11-12-2018.-El Pleno de la C谩mara de Diputados dio declaratoria de publicidad al dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman los art铆culos 22 y 73 de la Constituci贸n Pol铆tica, a fin de aumentar los il铆citos para aplicar la Extinci贸n de Dominio, en casos de corrupci贸n, delitos cometidos por servidores p煤blicos y en materia de hidrocarburos, petrol铆feros y petroqu铆micos. El dictamen de la Comisi贸n de Puntos Constitucionales, plantea en el art铆culo 22, que no se considerar谩 confiscaci贸n la incautaci贸n de bienes de una persona cuando sea decretada para pago de multas o impuestos, ni cuando las declare la autoridad judicial para el pago de responsabilidad civil derivada de la comisi贸n de un delito. Se determina que no se observar谩 como confiscaci贸n, el decomiso que ordene la autoridad judicial de bienes en caso de enriquecimiento il铆cito en t茅rminos del art铆culo 109; aplicaci贸n a favor del Estado de patrimonios asegurados que causen abandono en los t茅rminos de las disposiciones aplicables, ni de aquellos cuyo dominio se declare extinto de sentencia. Refiere que la acci贸n de extinci贸n de dominio se ejercitar谩 por el Ministerio P煤blico, a trav茅s de un procedimiento jurisdiccional de naturaleza civil y aut贸nomo del penal. Explica que las autoridades competentes de los distintos 贸rdenes de gobierno le prestar谩n auxilio en el cumplimiento de esta funci贸n. De igual manera, estipula que la ley establecer谩 mecanismos para que las autoridades administren los bienes sujetos al proceso de extinci贸n de dominio, incluidos sus productos, rendimientos, frutos y accesorios, para que la autoridad lleve a cabo su disposici贸n, uso, usufructo, enajenaci贸n y monetizaci贸n, atendiendo al inter茅s p煤blico, y defina con criterios de oportunidad y, en su caso, la destrucci贸n de los mismos. Ser谩 procedente la extinci贸n de dominio, sobre bienes de car谩cter patrimonial cuya leg铆tima procedencia no pueda acreditarse y se encuentren relacionados con investigaciones derivadas de hechos de corrupci贸n, encubrimiento, faltas cometidas por servidores p煤blicos, delincuencia organizada, robo de veh铆culos, recursos de procedencia il铆cita, delitos contra la salud, secuestro, extorsi贸n, trata de personas y delitos en materia de hidrocarburos, petrol铆feros y petroqu铆micos. Precisa qua a toda persona que se considere afectada, se le deber谩 garantizar el acceso a los medios de defensa adecuados para demostrar la procedencia leg铆tima del bien sujeto al procedimiento. Los cambios en el art铆culo 73, facultan al Congreso expedir una legislaci贸n 煤nica en materia de extinci贸n de dominio, en t茅rminos del art铆culo 22 constitucional. El art铆culo segundo transitorio precisa que el Congreso, en un plazo de 180 d铆as posteriores al inicio de vigencia del decreto, expedir谩 la legislaci贸n nacional 煤nica en la materia. Posteriormente, la Junta de Coordinaci贸n Pol铆tica hizo del conocimiento al Pleno, relaci贸n a cambios en comisiones y juntas directivas, las cuales fueron avaladas por los diputados en votaci贸n econ贸mica. La presidencia de la Mesa Directiva inform贸 en t茅rminos de lo dispuesto por los art铆culos 100 y 102 del Reglamento de la C谩mara de Diputados, que proposiciones e iniciativas no presentadas en tribuna ser谩n turnadas a las comisiones que correspondan, public谩ndose el turno en la Gaceta Parlamentaria. Finalmente, se levant贸 la Sesi贸n y se cit贸 para la que tendr谩 lugar el pr贸ximo jueves 13 de diciembre del 2018, a las 11:00 horas. --ooOoo-- |