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Bolet铆n N°. 5172 Comisi贸n de Gobernaci贸n aprob贸 dictamen para expedir Ley General de Comunicaci贸n Social
  • Es de observancia general en el territorio nacional; garantiza un gasto ejercido con eficacia, eficiencia, econom铆a, transparencia y honradez: Guill茅n Vicente

 

03- 04- 2018.- La Comisi贸n de Gobernaci贸n, presidida por la diputada Mercedes del Carmen Guill茅n Vicente (PRI), aprob贸, en lo general, con 15 votos a favor, ocho en contra y una abstenci贸n, el dictamen con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Comunicaci贸n Social, que regula el p谩rrafo octavo del art铆culo 134 de la Constituci贸n en materia de Propaganda Gubernamental.

 

La instancia legislativa solicitar谩 a la Junta de Coordinaci贸n Pol铆tica (Jucopo) abrir los espacios necesarios para analizar con los coordinadores parlamentarios el contenido de las posibles reservas o adiciones al proyecto, y posteriormente discutirlo en el Pleno, previa programaci贸n de la Mesa Directiva, inform贸 la diputada Guill茅n Vicente.

 

Adem谩s, enviar谩 a la Mesa Directiva una copia certificada de la versi贸n estenogr谩fica de la reuni贸n de trabajo, para que la remita al juzgado correspondiente, 鈥渆n cumplimiento de la sentencia reca铆da al expediente n煤mero 1359/2015 de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n, en el que obliga al Congreso de la Uni贸n a emitir una ley que regule el p谩rrafo octavo del art铆culo 134 de la Constituci贸n en materia de Propaganda Gubernamental鈥.

 

Tambi茅n, conforme al art铆culo tercero transitorio del decreto de la reforma constitucional del 10 de febrero de 2014, y al acuerdo quinto, fracci贸n primera numeral 2 del Acuerdo de la Conferencia para la Programaci贸n de los Trabajos Legislativos que establece el procedimiento para discutir las iniciativas con proyecto de decreto relativas a la expedici贸n de la ley que reglamente ese precepto constitucional.

 

Guill茅n Vicente se帽al贸 que el texto normativo, que consta de cinco T铆tulos, 45 art铆culos y ocho transitorios, es de observancia general en el territorio nacional, para garantizar que el gasto en la materia se haga con criterios de eficacia, eficiencia, econom铆a, transparencia y honradez, respetando los topes presupuestales, l铆mites y condiciones que se establezcan en el Presupuesto de Egresos que expide la C谩mara de Diputados anualmente.

 

Se prev茅 que la Secretar铆a de Gobernaci贸n (Segob) informe bimestralmente a la C谩mara de Diputados sobre el gasto y cumplimiento de los objetivos en materia de Comunicaci贸n Social, desglosado por dependencias y entidades.

 

Explic贸 que se retoman los l铆mites y prohibiciones constitucionales de los art铆culos 41, fracci贸n tercera, apartado C, y del 134, octavo p谩rrafo y tercero transitorio de la reforma pol铆tico-electoral de 2014.

 

En ese sentido, 鈥渟e limita el contenido de la Comunicaci贸n Social para que tenga car谩cter institucional y fines informativos, educativos y de orientaci贸n social, adem谩s de que deber谩 respetar la libertad de expresi贸n, la diversidad social y cultural de la naci贸n, fomentando el acceso ciudadano a la informaci贸n y contribuyendo a la igualdad entre hombres y mujeres鈥.

 

De igual manera, se proh铆ben mensajes que impliquen un ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros; provoquen alg煤n delito y perturben el orden p煤blico. Tambi茅n se establecen l铆mites a la publicidad en tiempos electorales, para evitar cualquier influencia sobre las preferencias del p煤blico, por lo que s贸lo se permitir谩n, en esos periodos, mensajes de protecci贸n civil en casos de emergencias, de servicios educativos, de salud y similares.

 

En materia de Comunicaci贸n Social, se prev茅 priorizar el uso de los tiempos oficiales del Estado y s贸lo destinar recursos presupuestarios para tiempos comerciales cuando se hubieran solicitado primero los del Estado, y no estuvieran disponibles en los espacios y tiempos solicitados, precis贸.

