28 de marzo 2024
entrevistas
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Marzo 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1 2 3
4 5 6 7 8 9 10
11 12 13 14 15 16 17
18 19 20 21 22 23 24
25 26 27 28 29 30 31

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Boletín N°. 5342 Avalan diputados minuta que reforma leyes en materia de aviación

24-04-2018.- La Cámara de Diputados aprobó una minuta que reforma diversas disposiciones de las leyes de Aviación Civil y de Aeropuertos, a fin de establecer multas que van de 200 a cinco mil Unidades de Medida y Actualización, al propietario de una aeronave no tripulada, que incumpla lo establecido en las normas.

 

De igual manera, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) suspenderá cualquier permiso, certificado, registro, matrícula, autorización o licencia, cuando a su juicio se cometa infracción grave para la seguridad de las operaciones aéreas y/o se haya vulnerado la integridad física de terceros o sus bienes.

 

El dictamen, avalado por 332 votos a favor y una abstención, y enviado al Senado para sus efectos constitucionales, establece que las concesiones o los permisos se podrán revocar por infringir las condiciones de seguridad operacional.

 

Asimismo, el propietario de un permiso, certificado o registro no podrá obtener otro dentro de un plazo de cinco años, a partir de la fecha en que hubiera quedado tomada una resolución.

 

Los cambios indican que la SCT tendrá atribución de otorgar permisos para establecer talleres aeronáuticos y centros de capacitación y adiestramiento.

 

También, la secretaría adquiere la facultad de expedir Normas Oficiales Mexicanas en materia de seguridad operacional, así como relativas a certificación, operación y fabricación de aeronaves no tripuladas civiles y de Estado, excepto las militares.

 

Define los conceptos de aeronave no tripulada, autónoma, aeromodelo, globos libres no tripulados, y sistema de aeronave pilotada a distancia.

 

Las reformas indican que en el Registro Aeronáutico Mexicano deberán inscribirse los documentos por los cuales se adquiera, transmita, modifique, grave o extinga la propiedad, posesión y los demás derechos reales sobre las aeronaves civiles pilotadas a distancia.

 

Finalmente, los cambios legales establecen el término “Unidades de Medida y Actualizaciónâ€, en lugar de “Salario Mínimoâ€.

 

--ooOoo--

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación