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Boletín N°. 5407 Avalan cambios a Ley en materia de contaminación lumínica

27-04-2018 El Pleno de los diputados avaló, con 309 votos, cambios a la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en materia de contaminación lumínica.

 

El dictamen que pasó al Senado de la República para sus efectos Constitucionales, detalla que “la contaminación lumínica es el resplandor luminoso en ambientes nocturnos o brillo producido por la difusión y reflexión de la luz en los gases, aerosoles y partículas en suspensión en la atmósfera, que altera las condiciones naturales de luminosidad en horas nocturnas y dificultan las observaciones astronómicas de los objetos celestes, debido a la luz intrusa”.

 

Para lograr la prevención, reducción y control de la contaminación lumínica en la atmósfera, propone promover la eficiencia energética, a través de un uso eficaz del alumbrado exterior, sin menoscabo de la seguridad que debe proporcionar a los peatones, los vehículos y las propiedades.

 

Asimismo, preservar al máximo posible las condiciones naturales de las horas nocturnas en beneficio de la fauna, flora y los ecosistemas en general; prevenir, minimizar y corregir los efectos de la contaminación lumínica en el cielo nocturno, y en particular en el entorno de los observatorios astronómicos que trabajan dentro del espectro visible.

 

El documento establece reducir la intrusión lumínica en zonas distintas a las que se pretende iluminar, principalmente en entornos naturales e interior de edificios.

 

Cita que para controlar, reducir o evitar la contaminación de la atmósfera, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales en coordinación con la de Energía, expedirán las normas oficiales mexicanas que establezcan y certifiquen los niveles máximos permisibles de la luz artificial en el medio ambiente, incluido el impacto de la luz intrusa, que causen contaminación lumínica.

 

 

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