- México ocupa primeros lugares en América Latina con más conflictos en este sector, afirmó Hilda Miranda
- En nueve meses se emitieron 558 nuevos tÃtulos a particulares, con una superficie de 1.1 millones de hectáreas
08-06-2018.- La diputada Hilda Miranda Miranda (PRD) propone reformas a la Ley Minera para que los habitantes de pueblos y comunidades indÃgenas, a través de asambleas y autoridades representativas, tengan derecho a ser consultados para aprobar o negar actividades o proyectos relacionados con la minerÃa y que pretendan implementarse en algún lugar de su territorio. Resaltó que la expedición de concesiones para la explotación de minas en México sigue en auge sin que medie ningún tipo de consulta o control social; en nueve meses, de septiembre de 2015 a junio de 2016, se emitieron 558 nuevos tÃtulos a particulares, con superficie de 1.1 millones de hectáreas, de acuerdo con el Registro Público de MinerÃa. Hilda Miranda afirmó que México ocupa los primeros lugares de América Latina con más conflictos mineros, al sumar 34; Chile y Perú concentran 35 casos cada uno, según el Observatorio de Conflictos Mineros de este continente. Destacó que, a pesar de que México es uno de los 20 paÃses firmantes del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el cual garantiza a los pueblos indÃgenas el derecho al consentimiento libre, previo e informado a consultas con respecto a todos los procesos de polÃtica y desarrollo que les afectan, se otorgan cada vez con mayor frecuencia concesiones de exploración y explotación de minas a empresas transnacionales. Respecto al daño ambiental, señaló que en nuestro paÃs existen 635 lugares contaminados debido al mal manejo de residuos peligrosos y actividades mineras, de los cuales 95 por ciento no han sido atendidos, según datos del Sistema de Sitios Contaminados de la SecretarÃa de Medio Ambiente y Recursos Naturales. La reforma que se envió a la Comisión de EconomÃa, precisa que la SecretarÃa federal del ramo será la encargada de otorgar información fidedigna, suficiente, oportuna, objetiva y culturalmente adecuada para analizar las ventajas y desventajas de proyectos mineros. La iniciativa que también agrega el CapÃtulo Séptimo sobre “explotación minera y de los derechos de los pueblos indÃgenasâ€, señala que el Ejecutivo federal no podrá otorgar ninguna asignación o concesión sobre tierras o territorios indÃgenas sin contar con el consentimiento previo, libre e informado, de los pueblos o comunidades indÃgenas que pudieran verse afectados. La consulta se anulará si se demuestra que el interesado en obtener el consentimiento, influyó de manera dolosa sobre la decisión de estas poblaciones, mediante promesas o entrega de algún recurso económico. También establece que antes de comenzar las actividades de exploración o explotación, las empresas deberán pactar con los pueblos indÃgenas -con la participación del Estado-, las condiciones en que se desarrollarán. Asimismo, plantearán las medidas para evitar la contaminación o destrucción de sus tierras, territorios, recursos naturales y medio ambiente, incluidos sus lugares sagrados, espirituales o culturales; además las formas de remediar los daños causados y los beneficios que obtendrán estos pueblos, entre los cuales se considera la posibilidad de asociación con la empresa concesionaria. De igual forma, especifica que se cancelará la concesión minera cuando ésta sea la causa principal de migración de los habitantes de los pueblos y comunidades indÃgenas, afecte sus fuentes de obtención de alimentos, provoque daños a su bienestar o salud, genere disminución de la captación de agua o afecte la reproducción cultural al destruirse o modificarse parcial o sustancialmente sus lugares sagrados y espirituales. -- ooOoo -- |