 

Para la contrataci贸n de espacios comerciales, se establece que los medios de comunicaci贸n interesados se inscriban, previamente, en el Padr贸n Nacional de Medios de Comunicaci贸n a cargo de la Segob, el cual ser谩 de acceso p煤blico, destacando que el solo empadronamiento no implica la obligaci贸n de contrataci贸n por parte de los entes p煤blicos. 鈥淭odo ello, con la finalidad de evitar un uso arbitrario de los recursos en materia de Comunicaci贸n Social鈥.

 

Sobre la evaluaci贸n de la Comunicaci贸n Social, se establece que los entes p煤blicos deben elaborar una estrategia y programa anual de comunicaci贸n social, para garantizar que se cumplan sus objetivos y que el presupuesto asignado se ejerza de manera eficiente, debiendo publicar informes semestrales sobre el gasto en publicidad en sus portales de transparencia.

 

Respecto a la transparencia y rendici贸n de cuentas, se determina que las campa帽as de Comunicaci贸n Social de la administraci贸n p煤blica federal deber谩n publicarse de manera desglosada en el Sistema P煤blico de la Secretar铆a de la Funci贸n P煤blica.

 

La revisi贸n y fiscalizaci贸n de los recursos p煤blicos federales destinados a Comunicaci贸n Social, se realizar谩 a trav茅s de la Auditor铆a Superior de la Federaci贸n (ASF), y en el 谩mbito local, se har谩 mediante la Contralor铆a Estatal o su equivalente.

 

En lo relativo a infracciones y sanciones, se se帽ala que la violaci贸n a lo dispuesto en la ley ser谩 causa de responsabilidad penal y administrativa, conforme al marco jur铆dico aplicable en la materia.

 

El dictamen concluye que la expedici贸n de la Ley General de Comunicaci贸n Social da continuidad a la tercera generaci贸n de reformas en materia electoral, lo que permite mantener y proteger la equidad en la pr贸xima contienda, pues complementa lo establecido en la Constituci贸n y en la legislaci贸n electoral, particularmente lo dispuesto en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Este ordenamiento permitir谩 el cumplimiento del objetivo primordial de la comunicaci贸n social, que es dar a conocer a la poblaci贸n los avances concretos de su gobierno en el m谩s amplio espectro, as铆 como difundir los beneficios y programas con los que cuentan.

 

En ese sentido, precisa, se vuelve un mecanismo de rendici贸n de cuentas que permite vincular a la poblaci贸n con los entes p煤blicos del Estado.

 

Adem谩s, contin煤a, el Poder Legislativo cumple una de sus principales funciones, al expedir una ley que se erige como el nuevo est谩ndar m铆nimo de bienestar para la comunidad respecto del buen funcionamiento de su gobierno en lo relativo a la comunicaci贸n sociedad-gobierno, la preservaci贸n del Estado de Derecho y el continuo perfeccionamiento de la democracia como sistema de vida y de forma de administraci贸n.

 

El diputado panista, Juan Pablo Pi帽a Kurczyn, consider贸 que 鈥渆l dictamen es una simulaci贸n para cumplir con el mandato de la Corte鈥. Es un documento que delega todas las facultades sobre la regulaci贸n de publicidad oficial a la Segob.

 

Explic贸 que la ley no tiene sanci贸n alguna; es decir, 鈥渆s una norma que podr铆a no aplicarse y no pasar铆a absolutamente nada鈥. Agreg贸 que tampoco precisa un tope de gasto para las secretar铆as del gobierno federal y estatales en la contrataci贸n de publicidad.

 

Manifest贸 que aprobar el dictamen como est谩 puede generar censura a medios de comunicaci贸n, pues 鈥渄ejarle a la Segob el control del padr贸n de los medios, es darle la decisi贸n para otorgar, o no, dinero p煤blico para el pago de publicidad鈥.

