llamados a revisi贸n, prohibici贸n de comercializaci贸n y retiro de productos defectuosos y da帽inos, como medida para estandarizar la prestaci贸n de servicios en M茅xico, tomando en cuenta par谩metros internacionales. Entre otras cosas, plantea que los intermediarios responder谩n indistintamente frente al consumidor por el incumplimiento de las obligaciones contractuales de los proveedores; adem谩s, establece la prohibici贸n de pr谩cticas comerciales abusivas que afecten los derechos, intereses y salud de consumidores En materia tur铆stica, se explic贸, se crea el registro p煤blico de tiempos compartidos y se regulan los contratos de adhesi贸n que celebran las partes; sobre comercio electr贸nico, se otorgan facultades a la Secretar铆a de Econom铆a para emitir una norma mexicana y presentar lineamientos de publicidad, as铆 como ordenar la difusi贸n de informaci贸n; clausurar como medida precautoria, y estipular un cat谩logo nuevo de sanciones para faltas graves. 鈥淪e trata de una reforma integral y robusta para satisfacer necesidades e inquietudes en beneficio de los consumidores del pa铆s鈥, se afirma en el documento. -- ooOoo -- |