24-04-2018.- La Cámara de Diputados aprobó una minuta que reforma diversas disposiciones de las leyes de Aviación Civil y de Aeropuertos, a fin de establecer multas que van de 200 a cinco mil Unidades de Medida y Actualización, al propietario de una aeronave no tripulada, que incumpla lo establecido en las normas. De igual manera, la SecretarÃa de Comunicaciones y Transportes (SCT) suspenderá cualquier permiso, certificado, registro, matrÃcula, autorización o licencia, cuando a su juicio se cometa infracción grave para la seguridad de las operaciones aéreas y/o se haya vulnerado la integridad fÃsica de terceros o sus bienes. El dictamen, avalado por 332 votos a favor y una abstención, y enviado al Senado para sus efectos constitucionales, establece que las concesiones o los permisos se podrán revocar por infringir las condiciones de seguridad operacional. Asimismo, el propietario de un permiso, certificado o registro no podrá obtener otro dentro de un plazo de cinco años, a partir de la fecha en que hubiera quedado tomada una resolución. Los cambios indican que la SCT tendrá atribución de otorgar permisos para establecer talleres aeronáuticos y centros de capacitación y adiestramiento. También, la secretarÃa adquiere la facultad de expedir Normas Oficiales Mexicanas en materia de seguridad operacional, asà como relativas a certificación, operación y fabricación de aeronaves no tripuladas civiles y de Estado, excepto las militares. Define los conceptos de aeronave no tripulada, autónoma, aeromodelo, globos libres no tripulados, y sistema de aeronave pilotada a distancia. Las reformas indican que en el Registro Aeronáutico Mexicano deberán inscribirse los documentos por los cuales se adquiera, transmita, modifique, grave o extinga la propiedad, posesión y los demás derechos reales sobre las aeronaves civiles pilotadas a distancia. Finalmente, los cambios legales establecen el término “Unidades de Medida y Actualizaciónâ€, en lugar de “Salario MÃnimoâ€. --ooOoo-- |