 

El diputado Macedonio Tamez Guajardo (Movimiento Ciudadano) fij贸 su postura en contra del dictamen, pues lo calific贸 de inviable jur铆dicamente, debido a la 鈥渁terradora鈥 atribuci贸n que se otorga a la Segob para manejar la comunicaci贸n social. Consider贸 que las atribuciones deben remitirse a la Auditor铆a Superior de la Federaci贸n (ASF).

 

Se帽al贸 que el documento tampoco contempla sanciones, cuando es un asunto que debe tener castigos contundentes y claros para quien viole la ley y afecte el manejo de la difusi贸n oficial.

 

Otro punto importante, dijo, es que no aborda el tema de la veracidad en la publicidad gubernamental, contraria a las noticias falsas o simuladas que suelen lanzarse al aire en los medios nacionales.

 

Del PRD, Rafael Hern谩ndez Soriano refiri贸 que el dictamen es deficiente en lo general y se debe revisar de fondo. 鈥淓s una calca de la propuesta del PRI que, a su vez, es una copia de los lineamientos de la Segob鈥.

 

鈥淓sto no es legislar y por eso no vamos con esta propuesta. Tenemos muchas observaciones puntuales que tambi茅n son respaldadas por organizaciones de la sociedad civil鈥, coment贸.

 

Estim贸 que hay tiempo suficiente para legislar de manera correcta, pero falta voluntad y responsabilidad para abrir el debate. 鈥淓speramos que no se imponga la mayor铆a legislativa, pues es un asunto muy relevante鈥.

 

Norma Xochitl Hern谩ndez Col铆n, diputada de Morena, expres贸 su preocupaci贸n porque no se tomaron en cuenta propuestas de organizaciones como Art铆culo 19 o de la Relator铆a Especial de la Libertad de Expresi贸n, de la Comisi贸n Interamericana de Derechos Humanos.

 

Coment贸 que 鈥渟e dar谩 la batalla en el Pleno para que el dictamen se nutra con las aportaciones de los distintos actores sociales鈥.

 

Agreg贸 que es una legislaci贸n importante para el bien de la naci贸n y un reclamo que se ha hecho desde 2006. 鈥淓s raro que ahora, por la llamada de atenci贸n de la Corte, se quiera sacar adelante鈥.

 

El diputado C茅sar Alejandro Dom铆nguez Dom铆nguez (PRI) detall贸 que modificar los topes presupuestales o las condiciones del ejercicio de recursos en materia de comunicaci贸n social, significar铆a cambiar los transitorios de una reforma pol铆tica-electoral de 2014, pero dado que implica una modificaci贸n constitucional, los tiempos ya no dan.

 

Explic贸 que el dictamen incluye mecanismos suficientes para dar certeza al ejercicio del gasto de manera moderada, transparente e imparcial. Sujeta el gasto de la comunicaci贸n social a principios que garanticen claridad, a trav茅s de un padr贸n p煤blico y accesible.

 

Dijo que la ASF ser谩 quien pueda sancionar el mal ejercicio de recursos en este asunto, pues tiene la facultad de atender en materia administrativa y penal las denuncias sobre uso inadecuado de dinero p煤blico.

 

El diputado del PAN, Eukid Casta帽贸n Herrera, consider贸 que se debe votar el dictamen; sin embargo, coincidi贸 en que 鈥渆xiste mucha atribuci贸n a la Segob鈥.

 

Manifest贸 su voto en abstenci贸n, pero dese贸 que se tenga la madurez pol铆tica suficiente para tratar de alcanzar los mejores consensos para el dictamen.

 

Carolina Viggiano Austria, diputada del PRI, coment贸 que el dictamen no otorga a la Segob alguna facultad que no tenga ahora; concentra lo que dispone la Constituci贸n y otras leyes.

 

Detall贸 que el empadronamiento previo de medios no implica que los entes p煤blicos tengan que contratar espacios con 茅stos, sino que depender谩 de la idoneidad del mismo para cumplir con la estrategia de comunicaci贸n.

 

鈥淓s importante dejar claro que no se coarta en ning煤n momento la libertad de expresi贸n y, por el lado de la fiscalizaci贸n, son recursos que se auditar谩n por parte de la ASF. El tema fundamental es respetar los topes de gasto y eso no est谩 en entredicho en el documento鈥.

 

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