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Boletín N°. 0503 Aprueba el Pleno criterios para designar delegaciones ante organismos parlamentarios internacionales

• Precisa que la diplomacia legislativa se desarrollará con estricto apego a la austeridad; prohíbe viajes en primera clase

 

El Pleno aprobó un acuerdo por el que se establecen los criterios para formar y designar a las delegaciones que representarán a la Cámara de Diputados ante organismos permanentes, multilaterales mundiales, regionales, temáticos y bilaterales; asambleas y reuniones parlamentarias internacionales y a las de invitación especial de la LXIV Legislatura.

 

El documento de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) establece que la Cámara de Diputados desarrollará la diplomacia parlamentaria con estricto apego a la austeridad y cuando las actividades sean de carácter parlamentario y de gran relevancia para su trabajo.

 

Además, que –conforme a los principios constitucionales de economía, racionalidad, honradez y transparencia en la asignación y el ejercicio de recursos públicos— se prohíbe la adquisición de traslados en servicio de primera clase o equivalente; y dispone que los gastos de hospedaje y alimentación de la legisladora o legislador comisionados se sujetarán a lo estrictamente indispensable.

 

A fin de integrar las delegaciones que este órgano legislativo acredite para atender en visitas parlamentarias internacionales, la Jucopo determinará la importancia de las reuniones y si el número de participantes cumple con las medidas de austeridad y racionalidad del gasto.

 

Además, determinará quiénes formarán parte de la delegación, privilegiando la experiencia y perfil adecuado, de acuerdo a las características de cada reunión y los cargos directivos que ocupen los legisladores en los organismos internacionales permanentes. Cada grupo parlamentario podrá solicitar que se acredite a sus integrantes, cuidando la pluralidad y proporcionalidad de cada bancada.

 

El cuarto resolutivo refiere que en la LXIV Legislatura se designarán delegaciones para participar en el Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), Confederación Parlamentaria de las Américas (COPA), Parlamento Centroamericano (PARLACEN), Comisión Parlamentaria Mixta Estados Unidos Mexicanos/Unión Europea, Parlamentarios por las Américas (PARLAMÉRICAS), Unión Interparlamentaria Mundial (UIP), Foro Parlamentario Asia-Pacífico (APPF) y la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa.

 

Aclara que para el desarrollo de sus trabajos, las legisladoras y legisladores se sujetarán invariablemente a las disposiciones emitidas por los órganos de gobierno relativas a la racionalidad y austeridad presupuestaria de la Cámara de Diputados y demás normatividad aplicable.

 

Añade que cualquier otra intervención de diplomacia parlamentaria no prevista en este Acuerdo será resuelta por la Jucopo, así como las solicitudes de acreditación de diputadas y diputados para participar en eventos de esa naturaleza no previstos en el presente Acuerdo, siempre que cubran sus gastos con recursos propios.

 

En estos casos, la Jucopo analizará la pertinencia de la participación con base en los criterios establecidos en el Acuerdo Tercero y no procederá erogación alguna por parte de la Cámara de Diputados.

 

Asimismo, los integrantes de las delegaciones que hayan desarrollado en lo individual alguna actividad de diplomacia parlamentaria, tendrán la responsabilidad de enviar un informe de actividades y asistencia a los eventos correspondientes, dentro de los veinte días posteriores a la conclusión del encuentro.

 

En dicho informe se detallarán los objetivos generales y específicos; las actividades preparatorias del evento; desarrollo del programa, señalando a cuáles actividades se asistió, y conclusiones temáticas, que deberán redactarse direccionando las apreciaciones a las comisiones de dictamen legislativo y centros de estudio, entre otras áreas; incluirá recomendaciones administrativas y evaluación personal de los resultados.

 

Los reportes serán dirigidos a la Jucopo, misma que, de acuerdo con las conclusiones y recomendaciones, lo turnará al área legislativa o administrativa que resulte idónea para su aprovechamiento. Paralelamente, deberán ser publicados en la Gaceta Parlamentaria.

 

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