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Boletín N°. 5336 Pleno avala reformar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

24-04-2018.- Con 350 votos, el Pleno avaló el dictamen que reforma la fracción IV del artículo 29 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para incluir como órdenes de protección de emergencia, la prohibición inmediata al agresor de intimidar o molestar a la víctima y a su familia a través de medios electrónicos.

 

El documento de la Comisión de Igualdad de Género, y enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, precisa que “a pesar de los esfuerzos gubernamentales se sigue presentando la violencia en contra de las mujeres”, por ello, es necesario fortalecer las medidas de protección establecidas en la Ley General.

 

Hay tres categorías principales de mujeres que enfrentan este tipo de violencia en Internet: en relación íntima con una pareja que resulta violenta; una sobreviviente de violencia física o sexual, una profesional con perfil público que participa en espacios de comunicación (por ejemplo, periodistas, investigadoras, activistas y artistas). Por ello, estos tres posibles grupos de víctimas necesitan de una legislación que las proteja de este tipo de violencia.

 

La violencia de género contra las mujeres es un asunto de derechos humanos, con repercusiones que afectan a toda la sociedad. Por ello, el Estado es el principal responsable de brindar protección, pues no se trata de situaciones aisladas sino de un sistema que las violenta y que sustenta la desigualdad entre mujeres y hombres.

 

Resalta el dictamen aprobado que la orden de protección se configura como un sistema de coordinación de los órganos judiciales y administrativos que deben conocer de las diferentes facetas de protección.

 

En México no existen datos exactos sobre cuantas órdenes de protección se han emitido, a cuántas mujeres se ha beneficiado y qué medidas contenían las mismas; en todo caso, existen algunas iniciativas locales en las que ya se cuenta con procedimientos específicos para que las mujeres puedan acceder a la protección del Estado en caso de vivir violencia.

 

El dictamen establece que la violencia por medios electrónicos no es algo nuevo ni único a las plataformas, sino un continuum de la violencia machista que atraviesa la cultura en nuestros países. “La sociedad de la información y la comunicación ha traído aparejado, lamentablemente, diversificaciones en el uso de la violencia de género”.

 

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