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Boletín N°. 1374 Diputada pide sancionar a quien comercialice bebidas bajo el concepto de “barra libre”
  • Cofepris estima que, de cada diez botellas en el mercado, cuatro son de licor apócrifo

 

06-04-2019.- La diputada María Del Carmen Cabrera Lagunas (PES) impulsa iniciativa que reforma los artículos 187 bis y 420 de la Ley General de Salud, a fin de sancionar con multa de dos mil a seis mil veces el salario mínimo vigente en la zona económica de que se trate a quien comercialice licor en el concepto de “barra libre”, shots” (tragos) y energizantes combinados, que pueda incentivar el consumo de bebidas adulteradas.

La legisladora señaló que su propuesta busca vigilar y sancionar establecimientos comerciales que publiciten, expendan o suministren bebidas alcohólicas envasadas o en estado natural, mezcladas, preparadas, adicionadas o condimentadas bajo cualquier modalidad que pretenda a título gratuito, promoción o por medio de un pago único otorgar el consumo limitado o ilimitado de las mismas.

Asimismo, denunciar ante las autoridades fiscales los establecimientos que se abstengan de destruir inmediatamente después de que se haya agotado su contenido, envases de bebidas alcohólicas que enajenen al público para su consumo.

La regulación en este tema es laxo y disperso dentro de la normatividad nacional, por lo que es primordial establecer un marco obligatorio en todo en el país, ya que de acuerdo con el Instituto Nacional de Información Estadística y Geográfica (Inegi), existen poco más de 27 millones de personas de entre 15 y 29 años, potenciales consumidores de bebidas alcohólicas.

Cabrera Lagunas afirmó que la posibilidad de que el consumidor tome una bebida adulterada es de hasta 40 por ciento, toda vez que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) estima que, de cada diez botellas en el mercado, cuatro son de licor apócrifo.

Las consecuencias de consumir alcohol adulterado van desde mareo, convulsiones, dolor abdominal, hasta alteraciones visuales como ceguera temporal o permanente, estado de coma y la muerte.

Por lo general, explicó, el licor apócrifo contiene metanol, una sustancia altamente tóxica que en dosis pequeñas puede resultar fatal y comienza a provocar efectos entre los 30 minutos y las 72 horas de haber sido ingerido.

Ante este panorama, la diputada mencionó que es urgente regular la primera causa de consumo de bebidas alcohólicas adulteradas, la cual es realizada en establecimientos con servicio de “barra libre”, donde se ofrecen productos ilimitados, lo que impide que las personas puedan cerciorarse que el envase estaba sellado o fue rellenado.

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