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Boletín N°. 5053 Cámara de Diputados da declaratoria de publicidad a tres dictámenes

08-03-2018.-En la sesión de hoy, el Pleno de la Cámara de Diputados cumplió la declaratoria de publicidad a tres dictámenes. El primero, reforma el artículo 11 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos para que la Sección instructora en la Cámara de Diputados y la de Enjuiciamiento en la de Senadores, estén conformadas por cinco integrantes y no cuatro como marca actualmente la norma.

 

El dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, señala que el problema de los procedimientos de responsabilidad administrativa y política en la Cámara de Diputados, depende tanto del tamiz primario que representa la Subcomisión de Examen Previo, como de que la Sección Instructora tenga una conformación que le permita alcanzar una mayoría en la toma de alguna decisión.

 

Cambios a legislación sobre responsabilidades administrativas

 

 

Otro dictamen reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para considerar que incurrirá en utilización indebida de información todo aquel servidor público que, por sí o interpósita personas, sustraiga, destruya, oculte, utilice, inutilice o comparta con terceros información o documentación que se encuentre bajo su custodia.

 

Asimismo, cuando inutilice o comparta información o documentación a la que tenga acceso o de la que tenga conocimiento en virtud de su empleo, cargo o comisión, con fines distintos a los establecidos en la ley.

 

El dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción precisa que también incurrirá en utilización indebida de información pública, el particular que haga uso o aproveche la información proporcionada por el servidor público en los términos del artículo 55 de esta Ley, y se considerarán faltas de particulares en situación especial aquellas realizadas por candidatos que hayan obtenido constancia de mayoría y sus equipos.

 

Considerar tamiz neonatal en todos los recién nacidos

 

 

El tercer dictamen reforma el artículo 61 de la Ley General de Salud para que se consideren como acciones de atención materno-infantil con carácter prioritario, realizar el tamiz neonatal en todos los recién nacidos para la detección temprana de hipoacusia congénita y su tratamiento, así como llevar a cabo la revisión de retina al prematuro.

 

El dictamen de la Comisión de Salud destaca que la hipoacusia es la deficiencia sensorial más frecuente en el humano, ya que de 360 millones de personas en el mundo que viven con este mal, cerca de 32 millones (9 por ciento) tienen de 0 a 14 años de edad.

 

En México, cada año nacen de dos mil a seis mil bebés con problemas graves de audición, siendo que 16.5 por ciento de la población posee algún tipo de discapacidad auditiva. La sordera de tipo congénita es la causa más común de discapacidad neurosensorial en los recién nacidos.

 

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