22 de noviembre 2024
entrevistas
Ciudad de M茅xico, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de M茅xico, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de M茅xico, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Noviembre 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1 2 3
4 5 6 7 8 9 10
11 12 13 14 15 16 17
18 19 20 21 22 23 24
25 26 27 28 29 30 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Bolet铆n N°. 5292 Reducen plazo para que el INM resuelva situaci贸n de personas extranjeras presentadas

18-04-2018.- La C谩mara de Diputados aprob贸 reformas para que el Instituto Nacional de Migraci贸n resuelva la situaci贸n de personas extranjeras en un plazo no mayor de 10 d铆as h谩biles, contados a partir de su presentaci贸n, y no en 15 d铆as como est谩 actualmente.

 

El dictamen a la minuta que modifica al art铆culo 111 de la Ley de Migraci贸n, tambi茅n establece que la autoridad migratoria instrumentar谩 medidas cautelares y alternativas necesarias, para que personas extranjeras sujetas a procedimiento administrativo migratorio no sean privadas de su libertad.

 

El documento, aprobado con 299 votos, fue devuelto al Senado de la Rep煤blica para los efectos de la fracci贸n E, del art铆culo 72 constitucional.

 

Precisa que el alojamiento en las estaciones migratorias 煤nicamente podr谩 exceder de 10 a 25 d铆as h谩biles, y no de 60 como actualmente marca la ley.

 

En la fundamentaci贸n, la diputada Irma Rebeca L贸pez L贸pez (PRD), secretaria de la Comisi贸n de Asuntos Migratorios, explic贸 que el dictamen busca modificar los periodos de alojamiento de personas migrantes extranjeras que han ingresado a territorio nacional sin contar con la documentaci贸n necesaria, para evitar que el tiempo se prolongue por semanas o meses y se violen los derechos que le reconocen la Constituci贸n Pol铆tica, los tratados internacionales en la materia de los que M茅xico es parte y el esp铆ritu de la propia ley en la materia.

 

Detall贸 que el proyecto acota el plazo al que debe sujetarse el procedimiento administrativo migratorio, ajustando los periodos de alojamiento a plazos congruentes con el texto constitucional y diversos instrumentos internacionales vinculados para el Estado mexicano.

 

Resalt贸 que los plazos establecidos por la Ley de Migraci贸n para mantener a una persona privada de su libertad en una Estaci贸n Migratoria carecen de sustento constitucional y son desproporcionados, personas sujetas a proceso penal por la comisi贸n de un delito, s贸lo pueden permanecer detenidas hasta 72 horas, a menos de que se justifique por un acto de vinculaci贸n a proceso.

 

Mientras, las personas migrantes que han ingresado sin documentaci贸n a territorio nacional y no tienen forma de acreditar su situaci贸n migratoria regular, actualmente pueden se privadas de su libertad de 360 a mil 440 horas.

 

En otro orden, durante la sesi贸n se recibieron oficios de la Junta de Coordinaci贸n Pol铆tica, en relaci贸n a cambio de integrantes y de juntas directivas de comisiones y comit茅s.

 

En t茅rminos de los art铆culos 100 y 102 del Reglamento, las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del d铆a ser谩n turnadas a las comisiones que correspondan, public谩ndose el turno en la Gaceta Parlamentaria.

 

Posteriormente, se levant贸 la sesi贸n y se cit贸 para la que tendr谩 lugar ma帽ana jueves 19 de abril, a las 11:00 horas.

 

--ooOoo--

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación