14-07-2018.- El diputado Roberto Alejandro Cañedo Jiménez (Morena) impulsa reformas a la Ley Federal del Trabajo (LFT) y al Código Penal Federal, para prohibir que los trabajadores al ser contratados, sean obligados a firmar documentos en blanco, o sin fecha determinada, que les implique renuncia de derechos o imposición de obligaciones. Los casos de este tipo representan más del 40 por ciento de las contrataciones, afirmó. “La problemática no es menor, ya que el porcentaje de incidencia es preocupanteâ€. Las empresas que más incurren en esta práctica son las menos reguladas y guardan menores responsabilidades frente a sus trabajadores, especÃficamente las que operan en el esquema de subcontratación (outsourcing), que “florece bajo el amparo de la leyâ€, señaló. Refirió la necesidad de adecuar la legislación laboral y penal, a fin de hacer efectivo el derecho de los trabajadores a no ser despedidos injustificadamente, asà como garantizar medios probatorios adecuados en caso de que sean vÃctimas de un despido simulado a modo de renuncia voluntaria. Asimismo, incluir responsabilidades y sanciones para los patrones que incurran en tales prácticas, y adecuar el marco jurÃdico penal en materia de falsificación de documentos, para clarificar y hacer explÃcitos estos supuestos. Por ello, presentó una iniciativa ante la Comisión Permanente para adicionar un párrafo segundo al artÃculo 33 de la LFT, de manera que en caso de que se le exija a un trabajador firmar en blanco un contrato o documento pueda acudir ante la ProcuradurÃa de la Defensa del Trabajo (Profedet) o ante las oficinas de la Inspección del Trabajo local o federal a denunciar el hecho. Esas instancias conservarán en secreto dicha acusación, y en caso necesario se aportará como elemento probatorio preconstituido. Asimismo, la Junta de Conciliación y Arbitraje realizará las pruebas grafotécnicas idóneas para determinar la validez del documento previo a su ratificación. El legislador por Baja California propone adicionar un párrafo al artÃculo 1006 de la LFT, para considerar como documentos falsos, aquellos que, a petición del patrón, hayan sido firmados en blanco o sin fecha determinada por el trabajador. Se proponen para los patrones sanciones de seis meses a cuatro años y multa de 125 a mil 900 veces el salario mÃnimo general vigente en la Ciudad de México; tratándose de trabajadores, la multa equivaldrÃa al salario que reciba en una semana. Todo ello, se aplicará sin perjuicio de la responsabilidad penal que pueda derivar de estos hechos. La propuesta se turnó a la Comisión del Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados, y precisa modificar las fracciones segunda de los preceptos 244 y 245 del Código Penal Federal, para incluir el término “empleo†como otro elemento que pueda resultar afectado por la firma de un documento en blanco que se le exija a un trabajador durante la contratación. El legislador apuntó que “es urgente prohibir en la legislación laboral estas prácticas ultrajantes, establecer garantÃas para que los trabajadores denuncien abusos de este tipo, sin poner en riesgo su contratación, y sancionar a los patrones que, abusando de la necesidad y la vulnerabilidad de quienes solicitan empleo, incurren en este delitoâ€. Lamentó que la LFT sea omisa respecto a las “renuncias en blanco†debido a que presupone una ilegalidad por tratarse de un acto de simulación. Esta omisión ha sido sumamente perjudicial para los trabajadores que, al carecer de todo medio probatorio para acreditar un documento de este tipo que contiene firmas auténticas, desisten de hacer valer sus derechos fundamentales por vÃa jurisdiccional, debido a las dificultades técnicas y legales que implica. Cañedo Jiménez indicó que “las autoridades jurisdiccionales se han enfrascado en razonamientos sumamente formalistas al abordar el problema de la renuncia al empleo por medio de coacción, engaño o fraude, inclinando totalmente la carga de la prueba al trabajador, argumento por demás absurdo si se considera que la propia ley no ofrece medios probatorios efectivos para que acredite la simulación y el fraude que, incluso conscientemente, fue obligado a asumir por patrones deshonestos y oportunistas que lucran con la necesidad ajenaâ€. Señaló que varias legislaciones penales en el mundo contemplan el delito de abuso de firma en blanco, o lo equiparan con el delito de falsificación de documentos, considerando este acto como la inserción fraudulenta, sobre la firma de una obligación, de un descargo o de cualquier otro acto perjudicial al trabajador. Incluso, continuó, con una interpretación de buena fe es posible concluir que una “renuncia en blanco†implica necesariamente la abdicación de derechos, entre ellos, a no ser despedido injustificadamente, contenido en la fracción XXII del Apartado A del artÃculo 123 constitucional, asà como otras obligaciones atribuibles al patrón, como el pago del finiquito y la indemnización correspondiente. Suscribieron la iniciativa los legisladores de Morena, Alicia Barrientos Pantoja y Virgilio Caballero Pedraza. -- ooOoo -- |