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Boletín N°. 5432 Fundamental que empresas paguen en tiempo y forma utilidades a sus empleados
  • Miles de trabajadores no las reciben con el pretexto de que ganan una comisión por venta: Valdés Ramírez

 

04-05-2018.- La diputada María Concepción Valdés Ramírez (PRD) urgió a las empresas pagar a sus trabajadores en tiempo y forma las utilidades, ya que miles no las reciben con el pretexto de que ganan una comisión por venta.

 

Propuso adicionar el inciso g) al apartado A del artículo 123 de la Constitución Política, con el propósito de establecer que los trabajadores deben disponer libremente de sus utilidades y precisar que es nula la renuncia y la cesión de éstas por cualquier medio, a favor del patrón o terceras personas.

 

Esta reforma, dijo, permitirá que “no exista pretexto ni hueco†que los empresarios puedan manejar a su favor y en perjuicio de los empleados, porque actualmente existen prácticas en contra de la ley.

 

Señaló que existen casos en los que “el patrón le dice al trabajador que no tiene derecho e incluso le hace firmar durante el mes de mayo una carta en la cual informa que no hay utilidad pendiente, para que ésta quede en registroâ€.

 

Además, son obligados a pertenecer al sindicato que al empleador le beneficie y a firmar en hojas en blanco la aceptación de sus utilidades que no reciben, con lo que se incumple la ley.

 

De acuerdo con la Procuraduría General de la Defensa del Trabajo, de 2015 a 2017 sobre el pago de reparto de utilidades (PTU) se otorgaron 37 mil 611 orientaciones y asesorías; se iniciaron 343 conciliaciones y 123 juicios.

 

Se concluyeron a favor de las y los trabajadores 215 conciliaciones y 49 demandas ganadas, con un logro económico de 2.9 millones de pesos.

 

Valdés Ramírez expresó que esos datos, “sin duda alguna, referencian que los trabajadores reciben sus utilidades en tiempo y forma. Sin embargo, no es prueba de que no se les obligue a firmar documentos en los que supuestamente las reciben, lo cual es ilegalâ€.

 

Por ello, llamó a respetar el derecho de los trabajadores y a que no existe excusa alguna para que sean obligados a firmar que las reciben con el pretexto de que ganan comisión sobre venta, “lo que no es negociableâ€.

 

En la actualidad, las empresas están obligadas a pagar a sus trabajadores su participación en las utilidades que se generaran en el ejercicio fiscal anterior, lo que está sustentado en el artículo 123 Constitucional y en la Ley Federal del Trabajo.

 

Relató que en caso de Personas Morales del Régimen General, a más tardar el 30 de mayo deberá entregarse al trabajador su participación en las utilidades y el 29 de junio para las Personas Físicas del Régimen General de Actividades Empresariales.

 

Relató que la Junta de Conciliación y Arbitraje en la Ciudad de México no cuenta con una estadística fehaciente que permita conocer la cifra exacta de cuántos son los trabajadores que no reciben sus utilidades. La gran mayoría de los procedimientos son por despido injustificado, e inclusive, en las demandas suelen dar a conocer que no recibían sus utilidades conforme a la Ley.

 

Con esta reforma, enviada a la Comisión de Puntos Constitucionales, los trabajadores tendrán la seguridad de que recibirán las utilidades que les corresponden conforme a derecho y que por ningún caso dejen de percibirlas, afirmó la diputada del PRD.

 

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